4 de octubre de 2010

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Modelos de contrato

Se puede decir que un contrato es el acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que se detallan las condiciones en las que un trabajador se compromete a realizar un determinado trabajo por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.

El contrato puede realizarse por tiempo indefinido (fijo) o por una duración determinada (temporal); esta duración dependerá del tipo de contrato y de lo establecido en el mismo.

Aquí detallamos los modelos de contrato que existen en la actualidad:

Indefinidos:

Indefinidos bonificados:

Indefinidos o temporales bonificados:

De duración determinada:

Para personas con discapacidad:

De sustitución por jubilación anticipada: Contratos de sustitución por jubilación anticipada.

Formativos:

De relevo: Contrato de trabajo temporal de relevo.

Para la investigación:

Otros contratos:

Fuente: Servicio Público de Empleo Estatal

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Escrito por calopez el 4 de octubre de 2010 con 4 comentarios
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SMI: Salario Mínimo Interprofesional

En España, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es el sueldo mínimo legal que un trabajador puede cobrar independientemente de la dedicación profesional de la persona. Se expresa en unidades monetarias por día, mes o año de trabajo. Se publica anualmente en el BOE.

Para el establecimiento del salario mínimo de cada año se consideran de manera conjunta el Índice de precios al consumo (IPC), la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la situación económica analizada de forma general. Podrá ser modificado semestralmente si hay variaciones sobre el presupuesto de IPC.

El Salario mínimo en España en 2010 es de 633,3€ al mes.

Algunos detalles.

  • La cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo en cualquier actividad de la agricultura, industria o servicios, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros, o sean personal al servicio del hogar familiar.
  • El salario mínimo interprofesional se fija anualmente por el Gobierno, mediante Real Decreto, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, teniendo en cuenta el índice de precios al consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. La cuantía se fija en salario/día y salario/mes y en el caso de empleados de hogar se fija también en salario/hora.
  • Igualmente se fijará una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado.
  • El salario mínimo interprofesional, según dispone el Estatuto de los Trabajadores, es inembargable.

Evolución del SMI.

Año    SMI Día   SMI Mes
----   -------   --------
2002   14,74 €   442,20 €
2003   15,04 €   451,20 €
2004   15,35 €   460,50 €
2005   17,10 €   513,00 €
2006   18,03 €   540,90 €
2007   19,02 €   570,60 €
2008   20,00 €   600,00 €
2009   20,80 €   624,00 €
2010   21,11 €   633,30 €

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Escrito por calopez el 4 de octubre de 2010 con 16 comentarios
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