El artículo que acontinuación os dejo está escrito por un amigo de Droblo, si bien está centrado en una reclamación de carácter bursátil nos puede servir a todos de inspiración y motivación para otras ocasiones en las que nos veamos perjudicados por una entidad financiera.
Como reclamar al Broker que no ejecuta tu orden.
Mucho tiempo ha pasado desde que el ciudadano de a pie tenía que acudir al banco para poder comprar acciones, cuya cotización era seguida posteriormente mediante el teletexto, con su correspondiente retraso de 15 minutos (para los más impacientes) o por la publicación en prensa al día siguiente de las cotizaciones del mercado. Afortunadamente los tiempos han cambiado y la tecnología e Internet se han impuesto, permitiendo pasar de un sistema bursátil, de difícil acceso y totalmente alejado del ciudadano a una nueva era de la información en tiempo real con multitud de “Brokers on line “que permiten que el ciudadano se pueda convertir en un autentico broker con operativa en tiempo real y desde cualquier sitio, con un ordenador y una conexión a Internet.
Sin embargo es muy frecuente leer en los foros de bolsa que tal o cual broker ha dejado de funcionar quedando la operativa bursátil interrumpida en perjuicio del cliente, pues un broker no deja de ser una prestación de servicios contratada entre el cliente y el broker, el cual a cambio de una comisión ejecuta en el mercado las ordenes del cliente. El problema surge cuando uno cursa una orden de venta/compra y por un fallo del sistema del Broker, la orden no se ejecuta y el cliente sufre un perjuicio económico como consecuencia de ese incumplimiento contractual con el Broker. A partir de una experiencia como la descrita y vivida en primera persona, me permito haceros una pequeña guía de como reclamar de forma efectiva a un broker el perjuicio económico causado; a partir de una reclamación que tuve con el Broker de Bankinter y los pasos seguidos hasta acudir a la instancia Judicial correspondiente.
Perjuicio económico: Es muy importante que el incumplimiento en la tramitación de una orden por parte del broker os genere un perjuicio económico, por cuanto si no se puede cuantificar el daño, difícilmente se va a poder reclamar una indemnización. No hablo de daño moral, el cual siempre se produce, sino de perjuicio económico cuantificable para que los tribunales puedan estimar un perjuicio, pues desgraciadamente el daño moral es más propio del sistema anglosajón, siendo contadas las ocasiones en que nuestros Tribunales puedan imponer una condena por daño moral.
En mi caso, haciendo trading con el Santander, el 21 de enero de 2008 curse una orden de venta a mercado a las 17:34:37 horas con el broker de Bankinter, de 2.500 acciones del Banco Santander que había comprado a las 17:06 horas a 11,22 euros. La subasta de cierre finalizo en 11,32 euros y mis acciones debían haberse vendido a 11,32 euros, dado que el Santander es un valor muy líquido y las órdenes a mercado tienen preferencia sobre el resto de órdenes (por lo mejor o a un precio fijo). Pese a que el broker me confirmo la recepción de la orden y su posterior envió a bolsa (todo ello antes del cierre de mercado a las 17:35:00 horas) a las 17:45 horas la orden aparece incomprensiblemente expirada. En ese momento efectuó una primera reclamación telefónica a la entidad, la cual me dice que cursan mi reclamación y ya se resolverá. El problema de no hacer nada y esperar que te contesten es que aún no ha existido ningún perjuicio económico, dado que no se han vendido las acciones y no sabemos a que precio abrirá mañana el mercado. Por eso y para que nadie pueda alegar mala fe respecto del perjuicio económico causado decido cursar esa misma tarde-noche la venta a mercado para el día siguiente de mis acciones, desconociendo como abrirían al día siguiente las acciones del Santander. Para colmo de males al día siguiente en la subasta de apertura mis acciones se venden a 10,50 euros y tenemos una perjuicio económico de 2050 euros (0,82 euros X 2500 acciones) equivalente a la diferencia de precio al que deberían haberse vendido la víspera a 11,32 euros y el precio al que acaban vendiéndose al día siguiente a 10,50 euros. Una vez determinado el perjuicio económico empieza el periplo de reclamaciones.
Reclamaciones Previas a la entidad: Antes de embarcarse en presentar directamente una demanda judicial, es recomendable efectuar una reclamación previa a la entidad, pues aunque no es requisito indispensable para reclamar, si que lo es para que te concedan las costas del procedimiento en virtud del artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Como os podéis imaginar la entidad Bankinter me denegó la reclamación
Reclamación al defensor del cliente de Bankinter: A pesar de que dicho defensor debería ser un órgano independiente e imparcial, resulta que el defensor del cliente de Bankinter tiene adherido también las siguientes entidades; Banesto, Bankinter, Credit Suisse, Deutsche Bank, Guipuzcuano; March, Pastor, Santander, UBS Bank S.A. según consta al pie de su contestación. Con ello no quiero poner en duda su imparcialidad, pero a la vista de su contestación, según la cual y sin aportarme prueba alguna al respecto de sus manifestaciones (yo he tenido que acreditar documentalmente todos y cada uno de los puntos de mi reclamación), da la razón a Bankinter alegando que existe un desfase de 59 segundos en tramitar una orden (todos los que operáis con Bankinter sabréis que es falso y que las ordenes son instantáneas) y que además en subasta de cierre no se podían cruzar ordenes…sin comentarios, una pena que quien tenga que resolver no sepa ni lo que esta diciendo, cuando en las subastas de cierre muchas veces en esos 5 minutos que dura la subasta, se acaba moviendo más volumen que en todo el día de cotización del valor.