esto lo copié de un post de Juanjo76 en el hilo anterior, y creo que es muy intereante para los que tienen la hmd en bbk. Al ser pago y posibilidad de cambio de divisa TRIMESTRAL, es muy importante saber cómo funciona el seguro de cambio:
"Hola, te explico como va en la bbk. El día que ves claro que te interesa cambiar llamas a la oficina y pides que te coticen un seguro de cambio a la divisa “X” con vencimiento a un plazo determinado (el día en que te vayan a pasar la próxima cuota o al que tu estimes, aunque no tiene sentido poner otra fecha).
Tienen que llaman a “Extranjero” y te dan un cambio (ahí meten el fixing). Debes decidir en el momento si te interesa o no, pero en el mismo momento ¿eh?.
Que es que sí, pues te piden que se lo confirmes por escrito y les mandas un mail con la solicitud del seguro y el cambio que te han dado en ese momento con vencimiento en la fecha “x”. A partir de esa fecha tu deuda se convertiría a la divisa “x” y te aplican el cambio que consta en el seguro que contrataste aquél día (Si no te arrepientes).
Esto tiene los siguientes costes:
-la contratación del Seguro tiene una “comisión de contratación” actualmente de 0,1% ( “uno por mil”), con un mínimo de 15€.
-Llegada la fecha del vencimiento si decidieras no cambiar de divisa (por lo tanto no ejercer el seguro de cambio) tendría una Comisión de “Anulación por Incumplimiento” del 0,2% (”dos por mil”) con un mínimo de 15€. OJO AL DÍA EN QUE ENTRAS VIGILA TENDENCIA O TE COSTARÁ CARO.
- Las comisiones de cambio de divisa seguirían como las tengas acordadas. En micaso 0,2% con un mínimo de 6€, adicionales a la comisión de contratación (0′1%) del seguro de cambio.
Vamos que te cobran por todo por lo que lo tienes que ver claro pero eso sí, tú eliges el día en que fijas el cambio, no tienes que esperar a la fecha de vencimiento.
Si contratas el seguro de cambio para el próximo vencimiento, ese próximo vencimiento lo pagas en la divisa en la que estabas y después te cambian el capital pendiente después de ese pago."