Hoy ha entrado en vigor mediante Decreto-Ley la reforma laboral del Gobierno de Rajoy. Trae muchas novedades, así que voy a intentar hacer un resumen de las mismas para que todos podamos entenderla
Reducción del despido improcedente
La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 días a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades (hasta ahora eran 42).
Esta nueva indemnización no tendrá carácter retroactivo y se aplicará solo a los nuevos contratos. Los trabajadores con contratos de 45 días por año trabajado mantienen esta indemnización para el tiempo transcurrido hasta la publicación en el BOE del decreto, (es decir, hasta ayer) pero a partir de entonces, la indemnización que empiecen a acumular será de 33 días por año. No obstante, la indemnización máxima para aquellos que tengan en la actualidad un contrato de 45 días por año trabajado, conservarán el tope máximo en 42 mensualidades (no 24).
Despido objetivo: 20 días por año trabajado
El despido objetivo (que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado). A partir de ahora, se entenderá por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas, entendiendo por ‘persistente’ si se produce durante tres trimestres consecutivos. Para acogerse a este despido deberá haber un visto bueno judicial.




