Prestación contributiva

¿Qué es la prestación contributiva?

Es una prestación gestionada y abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (INEM), que se percibe tras la pérdida involuntaria de un empleo en función de las cotizaciones realizadas durante los periodos trabajados.

Además de percibir una prestación económica mensual la protección incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, protección a la familia y asistencia sanitaria.

¿Qué requisitos son necesarios para percibir la pensión contributiva?

Para cobrar la prestación contributiva de desempleo es necesario que haya perdido el trabajo por alguna de las siguientes causas o se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:

  • Despido.
  • Terminación del contrato temporal.
  • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
  • Cese en el período de prueba a instancia del empresario.
  • Expediente de regulación de empleo, temporal o definitivo.
  • Suspensión o extinción del contrato por ser víctima de violencia degénero.
  • Extinción de la relación administrativa de los funcionarios por decisiónde la Administración.
  • Si es socio-trabajador de una Cooperativa: cese en periodo de prueba, expulsión improcedente o cese (temporal o definitivo) en la actividadde la Cooperativa por causas económicas, tecnológicas o de fuerzamayor, finalización del vínculo societario de duración determinada.
  • Cese voluntario en su puesto de trabajo por no aceptar el trasladoa un centro de trabajo de otra localidad que le suponga cambio deresidencia, la modificación de su horario, jornada o turnos de trabajoo si hay una sentencia judicial que declare finalizada su relación laboralpor incumplimiento grave de las obligaciones del empresario.
  • Estar en un período de inactividad si es trabajador fijo-discontinuoo finalize la actividad por la realización de trabajos que se repiten enfechas ciertas.
  • Haber sido liberado de prisión por cumplimiento de condena o libertadcondicional.
  • Haber retornado a España si es un trabajador emigrante.
  • Si pertenece a las Fuerzas Armadas por finalización o resolución deforma involuntaria del compromiso o por conclusión del servicio odel tiempo máximo como reservista voluntario activado.
  • Si es artista por finalizar la actuación con finalización del contrato.
  • Si es cargo público o sindical por cese con carácter involuntario ydefinitivo o pérdida de la dedicación exclusiva o parcial.

Además debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber trabajado y cotizado a desempleo 360 días o más.
  • En el caso de finalizar un contrato como trabajador eventual agrario, si de forma inmediata anterior estuvo de alta en la Seguridad Social como trabajadorpor cuenta propia o autónomo, deberá tener cotizado un mínimo de720 días, (se cuentan los días cotizados en los últimos 6 años, salvoque se hayan utilizado para otra prestación por desempleo anterior).
  • No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse, que como regla general es 65 años, (si no tiene cotizaciones suficientes para jubilarsepuede cobrar las prestaciones por desempleo).
  • No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible contrabajo.
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

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Escrito por calopez el 12 de octubre de 2010 con 43 comentarios.

43 comentarios

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# 1, pre-parada
2 de marzo de 2011, a las 11:54

Hola,
mi pregunta tiene que ver con la reanudación de la prestación. Tengo reconocido el derecho a prestación por 12 meses, de los cuales he consumido 4. AHora me surge la posibilidad de comenzar un trabajo temporal a media jordana por cuatro meses. Si lo acepto, ¿puedo después reanudar mi paro sin modificación alguna del importe que recibo?, ¿seguiría teniendo 8 meses pendientes por cobrar o por el contrario estos cuatro de los quitarían de los restantes?
Gracias mil

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# 2, mariarp
2 de marzo de 2011, a las 16:24

#1, pre-parada, te pego lo que dice literal la web del gobierno:

Si está cobrando prestación contributiva y empieza a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial, puede elegir entre interrumpir el cobro de la prestación, mientras esté vigente el contrato, o compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación.

