Siempre que se plantea la contratación de una hipoteca, se piensa en el Euribor como el principal responsable de los intereses que van ligadas a la misma. No son pocas las familias que están atentas a este índice para buscar el mejor momento a la hora de comprar una vivienda. Sin embargo, hay otro índice muy influyente en este proceso, el IRPH, que ha estado en el punto de mira de la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El TJUE ha concluido, tras un análisis en profundidad, que los clientes que hayan firmado una hipoteca durante un periodo determinado de tiempo tienen la posibilidad de reclamar el IRPH.

¿Quieres saber si es tu caso y si puedes reclamar el dinero que te corresponde? Estás en el lugar más indicado para averiguarlo. Gracias a la ayuda de los abogados especializados en IRPH de Sello Legal, podemos facilitarte toda la información necesaria.

Qué es el IRPH y por qué es reclamable en las hipotecas

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, más conocido como IRPH, es un índice que se usa como alternativa al Euribor para el cálculo de los intereses en las hipotecas de tipo variable. Es un valor que se obtiene calculando el interés medio de los bancos que conceden hipotecas mensualmente.

Como hemos indicado, su valor cambia cada mes, publicándose en el Boletín Oficial del Estado (BOE), bajo la categoría de “Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España”.

Aunque sea tan relevante, es bastante opaco, ya que no hay información oficial sobre cuántas y cuáles son las hipotecas variables que están sujetas a él. Su principal diferencia frente al Euribor (que en España se usa el de 12 meses) está en que este último es el interés medio con el que las entidades bancarias de Europa se prestan el dinero entre sí, y casi siempre ha sido un valor más bajo que el IRPH.

Por qué ahora se puede reclamar el IRPH

El Tribunal Supremo lleva analizando la aplicación del IRPH en las hipotecas desde 2017, hasta llegar al pasado mes de julio, con la sentencia del TJUE que ha puesto fin a este recorrido abriendo las reclamaciones. Han sido casi 7 años de idas y venidas porque no se terminaba de concretar por qué se trata de un índice abusivo.

Por una parte, el Tribunal Supremo consideraba que no debía darse por sentado que fuera algo abusivo, mientras que algunos Juzgados sí lo consideraban como tal. Tras una consulta al TJUE, causada por la duda sobre la posibilidad de aplicar un diferencia negativo al cálculo del IRPH tras una circular del Banco de España, este determinó que los consumidores deben saber de esa posibilidad. No obstante, ha dejado la pelota en el tejado de los juzgados.

Porque, para poder reclamar el IRPH, los jueces tienen que analizar si la cláusula en el contrato ha sido redactada de forma que sea comprensible para el cliente y, por otra parte, si encaja con la información que el cliente recibió del banco antes de la firma del contrato. Además, se valora si se ofreció al consumidor la posibilidad de contratar el préstamo referenciado al Euribor, explicándole las diferencias entre uno y otro.

Con esto en cuenta, el juez puede considerar abusiva la aplicación del IRPH en función del caso en el que se aplique y siempre y cuando la falta de información sobre la misma cause una situación injusta para el cliente. Es una situación compleja y que depende mucho de cada hipoteca, por lo que requiere el análisis previo por parte de un equipo de profesionales en la materia.

¿Cómo se reclama el IRPH?

El primer paso siempre ha de ser llevar la escritura de la hipoteca a un bogado o un bufete experto en reclamaciones de este tipo. Estos profesionales se encargarán de analizar el préstamo y determinar si procede la reclamación por un IRPH abusivo.

En caso de determinar que sí es reclamable, el propio equipo de abogados intenta buscar una solución extrajudicial para llegar a un acuerdo con el banco. Si la situación no resulta favorable, finalmente se recurre a una demanda judicial.

Afortunadamente, no hay un plazo concreto para poder reclamar dicha cláusula, ya que se puede presentar la reclamación en cualquier momento, incluso tras haber liquidado por completo el préstamo hipotecario, gracias a la Sentencia 662/2019 del Tribunal Supremo.

¿Y qué documentación se necesita para comenzar el proceso? Además de la escritura, hay que presentar cualquier ampliación o novación si la hay y los recibos de las cuotas.

El proceso no siempre es fácil, pero se puede recibir de vuelta el dinero que corresponde si se cuenta con los profesionales adecuados.