El TJUE abre la puerta a sustituir el IRPH por el Euribor si su comercialización no fue transparente

por Carlos Lopez

El TJUE abre la puerta a sustituir el IRPH por el Euribor si su comercialización no fue transparente 4

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha emitido por fin su dictamen sobre el IRPH, resolviendo que los jueces podrán sustituirlo  por el euríbor si consideran que su comercialización no fue clara y suficienemente transparente.

La decisión de la Corte de Luxemburgo llega después de que el Tribunal Supremo español avalara como referencia hipotecaria este índice, respaldado por el propio Banco de España. Una decisión que instancias inferiores comenzaron a cuestionar al considerar que la jurisprudencia europea invalidaría su utilización, por opaco, como ya ocurrió con las cláusulas suelo.

Así, el Juzgado de Primera Instancia de Barcelona acabó remitiendo una consulta prejudicial al TJUE a raíz del caso de una hipoteca de Bankia, por 132.222,66 euros, concedida a un tipo de interés de IRPH más 0,25 puntos, que Caja Madrid comercializó en 2011. Como resultado, el cliente acabó pagando entre 18.000 y 21.000 euros más de lo que habría pagado de estar referenciado al euríbor, por lo que demandó a la entidad alegando que cuando firmó el préstamo no disponía de información suficiente para saber el riesgo que corría.

El Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) es un índice creado por la banca española, a partir de los tipos medios de interés aplicados por el sector a los nuevos préstamos, que llegó a tener modalidad de bancos y de cajas, que acabó siendo unificado con la desaparición de estas últimas. A diferencia del euríbor, que acabó entrando en terreno negativo rebajando el precio del 90% de las hipotecas, el IRPH ha mantenido siempre un vigoroso tono positivo.

El pronunciamiento del TJUE ha sido seguido con especial expectación desde asociaciones de consumidores y entidades financieras. Las más concernidas son CaixaBank (con 6.000 millones de hipotecas con IRPH); Santander (4.300 millones), BBVA (2.800 millones), Bankia (1.600 millones) o Sabadell (750 millones), aunque Kutxabank (con 727 millones) era la más expuesta por su menor dimensión. Goldman Sachs ha llegado a estimar que el impacto de una anulación con retroactividad total supondría una factura de 44.000 millones para la banca española.

2 comentarios

Quint 3 marzo 2020 - 3:55 PM

Sin quitar que me alegro muchísimo por toda la gente que ha andado francamente agobiada por su hipoteca y a la que, muy probablemente, no informaron bien de qué era y cómo operaba el IRPH, yo me hago varias preguntas.
1.- El Supremo dijo en su día que a los índices oficiales no tenía sentido aplicarles los controles de transparencia “antiabusos” de la normativa europea. Pero dice Europa que sí. ¿Cuál es entonces el valor de la oficialidad de un índice, si se supedita a la la pedagogía del empleado de banca concreto?
2.- ¿Soy el único que le rechina esta cosa tan instaurada en este país de que cuando gano, qué fiera soy, y cuando pierdo, “señoría, me engañaron”?
3.- ¿O soy yo el que vive en la pradera de Heidi y en efecto el IRPH (que se suponía que era un promedio del interés que todo el país pagaba de hipoteca, y en consecuencia, era un índice muy alto a precio de ser muy estable) fue un índice interesadamente oscuro y opaco?

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Quint 3 marzo 2020 - 4:02 PM

Ah, y 4.- ¿qué seguridad jurídica cabe si ahora cada juez tiene que decir en cada contrato si “tú ya te coscabas de lo que firmabas o sea que no llores” o “tú te coscabas poco, a ti te bajo la hipoteca a lo que hubieras pagado con euribor”, o “como tú no te coscabas nada de nada de nada, venga, para ti el IRPH es nulo”?

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