Millones de personas en todo el mundo viven sin bancos. Sin embargo, en países de nuestro entorno, la mayor parte lo hacen porque han quedado excluidas del sistema financiero por vivir en zonas rurales y de escasa población (exclusión por razones geográficas) o por tener unos niveles de renta muy bajos (exclusión por razones económicas).

De hecho, tras la última crisis, los afectados por la exclusión financiera han sido legión, en su mayoría aquellos que tuvieron negocios o empresas en los momentos de bonanza económica y que vieron que de tales sólo les quedaron las deudas. Así mismo, fueron muchos también los que no pudieron hacer frente al pago de sus deudas (como hipotecas) y se vieron expulsados del sistema financiero para, probablemente, no poder volver jamás. A día de hoy, muchas de estas personas no pueden tener una tarjeta de crédito a su nombre, ni una cuenta bancaria, ni siquiera una propiedad susceptible de ser embargada.

Pero no hace falta irse al extremo de personas desahuciadas del sistema financiero del país. Requisitos como disponer de un saldo mínimo de mil euros en la cuenta como establece algún banco, o domiciliar una nómina o una serie de recibos pueden ser suficientes para que un banco se niegue a abrir una cuenta.

El caso es que nuestro país tiene un altísimo nivel de bancarización: entre un 90 y un 100% de los españoles en edad tenemos cuenta bancaria. Es más, según un estudio elaborado por la Comisión Europea y publicado en 2016, el 68% de los españoles tenían una cuenta corriente, el 44% una cuenta de ahorro, el 52% una tarjeta de crédito y el 22% una hipoteca.

La pregunta entonces es cómo lo tiene que hacer una persona para poder vivir a día de hoy sin recurrir al sistema bancario.

Para empezar, hay que partir de que, según el secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, “es difícil, pero no imposible, vivir sin bancos”.  No existe ninguna normativa o regulación que obligue a una persona a tener una cuenta corriente en España, por lo que se habilita la posibilidad legal de operar sin pasar por el banco, pero quedan los numerosos inconvenientes para usar siempre el efectivo.

En principio, una de las primeras trabas proviene de la Ley 7/2012, que prohíbe las transacciones en metálico por importe superior a 2.500 € cuando uno de los intervinientes sea una empresa o un profesional. Esto nos excluye la posibilidad de adquirir un vehículo en un concesionario por importe superior al señalado o la posibilidad de comprar una casa, porque además el pago no se puede fraccionar para saltarse la ley, ya que el sentido de ésta se refiere al montante de la operación de compraventa.

Sin embargo, sí que podremos trabajar y cobrar nuestra nómina en efectivo (o con un cheque, aunque en ese caso se nos obligaría a entrar en una oficina bancaria para hacerlo efectivo), ya que el estatuto de los trabajadores así lo contempla. Eso sí, la nómina tendrá la limitación de los 2.500 € reseñados más arriba. Esta posibilidad de cobro en efectivo, aunque sería a través de giro postal, está también contemplada en el cobro de pensiones (y pensar que no hace tanto tiempo eran frecuentes las colas en los bancos al principio de cada mes, cuando los pensionistas acudían en tropel para cobrar en efectivo su pensión).

Con las prestaciones por desempleo, sin embargo, la cosa se complica, ya que el SEPE contempla “el pago en efectivo por la entidad financiera colaboradora” de forma excepcional y solo en una serie de casos muy concretos.

En cuanto al pago de impuestos, no hay problema para abonarlos en metálico, aunque éste haya que hacerlo a través de entidad colaboradora, ya que las administraciones públicas están paulatinamente haciendo desaparecer los cobros en efectivo en favor de la tarjeta de crédito, dejando como alternativa el ingreso en una cuenta corriente de una entidad bancaria. En cuanto al cobro, por ejemplo, de una devolución del IRPF, se puede solicitar que sea a través de cheque.

En este sentido, otro tanto está ocurriendo con las empresas de suministros: es decir, el pago se puede realizar en una ventanilla de un banco y sólo algunas, como Endesa, Gas Natural o Telefónica, admiten que se puedan pagar sus recibos en las oficinas de Correos. Lo complicado con buena parte de estas compañías sería el proceso de contratación, sobre todo con aquellas en las que el trato con el cliente se hace online.

En definitiva, la aventura de eliminar los bancos de la vida de un ciudadano de a pie ha de ser por una causa muy justificada o porque el ciudadano en cuestión tiene mucho tiempo disponible, una motivación enorme y mucho aguante para hacer colas en esas oficinas bancarias vetadas. Además de la interminable sangría de comisiones que por las gestiones le serán cobradas al no ser cliente de la entidad.