•Si interrumpe la prestación y el contrato dura menos de 360 días, cuando éste finalice puede solicitar la reanudación de la prestación que tiene interrumpida. Si el contrato dura 360 o más días, cuando finalice puede optar entre reanudar la prestación interrumpida o solicitar una nueva. Las cotizaciones tenidas en cuenta para la prestación por la que no ha optado no podrán aplicarse para una prestación posterior.
•Si compatibiliza la prestación con el trabajo a tiempo parcial, la cuantía de la prestación se reduce en proporción ala jornada que realiza, la duración de la prestación no varía y, al finalizar el contrato, volverá a percibir la cuantía íntegra que le corresponda

Te pego también el link por si lo quieres comprobar https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/contenidos/infoPresta.do?pagina=ag00b01c.html

Espero que te sea de ayuda

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# 3, Juli
20 de marzo de 2011, a las 22:27

Hola:
En el caso del primer punto, si el contrato dura menos de 360 dias, ¿cuando retomo la prestación interrumpida, cobro el 100% de lo que estaba cobrando?

Gracias y saludos.

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# 4, luna St.
6 de abril de 2011, a las 12:15

hola , buenas tardes mi pregunta es la siguiente : estoy cobrando la primera ayuda de los seis meses y ya se me termina este mes, estoy embarazada tendre al niño en julio , estoy casada mi marido trabaja como autonomo queria saber si me corresponde otra ayuda , o no , en el caso de que no me corresponda cuando nasca mi bebe puedo solicitar la ayuda por cargas familiares, agradesco mucho me ayuden gracias.

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# 5, Dolores Quintan
21 de julio de 2011, a las 21:54

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# 6, juan cara
11 de agosto de 2011, a las 20:58

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# 7, pilar
12 de agosto de 2011, a las 18:48

perdona pero me podria poner en contacto con dolores quintan tengo su mismo caso i quiero mas informacion

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# 8, angela
31 de octubre de 2011, a las 21:32

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# 9, Anónimo
14 de diciembre de 2011, a las 21:33

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# 10, manolo
15 de enero de 2012, a las 20:53

a alguien le ha quedado una ayuda de 106 euros

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# 11, Anónimo
16 de enero de 2012, a las 9:41

# 10, manolo

A mi, desde luego, no. Eso es lo que te ha quedado a ti???

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# 12, juan
27 de enero de 2012, a las 13:24

¿quiero saber si tengo derecho al paro tras haber dejado de forma voluntaria mi trabajo a tiempo que tuve durante dos años y medio?

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# 13, Marta
27 de enero de 2012, a las 13:56

#12 Juan

Lo siento, pero no. No pues arreglar con ellos los papeles del paro?

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# 14, sonia garrido
30 de enero de 2012, a las 16:10

Hola. Me gustaría saber si mis 3 hermanos tienen derecho a algun tipo de ayuda, os comento las circunstancias.
Tienen 25, 22 y 20 años actualmente. Son huerfanos de padre y madre, por tanto sólo cobran orfandad los 2 pequeños, cada uno 250 euros. La mayor acaba de quedarse también sin trabajo, lo que quiere decir que ahora mismo en esa casa sólo ingresan 500 euros para tres personas. Podrían acceder a algún tipo de ayuda o subsidio? Gracias y espero que me respondan cuanto antes. Un saludo

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# 15, Luis
31 de enero de 2012, a las 9:20

# 14, sonia garrido
Me temo que además de la de orfandad, ya no les corresponde ninguna más…

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# 16, pepon
12 de febrero de 2012, a las 18:46

La ayuda de 426 euros por ser mayor de 52 se considera contributiva?

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# 17, lorena
13 de abril de 2012, a las 21:35

Si interrumpes la prestación familiar por hacerte autónomo y vuelves a quedarte en paro a los poco tiempo, reanudas el tiempo de prestación familiar que te quedaba o empieza un nuevo periodo de 6 meses? al término de ese tiempo, hay más ayudas? se pueden renovar?

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# 18, cote
16 de mayo de 2012, a las 15:36

El próximo mes de junio 2012, termino con la ayuda que tengo concedida por el INEM de 426€ (seis meses después de agotar el paro). Hoy me han informado en esta misma oficina que ya no tengo derecho a seguir recibiendola y que unicamente me podría acoger a una ayuda de Programa de Recualificación Profesional.
Me podrían decir si es así o si podría solicitar de nuevo el subsidio ya que tenía entendido que era hasta 18 meses.
Muchas gracias por su respuesta.
Un saludo.

