Desahucios: la posibilidad del alquiler social conceptos

Como indicábamos en el artículo anterior es muy difícil en un espacio destinado al análisis de la situación de la vivienda en nuestro país escapar de las realidades que el sector inmobiliario está presentando durante los últimos años, en las que ninguna duda encontramos las ejecuciones hipotecarias como un elemento negativo de gran calado mediático, pero, que realmente, se convierte en auténtico drama familiar para aquellos que al no poder hacer frente a sus préstamos hipotecarios se ven abocados al desahucio.

Una de las posibilidades que surgen para aquellas personas que han sufrido una ejecución hipotecaria y un posterior desalojo de su vivienda es el hecho de acogerse a los alquileres sociales.

Como veíamos en el anterior artículo esta posibilidad es exclusiva para quienes ha sufrido dicho proceso posteriormente al día uno de enero 2008.

Encontrándose en esta situación en teoría tiene sufrido desalojo puede situarse en condiciones solicitar un alquiler social que, por regla general, constará de una duración en torno a los 24 meses para precios de alquiler entre 150 y 350 € mensuales, siempre con la condición de límites máximos de pago en relación a la renta de la unidad familiar, concretamente el 30% como límite máximo sobre dicha renta.

Sin embargo aún dentro ese rango de usuarios que han sufrido una ejecución hipotecaria en los plazos establecidos no todo el mundo puede llegar a tener la posibilidad de acceso a estas viviendas de alquiler social, ya que se añaden unos requisitos adicionales y una serie de trámites que, desafortunadamente, no tal vez todos pueden llegar a cumplir.

Dentro estos trámites primer paso sería la comprobación de que la entidad financiera que realizó la ejecución hipotecaria sobre la vivienda en desahucio forma parte del fondo social de viviendas, posteriormente será a partir de este punto cuando se realizará la citada solicitud; debemos tener en cuenta que la evaluación sobre la posible adjudicación de la vivienda social en alquiler tiene elementos y partícipes como son los propios servicios sociales de los ayuntamientos o diputaciones, que conformarán un informe personalizado para la valoración de la concesión; por supuesto en este sentido va a pesar más el hecho de los riesgos de exclusión social del solicitante y el conjunto familiar que otros elementos.

En este punto y para concluir la descripción del trámite, debemos tener en cuenta que la entidad que realizó el proceso de ejecución hipotecaria puede denegar al desahuciado la posibilidad del citado quilo social, sin embargo en este caso quien busca dicho alquiler podrá acudir a cualquier otra entidad financiera para reiniciar los trámites siempre teniendo cuenta que dicha entidad sea partícipe del fondo social de viviendas.

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