Buenos días por las mañanas,
acabo de salir de una ofician de Barclays y me informan que, de acuerdo con las notas que tienen, permiten la subrogación para hipotecas HMD de mas de 6 meses de antigüedad.
De todas formas la srta. no tenía ni idea del sistema y las condiciones, pero iba a preguntar y me llamaría.
Ya os informaré.
Buenos días Fernando, ayer leí tu post pero desde casa tuve problemas con el foro y no me dejaba entrar para contestarte. El teléfono de la oficina Bankinter con la que hablé es: 91-806.90.72, me atendió un chico que fue el que me dijo que sí se puede surrogar una HMD.
El problema es que el diferencial que están concediendo ahora es bastante alto 1,25 y si a eso añades los gastos de surrogación, notaria y registro la cosa se dispara.
Yo estoy pendiente de la reclamación que puse en atención al cliente de Caja Segovia, una vez que me contesten (o aunque no lo hagan) pondré la queja en Banco de España.
Después de leer bien las normas de transparencia y haber leído también reclamaciones interpuestas por otros usuarios bancariios por diferentes motivos, donde el banco de España da la razón al cliente, te puedo asegurar que la famosa cláusula que firmamos, podría ser considerada de abstracta, no precisa ni transparente como la Ley exige, además es probable que esa cláusula y otras cosillas como: Que el personal no informe del procedimiento empleado por la entidad a la hora de gestionar esta modalidad de hipotecas, que como hemos podido comprobar con nuestras propias carnes difiere respecto del procedimiento practicado por otras entidades que ofrecen este producto financiero, podría ser considerado por Banco España como malas practicas bancarias.... En fin, que al igual que una hipoteca en euros standar es en su procedimiento igual en todos los bancos y cajas y lo único en lo que se distinguen es en los diferenciales que pueden ofertar, comisiones de apertura, cancelación, intereses de demora... pero en la aplicación de los intereses, procedimiento de amortización, interes de referencia... son todos iguales, lo mismo debería de ser en la HMD y si no es así, como en el caso que nos ocupa, ES OBLIGACIÓN DE LA ENTIDAD INFORMAR PREVIAMENTE A LA CLIENTELA.
Ufff que tocho... Bueno os dejo que tengo que currar para pagar los Yenes.
Mj