Problemas con hacienda

PEGORU

Member
Hola buenos dias a todos, tengo 2 consultas a ver si podeis echarme una mano.

1º. En mayo del año 2007 hice una subrogacion del banco andalucia a unicaja, el importe que se le debia en ese momento al 1º era de unos 96000€ aprox. Al hacer la subrogacion no pedimos mas dinero, la hicimos por la deuda pendiente. Los gastos de la subrogacion fueron a cargo de unicaja. Al año siguiente a la hora de hacer la declaracion, nos deducimos las cuotas que se pagaron al banco andalucia y las que se pagaron en unicaja, pasa el tiempo y no nos devuelve el dinero, a finales de ese año nos llega una carta para indicarnos que hemos cometido un error en la declaracion y nos hacen una paralela en la que nos quitan todo lo pagado entre capital e intereses y nos multan por declaracion indevida del mod. 100. ¿quien lleva razon? En consultas repetidas en hacienda no aclaran nada. Solo se limitan a decir lo que les sale en pantalla.

2º caso, se hace una hipoteca nueva con supuestamente 4 pagadores y a nombre de solo 3. De los 4 pagadore solo 1 reside en esa vivienda como vivienda habitual y es la paga toda la hipo. Por otros temas no se puede demostrar que es la unica pagadora puesto que trabaja sin contrato ni tiene ingresos demostrables. A la hora de hacer la declaracion del año que viene como se puede deducir ella el 100% de la cuota y no el 25% de la misma, espero que me entendais en los 2 caso y me deis vuestra opinion.

Y los siento por todo el tocho y por si hay algunas faltas ortograficas.

Saludos.:)
 

Novato

Member
Hola,

En el primer caso, reclamad. No especificas qué tipo de error has cometido, que te lo habrán especificado. Eso de "hemos cometido un error" no es una respuesta que la administración te vaya a enviar en ningún caso. Así que deberíais reclamar.
En el segundo caso, no vais a poder hacerlo, hay 4 pagadores, pues a 25% cada uno. Lo segundo, es una estafa trabajar sin contrato. Y tercero, hacienda te devuelve lo que hayas pagado, con lo cuál, si no pagas impuestos, ¿qué quieres que hacienda te devuelva? Te va a devolver 0. De hecho, deberían hacerle una inspección, porque cómo paga una letra una persona sin ingresos????

Saludos
 

Nakar81

Super Moderator
Totalmente de acuerdo con la respuesta anterior, pero tenía que escribir para poner enfasis en dos cosas:

- Este foro no apoya ni fomenta el fraude.
- Si no tiene ingresos demostrables, tampoco ha pagado impuestos y si no ha pagado impuestos no querrá que le devuelvan parte de esos impuestos por la vivienda.

Y ahora a título personal:

Si esa persona hubiese estado trabajando legalmente, tendría ahora:

- Paro
- Paga en caso de accidente
- Y seguramente aunque pagase impuestos, se los devolverían al hacer la renta

A mi entender, lo mejor en su caso es empezar a tener ingresos demostrables, por lo que pueda pasar en el futuro (posible subrogacion, mejorar condicones, etc).
 

h3po4

Active Member
A mi entender, lo mejor en su caso es empezar a tener ingresos demostrables, por lo que pueda pasar en el futuro (posible subrogacion, mejorar condicones, etc).
nos ha jodxxx, otra cosa es que quien le tiene que hacer el contrato se lo haga o no, y si tiene otras opciones o no. Seguro que la casuística es infinita, pero lo normal es que la gente que trabaja sin contrato (o que cobra una parte en B) no lo haga por gusto.

Por lo demás completamente de acuerdo... y encima se quieren desgravar por IRPF, ¡¡¡qué cachondos!!!
 

PEGORU

Member
con respecto al caso 1 como os comento lo unico que nos dicen es infraccion por devolucion indevida del modelo 100, llevamos muchas reclamaciones puestas y presentados multitud de papeles para demostrar que fue una subrogacion por el importe que se debia en el anterior banco, que no se pide nada mas.
 

Krampo

Member
1er caso:

¿Se trata de una hipoteca para vivienda HABITUAL o es para una segunda residencia?

Creo que los bancos le proporcionan información a hacienda de los préstamos y créditos, indicando específicamente si son para vivienda habitual.

¿Habéis presentado alegaciones o un recurso?. En ese caso, deberíais tener una respuesta MOTIVADA por la que desestimen vuestras pretensiones.

