¿El fin de las “cláusulas de suelo”?

¿El fin de las “cláusulas de suelo”? 2

Por Pau A. Monserrat, Bankimia

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ha dictado recientemente una sentencia pionera en España que declara abusiva las “cláusulas de suelo” y “de techo” de las hipotecas a tipo variable, en cuanto a que el desfase entre ambas magnitudes perjudica claramente al consumidor bancario. Por tanto, el juez no dice que las cláusulas de techo sean cláusulas abusivas per se, concluye que lo abusivo es marcar suelos que con mucha probabilidad se tocan (suelen estar entre el 2 y el 3%, cuando el euribor más el correspondiente diferencial ha estado por debajo desde el 2009 en muchos  casos) y techos estadísticamente muy improbables de alcanzar (se sitúan entre el 10 y el 15% cuando el euribor máximo histórico se marcó en julio de 2008 al 5,393%).

Imaginemos que nos revisaron la hipoteca con el euribor de mayo de este año, que se situó en el 1,249%. Nuestra hipoteca era de 200.000 euros a 30 años a euribor+0,5. En la escritura de nuestro hipoteca resulta que tenemos un suelo de del 3% y un techo del 12%. El interés de revisión sin esta cláusula maldita sería del 1,749%. Con el suelo, nos aplican un 3%. En lugar de pagar una cuota de 714 euros el banco nos cobrará 843. Esta letra pequeña de la hipoteca, por tanto, nos acabará costando 129 euros mensuales, 1.548 euros al año. Y nos quedarán 29 años más que lidiar con el virus en forma de cláusula.

¿Significa que los clientes cuyas escrituras de préstamos hipotecario incluyen esta cláusula pueden ir a reclamar a sus bancos que las dejen sin efecto?

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La contratación de una hipoteca: ¿Es Internet una fuente fiable de información?

Hoy contamos con un nuevo colaborador en la web, se trata de Pau A. Monserrat Valentí, economista y responsable de contenidos de Bankimia.

Hace unos años contestar afirmativamente a este pregunta hubiese atraído un alud de criticas sobre el optimista comentario. Hoy creo que responder un “si, pero” es una contestación mesurada y ajustada a la realidad.

Al ser un servidor el responsable de contenidos de Bankimia, un comparador on-line de productos bancarios, se podría pensar que voy a hacer un alegato sobre las bondades de la Red de Redes en la búsqueda de una hipoteca. Espero argumentar el tema lo suficiente para que la idea que cale en la mente de todos sea un “si, pero”.

Internet es una magnífica herramienta para comparar diferentes condiciones de los préstamos hipotecarios en base a la información que las entidades suministran; primer “pero” que vale la pena comentar. Lo que una entidad dice que ofrece a sus clientes en materia hipotecaria no tiene el porqué ajustarse a la realidad de todos los perfiles de clientes. De hecho, muchas veces ofertan la mejor hipoteca que podrían ofrecer al mejor cliente. Después el cliente va una sucursal de esa entidad y empiezan los cambios. Que si su contrato indefinido no tiene suficiente antigüedad, que si para darle estas condiciones debe contratar unos seguros con nombres y coberturas rimbombantes, que si necesita el aval de toda la familia y algún que otro amigo, etc, etc.

Por tanto, la primera limitación que se encuentra un internauta al buscar en la red es que las ofertas que le ofrecen los comparadores on-line y resto de webs especializadas pueden no ser las que el director de sucursal le conceda. Lo mismo puede ocurrir si se trata de tramitar una hipoteca comercializada on-line por un banco y no se cumplen los requisitos de concesión.

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