Con fecha 15 de noviembre de 2017 se ha dictado por el Tribunal Supremo una Sentencia que respalda que los consumidores que contrataron hipotecas multidivisas puedan transformarlas a euros. El alto tribunal ha establecido la nulidad parcial de estas hipotecas, lo que supone no la anulación del préstamo, sino que permite su transformación a euros desde su firma al estimar abusiva la cláusula multidivisa.
Es decir, se transforman a euros las cantidades pagadas hasta el momento.
La consecuencia de la hipoteca multidivisa era que el cliente venía pagando cada vez una cuota superior mensual, y sin embargo no amortizaba el préstamo, es decir, cada vez debía más dinero por su préstamo hipotecario.
Al estimar la sentencia abusiva y en consecuencia nula la cláusula, significa que las cuotas mensuales que ha ido pagando el cliente se contabilizan en euros y el consumidor reduce con ello considerablemente la cantidad que le resta por pagar.
“ La falta de transparencia de las cláusulas multidivisas ha generado para los prestatarios un grave desequilibrio, en contra de las exigencias de la buena fe, puesto que, al ignorar los graves riesgos que entrañaba la contratación del préstamo, no pudieron comparar la oferta del préstamo hipotecario multidivisa con las de otros préstamos y se ha agravado su situación económica y jurídica ”.
Esta Sentencia, junto con la anterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, abre la puerta definitiva para declarar la nulidad de las cláusulas hipotecas multidivisa prácticamente en todos los casos, ya que la comercialización de este producto financiero complejo se ha producido infringiendo la normativa europea sobre claúsulas abusivas.
JUAN CARLOS MENENDEZ MENENDEZ
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