Pareja de hecho

ArsNatura

Member
Buenas a todos,

Últimamente se han visto por el foro numerosas consultas sobre temas complicados, embargos, dejar de pagar la hipoteca, separaciones, herencias de deudas, etc.

Quería haceros una consulta acerca de la fugura legal de pareja de hecho, para ver que beneficios o coberturas puede reportar a la hora de formalizar una hipoteca juntos y / o convivir.

Os agradezco mucho las opiniones y experiencias.

Un saludo.

PD: Cómo aportación diré, que según tengo entendido fiscalmente no aporta ninguna mejora.
 

ginlabel

Active Member
Efectivamente, esa pregunta (sobre todo tan general), mejor a paginas/foros de derecho.
Pero bueno, a efectos de hipoteca da igual, los que firmen como titulares son titulares, los que lo hagan como avalistas avalistas y el resto nada. Da igual la relacion entre todos (novio, parejas de hecho, divorciados, amantes, amigos compañeros de trabajo,...). Importa, si no hay antecedentes, en el caso de muerte (toca madera), la parte de la casa e hipoteca para los herederos.
Pero ya digo, mejor mira el enlace de Jim y consulta en foros de derecho
 

Oswald

Member
Efectivamente, esa pregunta (sobre todo tan general), mejor a paginas/foros de derecho.
Pero bueno, a efectos de hipoteca da igual, los que firmen como titulares son titulares, los que lo hagan como avalistas avalistas y el resto nada. Da igual la relacion entre todos (novio, parejas de hecho, divorciados, amantes, amigos compañeros de trabajo,...). Importa, si no hay antecedentes, en el caso de muerte (toca madera), la parte de la casa e hipoteca para los herederos.
Pero ya digo, mejor mira el enlace de Jim y consulta en foros de derecho
A efectos fiscales tb tiene incidencia. En Andalucía, la compra por menores de 35 años, con precio inferior a 180000 (durante 2009, resto de años 130000) y para vivienda habitual, tiene beneficios fiscales (exención del 100% en Actos Jurídicos Documentados). En caso de matrimonio, vale con que uno solo cumpla el requisito de la edad y si eres pareja de hecho, para disfrutar de dicho beneficio, has de estar inscrito en el Registro de Parejas de Hecho.
 

ArsNatura

Member
Gracias a todos por vuestros aportes.

Mi pregunta iba encaminada hacia el tema hipotecario (claro :p), buscando arrojar algo de luz ya que existen muchas parejas que son co-titulares de sus hipotecas sin estar necesariamente casados y no tenía claro si este aspecto podría ser interesante; sobre todo ante el fallecimiento de uno de ellos (sin testamento) y este tipo de imprevistos.

Gracias nuevamente.

Un saludo.
 

ALFILUSB

Member
Hola!!!

Yo tengo una hipoteca al 50% con mi pareja y nosotros ni somos pareja de hecho ni constamos en ningun sitio.
Lo único que te aconsejo es que os hagais un seguro de vida cada uno por aprox el 50% del valor de la hipoteca y si pasara algo que Dios no lo quiera almenos el 50% quedará pagado y un alivio para el bolsillo del que se quede.

Igualmente creo que podeis ir al notario y hacer algun escrito para dejar constancia del tema.

un saludo
 

DayLon

Member
Bueno, vamos a arrojar luz al tema de las parejas de hecho, por que casualmente yo y mi novia nos inscribimos en el registro de parejas de hecho de Andalucia el Lunes (VIVAN LOS NOVIOS......VIVAAAAA xD).

En Andalucia tenemos 3 leyes por las cuales se obtienen reducciones fiscales en la documentacion notarial.

A.- IMPUESTO SOBRE TRANSMISIOES PATRIMONIALES (TPO) Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS (AJD)

1.- Reduccion para jovenes por vivienda habitual:

*Ley andaluza 10/2002 de 21 de Diciembre, con entrada en vigor el dia 1 de Enero de 2003: Tpo reducido del 3,5% en TPO y del 0,3% en AJD para menores de 35 años por adquisicion de vivienda habitual por importe no superior a 130.000 €.

*Ley andaluza 18/2003 de 29 de Diciembre, con entrada en vigor el dia 1 de Enero de 2004: Exige ademas, para la aplicacion al prestamo hipotecario del tipo reducido del 0,3% en AJD que su principal tampoco supere los 130.000 €.

