Peligro en la Hipoteca Multidivisa

Lynxai

Super Moderator
Buenos días a todos.
Esto va sobre todo para Fernando y Tapahuga, ya que he estado en Caja Segovia en Málaga esta misma mañana para que me dieran condiciones y se confirma eso de los "gastos y comisiones" por lo que le cueste al banco la moneda cada mes. Por lo visto el mismo director no sabía nada hasta este mes que les ha pasado y, según él, el día de la caida de Lehmann Brothers ellos compraban con un libor del 3% y que ahora se ha reducido al 1,5%, que vale que lo normal es que sea del 0,7% o poco más del oficial pero esa posibilidad está ahí según el mercado financiero y el riesgo actual.

Por eso me interesaría que Fernando, si no le importa, dijera lo que le van a sumar cuando le cobren el 27 (no sé si te cobran hoy o el lunes). ¿Te ponen un libor normal cercano al 0,7%? ¿1% o 2%? Gracias

Parece que esto es algo relativo a todos los Caja Segovia, eso sí, te aplican el sistema de amortización alemán donde amortizas más y tienen un fixing de sólo 0,05%. Uf, no sé qué hacer.
 

Fernando

Member
Buenos días Lynxai,

hoy me han retenido en la cuenta 1.170,87€, aunque no sé si ese será el pago definitivo (el mes me vence mañana). Se supone que, para este primer mes, el tipo de interés era el 1,28%, así que teniendo en cuenta que me cobran 5e por la compra de la moneda, me habrían comprado los yenes a 151,31 yen/€. De todas formas, hasta que el lunes me den el recibo, no puedo confirmaros mas datos.
El mismo lunes espero saber tambien el libor+gastos que me aplican para el siguiente mes.

En cuanto tenga mas datos os los comento.
Un saludo y buen fin de semana.
 

Lynxai

Super Moderator
Muchas gracias por tu ayuda Fernando, estaré pendiente de tus noticias ya que yo también me estoy planteando firmar con Caja Segovia por el estupendo fixing y las condiciones en general, pero esta clausulita es que tiene narices. Se puede incrementar la cuota MUCHO un mes determinado.
Gracias de nuevo.

Edito: Por cierto Fernando otra duda, me dicen también que tendría que contratar un "seguro de cambio" para el préstamo de coste anual 600€, que en realidad es un seguro de vida. ¿A ti te hicieron pagar eso? ¿Se puede cancelar al terminar el primer año o te viene escrito y fijado en la minuta?
 
Última edición:

Fernando

Member
No es un seguro de cambio. Lo que tienes que contratar es un seguro de amortización de préstamo, es decir, un seguro de vida en el que el beneficiario es la propia Caja y el importe del seguro, en caso de fallecimiento, iría destinado a la amortización del préstamo.
El importe anual a pagar, logicamente, dependerá del importe del préstamo.

Esta tarde miraré lo que aparece en la escritura, pq ahora no recuerdo es si el seguro que aparecía era del de hogar o el de amortización de préstamo.

Un saludo.
 
Última edición:

pepo

Well-Known Member
Ese fixing de 0,05% es para cualquiera? quiero decir, si abro una cuenta en divisas en caja segovia para comprar y transferir después a mi caja para pagar la hipoteca, ¿ me aplicarán el 0,05% de fixing? es 10 veces menos que lo que aplica bbk... y unas 20 veces menos que barclays, db, bakinter, etc.

A ver si tengo tiempo y paso por una caja segovia.
 

Lynxai

Super Moderator
Pepo pues ni idea, primero que eso me lo dijo de palabra, no sé si será cierto pero bueno, tampoco tenía razón para mentir. En cuanto a abrir la cuenta en divisas y luego transferir, pues en teoría es posible, eso habrá que preguntarlo.

¿Fernando miraste ya lo del seguro de amortización de préstamo a ver si te viene fijado en la escritura? ¿Sabes cuánto de libor te han aplicado este mes? Muchas gracias.
 

fort

New Member
escritura DB

Hola, tengo el borrador de la escritura con DB pero lo tengo sin rellenar. Sin embargo si que hay espacio para indicar lo que decis:

TERCERA BIS TIPO DE INTERÉS VARIABLE
1.- DEFINICIÓN:
1 a).- EN DIVISAS: Para cada uno de los ......... (meses, trimestres, semestres, años )............... naturales siguientes, el tipo de interés nominal anual aplicable, estando el préstamo cifrado en divisa, será el resultante de añadir .............. puntos al tipo de interés LIBOR de la divisa en la que se encuentre cifrado el préstamo en ese momento, sin redondeo.
1 b).- EN EUROS: Para cada uno de los ......... ( meses, trimestres, semestres, años )............... naturales siguientes, el tipo de interés nominal anual aplicable, estando el préstamo cifrado en euros, será el resultante de añadir .............. puntos al tipo de interés EURIBOR, sin redondeo.

Pero como veis, en Euros tambien aparece.

