Alquilar habitaciones: ventajas e inconvenientes

Cuando hablamos del alquiler de habitaciones dentro de una misma vivienda a personas ajenas al núcleo familiar poseedor de dicho inmueble no estamos hablando desde luego de algo desconocido ni novedoso, de hecho en buena medida compartir vivienda con el propietario de la misma ha sido una constante entre determinados perfiles a lo largo de los últimos 15 o 20 años, habida cuenta del crecimiento de las llamadas familias monoparentales. Sin embargo la actual situación de crisis económica por la que atravesamos está generando un aumento más que notable de esta opción de acceso a la vivienda para aquellos que tal vez no puedan permitirse un alquiler completo de una vivienda o mucho menos la compra de un inmueble, mientras que a la vez puede suponer un alivio económico para quienes ofrecen este tipo de alquiler.

En muchas ocasiones vamos a encontrarnos este tipo de propuestas realizadas de manera directa y sin relación contractual, lo que por otro lado deriva en que el propietario no declara sobre el dinero ingresado a través esta modalidad de alquiler; sin ninguna duda estamos ante un error.

Realizar este alquiler de manera legal no sólo no acarrea costes para las partes sino que además, desde la perspectiva del usuario, y teniendo en cuenta la edad del arrendatario, estos alquileres pueden llegar a deducirse hasta el 100% en la declaración de la renta.

Y es que debemos tener en cuenta que es obligatorio declarar estos ingresos independientemente de que exista contrato o no, ya que en caso contrario, de ser detectada esta situación por hacienda el propietario se verá obligado a tributar por el 100% del ingreso obtenido mediante este alquiler.

En la actualidad existen diferentes opciones en la tributación y las deducciones; por un lado para aquellos inquilinos entre 18 y 30 años el arrendador podrá deducirse el total de las rentas obtenidas con el alquiler, lo cual significa la entrada que no tendrá coste alguno en su declaración de la renta y el dinero obtenido estará libre de impuestos, es importante tener en cuenta que a tal efecto el inquilino deberá declarar como vivienda habitual el inmueble donde alquila su habitación.

En el caso de que exista más de un inquilino esta reducción total siempre se aplicará sobre la parte de rendimiento neto que corresponda aquellos inquilinos que cumplan dicha condición de edad.

Para el resto de tramos de edad la deducción podrá suponer hasta 60% de los rendimientos netos de alquiler, es decir alquileres ingresados menos gastos deducibles.
Imagen d_vdm flickr creative commons

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