Cosas a tener en cuenta en una permuta de viviendas

Como ya indicábamos en el artículo de ayer hemos fraccionado en dos partes este acercamiento a las permutas de vivienda (o swapping) ya que nos interesaba en una primera parte de acercar al lector al concepto general de esta acción, mientras que en este caso preferimos centrarnos en aquellas cuestiones prácticas que pueden surgir a la hora de realizar una permuta.

A la hora de realizar una permuta obviamente se debe proceder previamente a una peritación de ambas viviendas, peritación que debe ser aceptada por ambos dueños, por supuesto se parte de la base de que no se busca precisamente la especulación en este tipo de operaciones, ya que lo único que harían sería encarecer los impuestos, y, probablemente, la ruptura por una de las partes de la operación.

Por supuesto el igual manera que ante una compra de vivienda, se procede de igual modo la comprobación de las posibles cargas, y se verifican cuestiones como los pagos de los impuestos, las facturas pendientes de suministros, y cuestiones laterales como puede ser la posible presencia de inquilinos, etc., debemos tener en cuenta que todos estos datos son los que conformarán el documento con el que se procederá al registro de las viviendas en el notario.

Obviamente una permuta de viviendas genera unos gastos y se encuentra afectada por impuestos, en líneas generales la recomendación que parte de la experiencia en los países donde esta práctica es más conocida, es que cada parte asuma los impuestos de su vivienda, ahí entrarían en juego las tributaciones por el impuesto de transmisiones patrimoniales, el impuesto sobre actos jurídicos documentados y los gastos de notaría que en este caso equivaldrían a dos escrituras de compra-venta, por lo tanto como vemos no resulta difícil separar los gastos e impuestos de cada parte para hacerse cargo de los mismos.

Aun existiendo más gastos; registro de la propiedad, plusvalías o impuestos de incremento de valor de terrenos urbanos, etc., a fecha de hoy resulta más económico la realización de una permuta que una compraventa, ya que los impuestos se aplican a partir del precio de coste, o me aventé alejado sobre el precio de mercado.

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