Más información en el foro de hipotecas y también puedes solicitar a AUSBANC que se pongan en contacto contigo para que el banco deje de aplicarte la claúsula.

La semana pasada nos enteramos de que fue aceptada a trámite una demanda contra 45 bancos por ‘cláusulas suelo’, hoy nos enteramos vía AUSBANC que el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla decreta la ejecución provisional de la sentencia obtenida por Ausbanc, que condena a BBVA, Caixa Galicia y Cajamar a eliminar, por abusiva, la ‘cláusula suelo’ en sus hipotecas.

Las entidades financieras condenadas ya no pueden incorporar esta cláusula en sus nuevos contratos y tienen un plazo de dos meses para eliminarla del resto de contratos.

En la práctica, los clientes afectados por la aplicación de la ‘cláusula suelo’ se verán beneficiados por una reducción, en los próximos meses, de la cuota mensual de sus hipotecas.

En menos de un año, los Servicios Jurídicos de Ausbanc identificaron el problema, demandaron a las entidades, obtuvieron sentencia de primera instancia declarando la nulidad de la cláusula y se aseguraron de que se ejecutara mientras se resuelve el recurso.

Millones de hipotecados españoles están de enhorabuena, porque la denostada ‘cláusula suelo’ está en vías de extinción. Esta mala práctica bancaria, que impedía que la bajada de los tipos de interés se reflejase en las cuotas mensuales de millones de hipotecados españoles, fue detectada y denunciada por Ausbanc, que inmediatamente se movilizó para defender los intereses de los consumidores.

En un tiempo récord inferior a un año, los Servicios Jurídicos de la asociación han logrado identificar el problema, han demandado a numerosas entidades que incluían la ‘cláusula suelo’ en sus contratos, han obtenido una sentencia favorable en Primera Instancia, en la que se declara la nulidad de la cláusula, y se han asegurado de que los clientes se beneficien de los efectos de dicha sentencia, mediante la ejecución provisional de la misma, para que no se vean perjudicados por el transcurso del tiempo mientras se decide sobre el recurso.

Así ha transcurrido el proceso: paralelamente a una intensa campaña informativa, los Servicios Jurídicos de la asociación interpusieron el 6 de abril de 2010 una demanda ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en la que pedían la nulidad de dicha cláusula en los contratos de BBVACaixa GaliciaCajamar. El pasado 30 de septiembre de 2010, menos de seis meses después de su interposición, este Juzgado dictaba una Sentencia a todas luces histórica, en la que condenaba a las tres entidades a eliminar esta cláusula de sus contratos y a abstenerse de incluirla en lo sucesivo.

El pasado 27 de enero, a instancias de Ausbanc, el mismo Juzgado dictaba un Auto en el que se ordenaba la ejecución provisional de la Sentencia de 30 de septiembre. Dicho Auto recoge el fallo de la sentencia dictada por el magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla:

“1º Declaro la NULIDAD, por abusivas, de las denominadas ‘cláusulas suelo’ de autos, en los préstamos hipotecarios a interés variable con consumidores, celebrados por las entidades BBVA, CAIXA GALICIA y CAJAMAR, dado el desfase apreciado de las mismas en relación a las cláusulas techo que las acompañan, de conformidad con lo dispuesto en la fundamentación de esta resolución. Condenado a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración.

2º Condeno a BBVA, CAIXA GALICIA y CAJAMAR a la eliminación de dichas condiciones generales de la contratación y a abstenerse de utilizarlas en lo sucesivo en sus contratos de préstamo hipotecario con consumidores y usuarios.

3º Ordeno la publicación del fallo de la presente sentencia, una vez firme, en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, así como en un diario de los de mayor difusión de la provincia (…), todo ello a cargo de la demandada y en el plazo de 15 días desde la notificación de la sentencia.

4º Inscríbase, asimismo, la presente sentencia estimatoria, junto con el texto de las cláusulas afectadas de autos, en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, expidiéndose los mandamientos oportunos, y a cargo asimismo de la parte demandada (…).

5º Se imponen las costas a las demandadas condenadas”.

En la práctica, este Auto de ejecución obliga a las tres entidades financieras citadas a no incluir esta cláusula en los nuevos contratos, y les concede un plazo de dos meses para que la eliminen del resto de sus contratos, mientras los tribunales resuelven el recurso contra la Sentencia del pasado 30 de septiembre.

Esto significa que los clientes afectados por esta cláusula, que desde Ausbanc se califica como abusiva, podrán verificar en los próximos meses cómo las cuotas mensuales de sus préstamos hipotecarios experimentan una apreciable reducción.
Resulta especialmente significativo que el magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla ha requerido a las entidades financieras condenadas “para prestar la colaboración legalmente exigible a las mismas para el correcto desarrollo de la presente ejecución provisional, bajo los apercibimientos generales de ley, y expreso de desobediencia, en las personas de los representantes legales o responsables oportunos. Sin perjuicio de las multas coercitivas u otras actuaciones ejecutivas a que, en su caso, pudiere haber lugar”.

25 años en defensa de los clientes
Ausbanc, que en el presente año 2011 cumple 25 años desde su fundación, ha demostrado una vez más su liderazgo en la defensa de los intereses de los clientes, con su actuación encaminada a lograr la eliminación de esta cláusula abusiva. A la excelente noticia que ha supuesto para los millones de hipotecados españoles la ejecución provisional de la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, hay que unir la febril actividad de los Servicios Jurídicos de la asociación en diversos juzgados de toda España, con la interposición de toda una batería de demandas contra las entidades financieras que aplican la ‘cláusula suelo’: en Madrid, frente a Caixa Penedès,Caixa GironaCaja de Ahorros InmaculadaBanco Popular; en Córdoba, frente a CajaSur; en Salamanca, frente a Caja EspañaCaja Duero; en Extremadura, frente a Caja ExtremaduraCaja Badajoz, entre otras.

Desde Ausbanc recomiendan a los clientes afectados por esta práctica que verifiquen la eliminación de la cláusula en sus contratos y que, en caso de duda, contacten con los Servicios Jurídicos de la asociación para asesorarse.