Algo no cuadra en todo esto ¿?
 

cuatrocantos

Active Member
Primer caso: ¿Qué número de préstamo se indicó el la declaración de la renta, el del Banco de andalucía o el de Unicaja? Debería haberse puesto el de Unicaja, que era el "vigente" a 31 de diciembre
¿Aparecían ambos préstamos en los datos fiscales que te envió Hacienda? Seguramente no. Habría que buscar la causa. No obstante, si todo es como dices, será tan fácil como presentarle a Hacienda la escritura del préstamo antiguo, la cancelación económica del mismo y la escritura del préstamo nuevo.
Si te quitan todo (capital e intereses de ambos préstamos) e indican que la ¿deducción? es indebida (primero hablas de "declaración indebida", después de "devolución indebida" y ya me haces dudar), es que Hacienda ha detectado que incumples alguno de los requisitos para deducirte por adquisición de vivienda habitual. ¿Los cumples todos? Demuéstraselo a Hacienda.
Con todas esas pruebas, lo tienes ganado.
Se me ocurre también que quizás te hayas deducido dos veces por las mismas cantidades. no serías el primero.

Segundo caso: Es ciencia-ficción, seguro :D. Lo que está claro es que si no se declaran ingresos del trabajo, no hay retenciones por ello, y lo máximo que podría obtener es la devolución de las retenciones por rendimientos de capital mobiliario. No estoy de acuerdo con Novato, ya que aunque no trabaje puedo tener dinero ahorrado para ir pagando las cuotas de la hipoteca (aunque creo que tampoco es el caso). Sea cual sea su fuente de ingresos, si no puede demostrar que es la única que paga la hipoteca, no podrá deducirse ella sola.
 

PEGORU

Member
La hipo es para vivienda habitual, y se han presentado no menos de 5 recursos y las respuestas son la misma siempre, se rechaza por devolucion indevida del mod. 100. En los recurso se presenta las escrituras de las 1ª hipo, el cuadro de amortizacion del banco con el dinero que se debia a fecha de la subrogacion, el dinero que nos da el 2º banco en el cual se ve que coincide con la deuda del primero y no se pide ampliacion de capital, el cuadro de amortizacion del 2º banco, copia del padron donde figura que es nuestra vivienda habital, copias de las escrituaras de compra-venta de los 2 banco, un escrito firmado por el 2º banco dicinedndo que fue una subrogacion por el capital pendiente y que no hubo ampliacion, y no se si me dejo algun papel mas.. La cuestion es que nos rechazan los recursos y nos dan largas. En uno de los ultimos recurso nos lo rechazan por una ley reciente en la que mi gestor tiene que estar como mi representante legal y autorizado por hacienda. Lo que nos deducimos fue la suma del capital + intereses pagado en el primer banco + el capital + intereses pagados en el segundo banco. En una de las visitas a hacienda nos dijeron que lo logico cuando uno se cambia de banco era para hacer una ampliacion, y que por eso nos lo quitaban, otro funcionario nos dice que al hacer la subrogacion ya no es una hipo para vivienda habitual, etc...

perdonar por este tocho y gracias por vuestros comentarios.
 

Nakar81

Super Moderator
Si has topado con Hacienda, lo mejor es que tengas un buen asesor/abogado, e intentar arreglar esto cuanto antes.

Podríamos estar aquí un mes y no saber porque te han sancionado, pero como no lo arregles no vas a poder desgravarte los próximos años, y eso si es peligroso.

Ve buscando "caballería", porque creo que te va a hacer falta.
 

PEGORU

Member
Si has topado con Hacienda, lo mejor es que tengas un buen asesor/abogado, e intentar arreglar esto cuanto antes.

Podríamos estar aquí un mes y no saber porque te han sancionado, pero como no lo arregles no vas a poder desgravarte los próximos años, y eso si es peligroso.

Ve buscando "caballería", porque creo que te va a hacer falta.
Pero lo mas fuerte es que en la declaracion siguiente no tuve ningun problema en la declaracion se presento igual que siempre con le que se pago de capital + intereses ya en el 2º banco y nos lo devolvieron en el plazo de 20 dias.
 

cuatrocantos

Active Member
Aunque hubieras realizado una subrogación y una novación (para ampliar capital), te habrías podido deducir igualmente, pero con la precaución de aplicar a las cuotas del segundo préstamo el porcentaje del préstamo destinado a la adquisición de la vivienda.

