Rcalber, ya me explicarás por privado ese sitio al que debo acudir antes de al Banco de España, que no me ha quedado muy claro.
Por el momento no puedo leer la carta de Bankinter (el internet del curro está capao, debe ser que esa carta es muy pecaminosa
)
Como bien ha dicho Mizharium es una versión 1.0, algo por lo que empezar. Yo sin ser jurista ni nada por el estilo, tengo claro que quisiera que el escrito estuvira estructurado en varias partes, dos de las cuales se me ocurren que deberían ser:
1. Referencias externas de publicaciones tanto del Servicio de Reclamaciones del Banco de España, como publicaciones de ADICAE, AUSBANC, o incluso la OCU. Tal que así
"el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (SRBE) en su Informe Memoria del Servicio de Reclamaciones de 2004, página 41, sobre FALTA DE TRANSPARENCIA EN LA INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS LIMITATIVAS DEL TIPO DE INTERÉS, indicó que “El Servicio considera que, dentro del régimen de libertad contractual y garantizando el justo equilibrio de las contraprestaciones, es admisible el establecimiento de cláusulas en las que se acuerde la limitación a la variabilidad de los tipos de interés, pero siempre que quede claramente acreditado que los clientes son conscientes del contenido de lo que están suscribiendo”.
Destacan dos restricciones al uso de esta limitación:
1. se garantice el justo equilibrio de las contraprestaciones y
2. se acredite claramente que los clientes son conscientes del contenido de lo que están suscribiendo."
ademas,
"el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (SRBE) en su Informe Memoria del Servicio de Reclamaciones de 2008, página 97, considera en su expediente nº 200704792 que la entidad bancaria no actuó correctamente al no poder acreditar que, con carácter previo a la inminente firma de las escrituras de préstamo en la notaría, informase convenientemente a su cliente acerca de todas y cada una de las condiciones económicas que regirían el préstamo solicitado, imponiendo condiciones más gravosas."
2. Desarrollo demostrativo del hecho (de cara a considerar abusiva la clausula), tal que, por ejemplo podamos decir algo así:
"Que es un hecho bien claro y muy cierto que durante mas de (x tiempo) de vida del periodo de publicación histórico del valor medio mensual del Euribor, éste, ha estado por debajo del mínimo que ustedes me han impuesto (2,50%) y en ninguna ocasión por encima (de los 116 meses que el EURIBOR ha sido publicado hasta Septiembre de 2009, 39 meses ha estado por debajo de “mi” suelo y 0 meses por encima de mi techo). Estos datos desvelan una injusticia descarada, una inexistencia de reciprocidad en la cláusula y dejan totalmente indefenso al cliente."
Se me ocurre, que en aras de buscar información, los que aquí estamos dispuestos a colaborar le echemos un vistazo a las memorias del Servicio de Reclamaciones del Banco de España publicadas y que pueden verse en la web, de manera que al menos cada informe lo leamos de cabo a rabo 2 o 3 personas (ya somos unos cuantos) en busca de comentarios y referencias acerca de la famosa clausula.
Ademas, tambien deberíamos empezar a buscar refrencias a textos, escritos o comentarios favorables a nosotros de AUSBANC, ADICAE y la OCU (estos quizás mas dificil de encontrar).
Los informes del SRBE se pueden ver en la página:
Banco de España - Publicaciones - Publicaciones anuales - Memoria del Servicio de Reclamaciones
existen informes desde el año 1999, y el último publicado es del 2008.
Yo me voy a leer el del año 2008, por favor, los que vayan a colaborar id diciendolo, y como he dicho antes, ya somos unos cuantos (casi 20), podemos ser 2 por informe (4 ojos ven mas que 2).
Sin perder de vista el resto de referencias (que deben existir)
PD: Alguien se atreve a ir dando forma a la versión v.1.02?????