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Declaración anual de operaciones con terceros

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Los empresarios y profesionales que desarrollen actividades económicas están obligados a presentar la Declaración anual de operaciones con terceros modelo 347, cuando respecto a otra persona o entidad hayan realizado operaciones que en su conjunto hayan superado la cifra de 3.005,06 se refiera la declaración.

No obstante, no estarán obligados a presentar dicha declaración las personas físicas que en el IRPF, tributen en estimación objetiva y simultáneamente, en el IVA lo hagan por el régimen especial simplificado, o el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca o el de recargo de equivalencia, salvo que realicen operaciones que estén excluidas de la aplicación de estos regímenes especiales.

Tampoco deberán presentar declaración, quienes hayan realizado operaciones que en su conjunto, respecto de otra persona o entidad, no superen la cifra de 3.005,06

La presentación se efectuará durante el mes de marzo, en relación con las operaciones realizadas en el año anterior.

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