En octubre de 2009 se dictó la Ley de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida (Ley 9/2009), según la cuál, a partir del 1 de enero de 2012,
En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo (…).
Con la publicación del Real Decreto del 31 de diciembre, se da una nueva redacción a la entrada en vigor de la Ley, de forma que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2013.
