A vueltas con el certificado energético; situación

A falta tan solo de unos días de la implantación del certificado energético para las viviendas en nuestro país, lo cierto es que siguen las dudas, las confusiones y en algunos caso los problemas para obtener el registro de dichos certificados en muchas comunidades autónomas de nuestro país.

Vamos a tratar de acercarnos a esta situación para clarificar en la medida de lo posible las cuestiones más elementales sobre esta nueva normativa.

En primer lugar debemos tener claro que, sobre el papel, la aplicación de esta nueva normativa, si se cumple a rajatabla, impedirá la venta o alquiler de una vivienda si esta no cuenta con una certificación energética que la califica dentro de los diferentes perfiles de eficiencia energética existentes.

De manera más detallada, la ley viene a indicar que el propietario de una vivienda construida antes de 2007 ha de poseer la certificación energética a partir del próximo 1 de Junio; sin embargo, y aquí está el contrasentido, en la mayoría de las comunidades autónomas aun no es posible ni siquiera solicitarla ya que no se dispone de las correspondiente oficinas de sellado que proporcionen las etiquetas de certificación.

¿Cuál puede ser el cariz que este asunto tome? En teoría la ausencia de la certificación puede acarrear sanciones, sin embargo, no solo existe la ausencia de las citadas oficinas de sellado, tampoco a fecha de hoy no existe un canal sancionador determinado (no existen sancionadores designados) e incluso, a nivel político, las sanciones continúan en debate.

Todo esto nos lleva a pensar que en el caso de las viviendas en nuestro país se tiene a que ocurra algo similar a lo ocurrido en otros países en este proceso de implantación de certificaciones energéticas para la vivienda; una implantación progresiva que hará la vista gorda en lo que a sanciones se refiere al menos durante un periodo relativamente amplio de adaptación, algo similar a lo realizado por ejemplo en Italia.

En este caso, tras una apertura similar a la de nuestro país de la aplicación de la ley, siguió un periodo en el que apenas se impusieron multas y en el que se fue adaptando de manera paulatina la ley en función de  la implantación de las herramientas de certificación.

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