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# 19, Marga
16 de mayo de 2012, a las 17:59

# 18, cote
El subsidio de los 426€ sólo se cobra una vez, es decir, 6 meses

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# 20, Nuria
16 de junio de 2012, a las 5:31

Vamos haber si me pueden ayudar tengo una minusvalía de 65% y me pregunta esta relacionada con la pensión contributiva y no contributiva cual es la diferencia y en el fondo cual compensa mas puedo acceder a cualquiera y nose cual es la mejor una me la concede la xunta de galicia y la otra la contributiva la seguridad social a mi la minusvalía mía me la dio la xunta ya hace mas 4 años y la verdad nose cual me puede compensar mas tengo dos hijos gracias a dios sanos y de cuanto seria la cuantía si alguien me puede informar y cual es mejor y si puedo trabajar con las dos o no y bueno cuanto tardan en concedértelas desde que las solicitas…la seguridad social no se si también tiene las dos pensiones o solo la contributiva, bueno me gustaría que me informasen de todo lo que sepan.<Un saludo y Gracias por todo.Nuria.

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# 21, Nuria
16 de junio de 2012, a las 5:36

La verdad nose cual es mejor de las dos y aparte me acabo de separar que me parece que eso también cuenta los ingresos que haya en casa, pero a mi me han dicho que si es una pensión no contributiva de minusvalía esa no te la puede tocar nadie ganen lo que ganen en casa que eso es tuya y es inamovible y como nose si eso es así por eso pregunto y también me han dicho que la pensión sube según los hijos que tengas etc, yo tengo uno de 8 años y otro de casi 4 meses, bueno lo dicho me gustaría que me mandasen toda la información que sepáis. un montón de gracias…

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# 22, Nuria
16 de junio de 2012, a las 5:41

Y la ultima cosa que me olvidaba de comentarla yo estoy cobrando una Raí que casa 11 meses la renuevo y así hasta 3 veces consecutivas por ser minusvalía, por lo que me han dicho no es compatible con ninguna pensión ni para la contributiva como para la no contributiva, bueno creo que nada mas, bueno y eso llevo mas de cuatro años con la minusvalía yo trabajaba en la hostelería y tengo 31 años.Nada mas y un saludo, gracias…

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# 23, COVA
18 de junio de 2012, a las 22:05

QUISIERA SABER SI COMPARTO LA PRESTACION POR DESEMPLEO CN UNA JORNADA LABORAL DE 2 H DIARIAS, CUANDO SE ME TERMINE TENDRE OPCION A PODER COBRAR EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO SI CON LA REMUNERACION POR EL TRABAJO NO SUPERO LOS 400 €

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# 24, Nerea
22 de junio de 2012, a las 1:54

Hola mi marido está en el Régimen especial agrario, el 10 de junio cobró lo ultimo de la prestación por desempleo …( 15 €) la duración de la prestación han sido 6 meses, somos familia numerosa, yo estoy en paro y no cobro nada, a partir de ahora no sé si tendrá mi marido derecho a pedir la ayuda familiar. Me urge la información, ya que veo que hay personas que la cobran y tiene un plazo, a partir de la finalidad del desempleo. Él tiene 50 años necesitamos algún tipo de ayuda. Somos 5 personas, que a partir de éste mes no ingresamos nada. Ruego me informen.

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# 25, Nerea
22 de junio de 2012, a las 1:56

Por cierto soy la del mensaje anterior, un dato más, mis hijos son menores de edad. Gracias

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# 26, Angeles
2 de julio de 2012, a las 0:00

acabo de dejar mi trabajo en el que llevaba trabajando 7 años, por circunstancias personales, y quiero saber si al empezar a trabajar de nuevo, en el caso de que fuese un contrato sólo de 6 meses tendria derecho a cobrar el paro acumulado anteriormente
gracias

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# 27, Anónimo
2 de julio de 2012, a las 9:35

# 27, Angeles

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# 28, SINRESPUESTAS
3 de julio de 2012, a las 16:59

Vaya web mas mala …….. ni una respuesta .. no se porke pregunttamos aki si esto esta muerto !!!!!!!! No hagan preguntas no tendran respuestasss…..

