Buenos días.
La dirección de internet del artículo de ayer sobre el abusivo fixing es:
http://*****************.com/aumento-del-fixing-en-las-hipotecas-multidivisa-como-reclamar/
Y anoche mirando en internet con el móvil encontré una página sobre preguntas y respuestas sobre hipotecas multidivisas, y hubo una respuesta, que de ser verdad, sería una noticia económica interesante para todos nosotros, que aunque no sea muy allá, sí nos puede alegrar nuestro bolsillo. La respuesta de alguien fue la siguiente: El BANCO DE ESPAÑA emitió una circular por la que la primera comisión de cambio de divisa va incluida en la comisión de apertura del préstamo multidivisa. Por lo tanto, si os cobraron la comisión de cambio de divisa la primera vez que entrasteis en otra moneda ( siempre lo hacen ), os la tienen que devolver. Mi hermano la reclamó, dándole la norma al banco, y se la devolvieron, en su caso 600 euros.
Esta persona puso la siguiente dirección de internet referente a esa norma del Banco de España:
boe.es/g/es/bases_datos/doc….1994/18121
Tenéis que poner el guión bajo y esos 4 puntos que hay entre doc y 1994.
Una vez ahí poner la fecha del BOE: 03/08/1994
Se trata de una Circular del Banco de España 5/1994 de 22 de Julio sobre modificación de la Circular 8/1990 de 7 de Septiembre sobre Transparencia de las operaciones y protección de la clientela y que fue publicada en el BOE Nº184 de 3 de Agosto de 1994.
Lo que más nos interesa a todos nosotros de esa Circular es la Norma Tercera, Apartado 1 bis, b), primer párrafo.
Ahí pone literalmente: En el
caso de préstamos denominados en divisas, la
comisión de apertura incluirá, asimismo, cualquier
comisión por cambio de moneda correspondiente
al desembolso inicial del préstamo.
En mi escritura del préstamo multidivisa consta literalmente: Este préstamo devengará en el momento de su constitución y por una sola vez una comisión de apertura de 300 euros.
Yo no me acuerdo ya si a mí me cobraron una comisión, tipo fixing, por el primer cambio de divisa, pero seguro que sí, aparte de esos 300 euros, ya que la hipoteca la firmé hace ya 10 años. A saber dónde tendré los papeles para averiguarlo. Y si no los encuentro pues preguntaré al banco por el tema. Otra cosa es que me lo quieran decir o se hagan los remolones.
Otro inconveniente podría ser el tanto tiempo sin reclamar esa devolución de la comisión del primer cambio de divisa después de tanto tiempo, por el tema de la posible prescripción.
Lo que no entiendo es que los bancos se hayan saltado así por las buenas esa norma del Banco de España de Transparencia de las operaciones y protección a sus clientes.
No obstante me presentaré en el banco dándole una copia de esa norma para ver si hay éxito, ya que prefiero que esa comisión cobrada indebidamente figure en mi bolsillo y no en el haber de su cuenta de resultados.