Pero, ¿desde que estamos en Europa no tenemos libre circualación de trabajadores? Esta es la pregunta que escuché la semana pasada cuando salió la noticia de que los ciudadanos rumanos iban a necesitar un permiso para trabajar en España. No es una cuestión tan sencilla, así que vamos a intentar aclarar algunos conceptos:

El hecho de formar parte de la Unión Europea supone una serie de cambios en todos los países que formamos parte de ella, pero uno de los fundamentos esenciales de la misma es el mercado interior.

El mercado interior implicará un espacio sin fronteras interiores, en el que la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales estará garantizada de acuerdo con las disposiciones de los Tratados (Artículo 26 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).

El Tratado añade además, que

Quedará asegurada la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión. Supondrá la abolición de toda discriminación por razón de la nacionalidad entre los trabajadores de los Estados miembros, con respecto al empleo, la retribución y las demás condiciones de trabajo. (excepto por razones justificadas de orden público, seguridad y salud públicas). No se aplica a los empleos en la administración pública.

La pregunta lógica ahora es: ¿por qué los ciudadanos rumanos necesitan ese permiso para trabajar?

Vamos por partes: Rumanía y Bulgaria ingresaron en la UE el 1 de enero de 2007, pero sus tratados de adhesión preveían un periodo transitorio de siete años para aplicar la libre circulación de trabajadores, es decir, como máximo, hasta el 1 de enero de 2014. Desde el principio, España decidió prorrogarlo durante dos años, y renunció a ella a partir del 1 de enero de 2009, lo que significaba que desde esa fecha, los trabajadores rumanos, ya podrían trabajar en España sin el previo permiso.

La nueva decisión que ha tomado Gobierno supone que volverá a estar en vigor la prorroga para los rumanos y conlleva que a partir de ahora los ciudadanos rumanos que quieran venir a trabajar a España por cuenta ajena deberán tramitar una autorización previa basada en la existencia de un contrato de trabajo. Esta medida en ningún caso tendrá efecto alguno sobre aquellos rumanos que ya forman parte del mercado laboral español.

Igualmente, esta medida tampoco afectará al derecho a la libre circulación; es decir, que los rumanos, como ciudadanos de la UE, podrán entrar en España y establecerse para cursar estudios o realizar trabajos por cuenta propia, pero necesitarán permiso de trabajo, para realizar trabajos por cuenta ajena.

En España, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) de enero,  los rumanos son la colonia extranjera más numerosa, ya que cuenta con 864.278 personas, lo que supone el 15,1% de los 5,7 millones de inmigrantes que hay en España, por delante de marroquíes (769.920) o británicos (390.880). También es la colonia que crece con mayor rapidez: el número de rumanos aumentó en 33.043 durante el año 2010, en plena crisis, mientras que la cifra total de extranjeros se reducía en 17.000 personas.

Ya se oyen voces de protesta, alegando que esta medida va a dar lugar a más trabajo sumergido. Ahora tenemos que esperar a ver si Europa da el visto bueno o no a esta medida.

¿Qué opinas tú, crees que ayudará a reducir el desempleo o aumentará la economía sumergida?