*Ley andaluza 1/2008 de 27 de Noviembre, con vigor desde el Viernes 12 de Diciembre de 2008 hasta el 31 de Diciembre de 2009: Sin derogar la normativa anterior establece una deduccion en la cuota de AJD del 100% elevando el importe maximo de los valores anteriores hasta 180.000 €.

B.- TRATAMIENTO NOTARIAL.

*Consignar en la Comparecencia/Intervencion de las correspondientes escrituras la fecha de nacimiento de la persona que da derecho al benefcio fiscal.

*Incorporar testimonio del DNI y, en su caso, del documento acreditativo del matrimonio o del registro de la situacion convivencial.

*Incluir la siguiente clausula en la Exposicion:
"E)Declaraciones fiscales: A los efectos previstos en las Leyes andaluzas 10/2002, 18/2003 y 1/2008, la parte adquiriente/prestataria manifiesta que le es de aplicacion el tipo reducido en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Juridicos Documentados o, produciendose el hecho imponible entre el 12/12/2008 y el 31/12/2009, una deduccion del 100% en la cuota del Impuesto sobre Actos Juridicos Documentados, pues:

- La edad de la parte adquiriente/prestataria (o de uno de sus miembros, en el caso de maatrimonio o pareja de hecho registrada) es meno de 35 años.

- La fincaadquirida se destinara a su vivienda habitual (durante 3 añs con las excepciones legales previstas).

- El valor real de dicha vivienda no supera los 130000 EUROS (180000 EUROS en el caso de la deduccion transitoria del 100% en la cuota del Impuesto sobre Actos Juridicos Documentados).

- El prestamo, en su caso, se destinara a la financiacion de la adquisicion de su vivienda habitual.

- El importe del prestamo, en su caso, no supera los 130000 EUROS (180000 EUROS en el caso de la deduccion transitoria del 100% en la cuota del Impuesto sobre Actos Juridicos Documentados)".



Mi novia y yo nos acogemos a las 3 leyes, y nos ahorramos en las escrituras aproximadamente 9000 EUROS, que se dice pronto, ya que ademas de lo anterior, nos acogemos a que es vivienda de segunda mano, y por ello no pagamos IVA.

Asi fue, y asi se lo hemos contado oiga.
 

Jose2

Member
Bueno, vamos a arrojar luz al tema de las parejas de hecho, por que casualmente yo y mi novia nos inscribimos en el registro de parejas de hecho de Andalucia el Lunes (VIVAN LOS NOVIOS......VIVAAAAA xD).

Y a parte del rollo que nos ha soltado (muy interesante por cierto), ya nos contarás dentro de unos años que lo de "pareja de hecho" tiene todos los inconvenientes de una boda normal y la unica "ventaja" es que no tienes que invitar a los amigos.

Y ahora que no hay niños un refran sobre bodas:

Los mejores Pol-os de soltero y las mejores Paj-s de casado :D:D
 

DayLon

Member
Y a parte del rollo que nos ha soltado (muy interesante por cierto), ya nos contarás dentro de unos años que lo de "pareja de hecho" tiene todos los inconvenientes de una boda normal y la unica "ventaja" es que no tienes que invitar a los amigos.

Y ahora que no hay niños un refran sobre bodas:

Los mejores Pol-os de soltero y las mejores Paj-s de casado :D:D
Jajajajaja.

Lo de pareja de hecho ha sido por necesidad de ahorrarnos unos miles de Euros (que nos van a venir de perlas para la obra de casa).

Casarme die todos modo te digo, que tengo a toda la familia de mi novia diciedome que quieren comer tarta asi que.......FIJO QUE ME CASAN JAJAJAJA.

Y como yo soy de refranes tambien, este es el refran que mas me gusta de la zona de Granada (graná pa los amigos):

Nunca digas de esteagua no bebere, este cura no es mi padre, ni esta po**a no me cabe xD..

Saludos.
 

sirmoo

New Member
¿Cómo puedo saber si hay tipo reducido para AJD o otros aspectos para las parejas de hecho en la comunidad valenciana?
 

semd

New Member
Saludos…

Tengo 18 años recién cumplidos, quiero casarme legalmente y no sé qué requisitos o papeles legales necesito?.

Tengo otra duda. Me dejaron una herencia reciente . Si me caso tengo que dividir automáticamente mi herencia con mi pareja .Me comentaron que con un acta de matrimonio en el Registro de Zamora se realizaría el proceso ??
 
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