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# 29, toni
30 de septiembre de 2012, a las 10:49

he dejado mi trabajo de forma voluntaria tengo derecho a cobrar la prestacion

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# 30, Anónimo
1 de octubre de 2012, a las 6:13

# 29, toni

Si lo dejas voluntariamente, no tienes derecho

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# 31, mria luz
21 de noviembre de 2012, a las 14:49

Soy mayor de 55 años y habiendo trabajado cotizando 9 años y 4 meses en regimen general y 5 años como empleada de hogar me deniegan el subsidio. por que dicen que no cumplo el requisito de haber agotado una prestacion contributiva. Me podeis decir a que se refieren por que no saben esplicarme de que trata

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# 32, beatrizpensador
28 de noviembre de 2012, a las 0:16

estaba trabajando en la empresa de mis padres,acabo de pedir el subsidiomi pregunta es para poder recibir el subsidio por desempleo tengo que vivir en otra casa distinta de la suya ,y si vivo en una que es de ellos pero con mi familia te pueden denegar el paro ,vivimos en el mismo ayuntamiento ellos en otro pueblo y yo en otro

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# 33, PACHO
29 de noviembre de 2012, a las 15:15

Estaba trabajando 4 años en una empresa, lo he dejado voluntariamente para irme a otro trabajo estuve solo 4 meses y me han echado, tengo derecho al paro?

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# 34, LIDIA
29 de enero de 2013, a las 9:10

HOLA QUIERO SABER EL DIA 17 DE FEBRERO SE ME CABA EL PARO QUE HE COBRADO 6 MESE AHORA PUEDO ECHA LA AYUDA FAMILIA GRACIAS

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# 35, Anónimo
29 de enero de 2013, a las 11:27

# 34, LIDIA

Si cumples con los requisitos si.

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# 36, manuel
12 de febrero de 2013, a las 19:47

hola,estaba cobrando la prestacion contributiva ,pero estoy trabajando dias salteados en el campo.Me dicen que tengo que presentar todos los principios de mes una relacion de los dias trabajados el mes anterior pero para ello tengo que pedir cita y cuando me la dan he estado trabajando.No podria entregarlo de otra forma?perderia el derecho a cobrarla si pasa algun tiempo?

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# 37, MARIA
18 de febrero de 2013, a las 19:58

hola, buenas tardes mi preguna es la siguiente
mi hermano tiene 49 años lleva toda su vida como autonomo pero se ha dado de baja en dicho regimen y le hacen un contrato por 20 dias en una empresa.
¿tendria derecho a la prestación contributiva?
muchas gracias por su ayuda.

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# 38, jesus
19 de febrero de 2013, a las 11:40

mi pregunta es la sigiente tengo un 66% de minusvalia estoy cobrando una pension no contributiva compatible con trabajo llevo cuatro años seguidos trabajando mas dos cotizados que tenia antes total 6 años cotizados.
puedo dejar de percir la pension no contributiva y cobrar la contributiva y si es asi como se hace

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# 39, ana
25 de febrero de 2013, a las 15:59

hola;
me pregnta es la siguiente:estoy cobrando el paro y tengo pensado salir al extranjero para buscar trabajo y me han dicho que que hay la posibilidad de dar de baja la prestacion y luego poder recuperarla sin darse de alta alta.la pregunta es es esto cierto y que plazo te dan para poder recuperar la prestacion sin darse de alta.
espero tener respuesta para me pregunta lo antes posible muchas gracias.

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# 40, NICOLETA
1 de marzo de 2013, a las 15:47

HOLA,QUIERO SAVER SI TENGO APROBADO O NO,EL PARO-GRACIAS

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# 41, manolo
13 de marzo de 2013, a las 13:35

he cobrado una prestacion contributiva para eventuales agrario, tengo 52 años.Tengo derecho algun tipo de ayuda.Gracias

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# 42, BEGOÑA
30 de abril de 2013, a las 17:42

hola, voy a empezar a cobrar la prórroga de los 6 meses pero me ha salido un contrato para un mes solamente de sólo 3 horas/día y me van ha pagar 300 euros
?puedo cobrar la prórroga?
gracias por ayudarme

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# 43, jose
14 de mayo de 2013, a las 12:42

Hola: Tengo 57 años y hace 2 años que estoy cobrando la auyuda para mayores de 52, en junio del pasado año cobre tras 3 años y pico del cierre de la empresa, el fondo de garantia salarial unos 11.000 er.quisiera saber si me quitarian la ayuda,pues tengo proximamente que renovarla, tengo cotizados a la s.s. 39 años y medio

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