Me extraña que en la declaración del año siguiente no hayas tenido ningún problema... ¿Puede suceder que en 2007 te hayan realizado una comprobación de situación patrimonial y no cumplas el requisito? El manual de la renta 2009 (en años anteriores el texto era similar) dice:

"Sin perjuicio de la existencia de bases máximas de deducción para los diferentes conceptos de inversiones en los términos anteriormente comentados, la aplicación efectiva de las deducciones por inversión en vivienda habitual y por cuenta ahorro-empresa está condicionada a que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente al finalizar el período impositivo exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo al menos en la cuantía de las inversiones realizadas, sin computar los intereses y demás gastos de financiación.
La comprobación de la situación patrimonial tiene como objetivo asegurar que las inversiones en vivienda habitual y en la cuenta ahorro-empresa con derecho a deducción se realizan con la renta generada en el período, evitando que se efectúen deducciones respecto de cantidades que correspondan a rentas generadas en períodos anteriores."

Es por aportarte algún argumento más.
 

Krampo

Member
La hipo es para vivienda habitual, y se han presentado no menos de 5 recursos y las respuestas son la misma siempre, se rechaza por devolucion indevida del mod. 100.

.....

En una de las visitas a hacienda nos dijeron que lo logico cuando uno se cambia de banco era para hacer una ampliacion, y que por eso nos lo quitaban, otro funcionario nos dice que al hacer la subrogacion ya no es una hipo para vivienda habitual, etc..
Me suena raro eso de los 5 recursos, porque normalmente, tras un recurso, vendrá una Resolución en respuesta al mismo, con un "pie de recurso" que te indicará cómo y dónde puedes "recurrirlo".

El segundo escalon, en temas fiscales, suele ser el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) que, a pesar de su nombre, no es un Tribunal de Justicia sino un organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda.

Creo que la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional, en determinados caos (que no se concretarte), puede recurrirse ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que sigue dependiendo del mismo Ministerio.

Pero de ahí ya te vas a los Tribunales de Justicia ordinarios a poner un Recurso Contencioso-Administrativo, así que no veo la posibilidad de andar recurriendo, además siempre en hacienda, hasta 5 veces sobre el mismo tema.

Lo que te haya dicho de palabra no tiene mucho valor porque ya sabes que las palabras se las lleva el viento.

Lo preocupante es que las Resoluciones que tienes están, por lo que dices, fatal en cuanto a MOTIVACIÓN, así que lo tienes muy fácil para ganar, suponiendo que no se te hayan pasado los plazos.

Dos consejos:

1.- Sácate una firma electrónica si no la tienes y "pasa al siguiente nivel", por vía electrónica y sin tener que perder mucho tiempo:

https://sedemeh.gob.es/es-ES/Sedes/TEA/Paginas/Default.aspx

2.- Presenta una queja ante el "Consejo para la Defensa del Contribuyente" por haber recibido Resoluciones con una MOTIVACIÓN pésima o nula.

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/d/rhqcwp01.htm

Si lo prefieres, puedes hacer ambos trámites de forma presencial.

Para el primero puedes presentar el escrito en cualquier registro de hacienda y creo que también puedes hacerlo directamente en el TEAR que te corresponde (googlea un poco para averiguar la dirección y allí te podrán asesorar).

Para el segundo, acécate a la Delegación de Hacienda de tu provincia y pregunta por el Consejo para la Defensa del Contribuyente.

.... y cuéntanos el final de la historia, porque es para flipar....
 
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PEGORU

Member
Bueno pues tenemos mas noticias de hacienda, como segun dicen ellos hice una devolucion indevida del mod. 100 aparte de hacerme una paralela en su momento y quitarme todo lo que se pago en la hipo, se inicio una multa que tambie se estuvo recurriendo hasta que directamente han procedido al embargo en mi cuenta de la multa hace pocos dias y directamente han dado el expediente por cerrado. Consultando con mi certificado digital por la pagina de hacienda nos encontramos que todavia esta pendiente de notificarme que se va a producir un embargo en mi cuenta y lo han hecho hace mas de una semama el embargo y no hacen ninguna notificacion del cierre del expediente.
Vamos a volver a presentar otro reclamacion en esta semana, asi que ya os seguire diciendo algo.....
 

Pasaba por aqui

Well-Known Member
Macho lo tuyo es para llevarlo a Hollywood, igual te sacas unos euros con el guión
 
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