El 23 de enero de 2019, el Tribunal Supremo (TS) determinó que ciertos gastos hipotecarios, que siempre habían sido pagados por los clientes, eran nulos y abusivos. Posteriormente, el 16 de junio de 2019, se puso en marcha la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que definió quién debería asumir cada gasto al formalizar una hipoteca lo cual lleva a quienes tuvieran una hipoteca contratada antes del 16 de junio de 2019  tienen derecho a recuperar ese dinero.

Sin embargo, no está del todo claro cuándo expira el plazo para reclamar la devolución de estos gastos. Según el Código Civil, se dispone de 5 años para hacer la petición, pero hay desacuerdo en los juzgados sobre cuándo se inicia este período.

En julio de 2021, el TS consultó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el inicio de este plazo, pero todavía no hay una resolución.

En cualquier caso, todavía estás a tiempo para reclamar. El artículo 1.973 del Código Civil indica que la prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor, o por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor. Por lo tanto, si haces la reclamación antes del 23 de enero de 2024, detendrás el plazo de caducidad.

El banco podría rechazar tu reclamación alegando que el plazo ha caducado, pero esto no sería correcto. Cuando la justicia europea se pronuncie, podrás reiniciar la reclamación sin preocuparte por la prescripción.

Es importante entender qué son los gastos hipotecarios y cuándo se consideran abusivos. Al contratar una hipoteca, se generan gastos como notaría, registro, gestoría, tasación y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Anteriormente, el cliente pagaba la mayoría de estos gastos, pero los tribunales decidieron que el banco debía asumir la tasación, la gestoría, el registro y la mitad de la notaría. Con la ley del 16 de junio de 2019, se estableció que el banco debería pagar todos los gastos de formalización, excepto la tasación.