En numerosas ocasiones hemos oído hablar de lo injusto de nuestro sistema electoral. Yo mismo he arremetido alguna vez contra la injusticia comparativa del valor de un voto en Madrid comparado con uno de Cuenca, por poner un ejemplo. Las críticas se ha dirigido siempre contra la ley d’Hondt, que es la regla que se sigue para atender al reparto proporcional de los votos. Sin embargo esto no es del todo correcto. El sistema d’Hondt es tan sólo el método de reparto de los escaños atendiendo a un sistema de cocientes decrecientes, por tanto, poco tiene que ver con el valor de los votos que se asigne a cada circunscripción, porque de hecho es ahí donde radica el problema. Los artículos 68 y 69 de la Constitución Española de 1978 establecen que la circunscripción electoral para elegir a los representantes en el Congreso y en el Senado es la provincia. El problema radica en que las provincias son circunscripciones demasiado pequeñas como para garantizar una adecuada proporcionalidad entre los votos recibidos y los representantes electos: cuantos menos representantes corresponda elegir en una circunscripción, menos proporcional sea el reparto de los mismos. El caso extremo es la circunscripción que elige a un único representante (Ceuta y Melilla), en donde la lista más votada se lleva el 100% de los representantes, independientemente del número de votos. Asimismo esta es la explicación a por qué Izquierda Unida (o como demonios se hagan llamar ahora) con 923.105 votos sólo tenga dos diputados, mientras que Esquerra Republicana, con 599.289 votos haya alcanzado la cifra de 9 representantes.

De esta forma son dos los factores que influyen a la hora de conseguir diputados, aparte de la obviedad de un mayor número de votos: por un lado lo concentrados que estén tales votos en las circunscripciones y por otro, el tamaño mismo de las circunscripciones: cuanto más pequeñas sean, menos representativo será el resultado. Además hay que tener en cuenta otro factor que influye también en nuestro sistema de elección, y es la existencia del mínimo del 3% de votos en la circunscripción para que los votos sean tenidos en cuenta. La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, añade este límite en su artículo 163, donde expresa que “no se computarán los votos de las candidaturas con menos del 3% de votos en la circunscripción”.

Puestos así, parece que el problema radica en el tamaño de la circunscripción, y más que en su tamaño, en la diferencia entre las distintas circunscripciones. El hecho de que hasta a la más pequeña en número de electores se le tenga que dar un mínimo de representatividad por un criterio de territorialidad, hace que el conseguir un escaño en la misma sea más económico en cuanto a votos que el conseguir un escaño en una circunscripción con una densidad de población mayor.

De este modo, analizando los resultados obtenidos en las elecciones pasadas aplicando una circunscripción única y el método d’Hondt, observamos una disminución de los dos partidos mayoritarios y de los partidos regionalistas a cambio de un aumento del resto, con la reseña especial de IU, que pasaría de 2 a 13 diputados. Con la aplicación de este sistema se garantizaría que todos los votos tendrían el mismo valor, sin importar de donde provengan, lo que significa que hacen falta 71.243 votos válidos para obtener un escaño; sólo en los últimos escaños a repartir este valor se vería disminuido, pero igualmente en la misma proporción para todos. Lo que también podemos observar es que la posibilidad de pactos para gobernar se vuelve aún más compleja, ya que la diferencia entre los cuatro primeros se habría reducido.

Y puestos así, ¿Cuáles son las razones para no cambiar el sistema? La primera y fundamental: puesto que un sistema de circunscripción única perjudica a los partidos mayoritarios no tiene lógica que éstos apoyen este cambio, por lo que bloquearán cualquier intento del cambio constitucional necesario. Por otro lado, adoptando un sistema de circunscripción única, los esfuerzos de los partidos y los recursos aplicados van a estar orientados a satisfacer las demandas de núcleos urbanos grandes, que son los que otorgan un mayor número de votos, quedando las comunidades pequeñas abandonadas en pos del triunfo electoral. De hecho se observa en estas elecciones que buena parte del triunfo electoral del PP ha venido más de provincias que de las grandes capitales, donde el escaño sale más caro en lo que a número de votos se refiere.

Dando una vuelta de tuerca más, hecho de manera rápida y sólo a efecto de curiosidad, el cambio a circunscripción única podría incluir también la valoración del voto en blanco o de la abstención, asignando escaños a los votos que no hubieran apoyado candidatura o a la abstención y que lógicamente no serían ocupados por nadie. Aplicando esta idea a los resultados del 20D, obtendríamos alrededor de 110 diputados que no ocuparían escaño (con lo que de 350 de pasaría a un hemiciclo en esta legislatura de 240 diputados) y los cuatro partidos mayoritarios habrían obtenido los siguientes resultados: PP alrededor de 70 escaños, PSOE 54, PODEMOS 46 y C’S 35. Con lo cual se tendría el mismo escenario de alianzas complicadas pero una reflexión a realizar: ningún partido podría alegar ser el ganador de las elecciones; la lista más votada sería precisamente la ausencia de voto.