Un saludo,
Por tu mensaje deduzco que tienes o pretender hacer la hipoteca con el DB. Yo estoy en ello y me gustaria que me pasaras una copia de la escritura (sin datos claro está) solo para poderla leer y saber con lo que me puedo encontrar. Muchas gracias. Mi correo es [email protected]
 

pepo

Well-Known Member
Pepo pues ni idea, primero que eso me lo dijo de palabra, no sé si será cierto pero bueno, tampoco tenía razón para mentir. En cuanto a abrir la cuenta en divisas y luego transferir, pues en teoría es posible, eso habrá que preguntarlo.
Te aconsejo te cerciones con las notas cara al público con el cambio de divisas...bbk hace un año presumía de palabra del fixing 0,15% y luego realmente era el 0,5%. Es que un 0,05% es casi un 0%, me parece harto raro. saludos.
 

Fernando

Member
Bueno, pues ya me han dado el interés para el próximo mes: ¡¡¡1,95%!! , incluyendo midiferencial (0,55%).
Y he tenido suerte, pq he visto una liquidación al 3 y pico por ciento.

Os voy a copiar parte del correo que nos ha mandado el director de mi sucursal avisándonos de lo que estaba pasando. Sacad vuestras propias conclusiones:

"Estimados clientes:



Venimos observando en estos últimos días que las liquidaciones de las operaciones de préstamos multidivisas para los próximos vencimientos se están produciendo a tipos de interés anormalmente altos, principalmente cuando la operación viene referida a yenes. Consultada esta circunstancia con nuestro departamento de extranjero, se nos informa que actualmente existe una crisis de confianza en todo el sistema financiero. Esta crisis origina que no se ponga dinero en circulación y el dinero que se presta se hace a tipos de interés más elevado por la incertidumbre que el prestamista tiene de devolución de esas cantidades.



El LIBOR que es el tipo de referencia que venimos utilizando para las operaciones en divisas se define en nuestras escrituras de la siguiente forma “El tipo de interés que obtenga la Caja del Mercado Interbancario de Londres (LIBOR) para un depósito de igual cantidad y plazo”. El LIBOR por tanto es un mercado interbancario en el que se cruzan operaciones de oferta y demanda de las distintas divisas. En estos momentos y originado por esta desconfianza nos encontramos, como ya he indicado, que la oferta en el mercado es escasa y la existente se hace a tipos más elevados que en ocasiones anteriores, por lo que resulta más caro acudir a los mercados. Esta es la información que se nos ha facilitado sobre la evolución de los tipos de interés para las divisas. Sobre la posible evolución de los tipos de interés no podemos decir si es una situación coyuntural que puede afectar a varios meses o si bien va a ser más duradera.



Por otra parte, añadir que esta información viene a corroborar la facilitada en distintos medios de comunicación que mencionan la subida del Euribor en los próximos meses, siendo la explicación la misma que la facilitada para el caso de los tipos de interés de las divisas".


Y ahora un artículo de prensa que tambien me han pasado:

"Estimados clientes.:



En relación con el correo que os he enviado anteriormente sobre la situación de los mercados de divisas y ante las dudas que alguno habéis trasladado sobre como el porqué del tipo de interés, me comentan desde el departamento de extranjero que aunque el libor publicado es más bajo, la realidad es que los bancos que conforman el LIBOR, están prestando a tipos de interés más elevados y que no tienen nada que ver con lo publicado. El motivo de que no se publique esta realidad nos indican que puede deberse a no trasmitir al exterior sus problemas de liquidez. A este respecto he encontrado un articulo publicado a finales de abril por el economista Juan Toro en la página de internet finance blogs y que ya en esos momentos se comentaba una situación similar. Os transcribo todo el artículo por si puede ser de vuestro interés.





El mercado LIBOR (London Interbank Offered Rate) ha sufrido un importante envite esta semana. Se ha puesto así en peligro la subsistencia del mercado donde, desde 1980, se fijan los tipos de interés interbancarios de referencia para una gran número de monedas, - en especial, el dólar – que son a su vez la base de un gran número de operaciones financieras (préstamos sindicados, derivados,…). En Europa existe un competidor al tipo de interés Euro LIBOR, el Euribor, al que se indician una gran parte de nuestras hipotecas. El tipo de interés Euro LIBOR para distintos vencimientos (al igual que el Euribor) se construye a partir de los precios ofrecidos por un grupo de bancos sobre el tipo de interés al que éstos están dispuestos a prestarse entre sí. Si bien el Euro LIBOR corresponde al mercado interbancario sobre euros en Londres (mercado offshore), el Euribor recoge el mercado interbancario localizado en Europa (mercado onshore). El primero se encuentra bajo la supervisión de la BBA (British Banker`s Association), y el segundo está gestionado por la European Banking Federation. Aunque Euro LIBOR y Euribor no difieren en mucho - los bancos que contribuyen a la formación de precios en ambos son similares, - sí existen leves diferencias tanto en la composición de conjunto de bancos que los componen como en el método para el cálculo final del tipo de interés a partir de las cifras aportadas por los bancos.



La semana pasada el dólar LIBOR fue cuestionado como referencia de precios fiables al que los bancos se prestan entre sí. Una extraña paradoja puso de manifiesto las distorsiones a las que está sometido: durante la primera semana de Abril, los tipos de interés de las subastas de liquidez de la Reserva Federal americana (Fed) resultaron superiores al tipo de interés dólar LIBOR para ese día ¡en más de 20 puntos!. La paradoja reside en que los préstamos de las subastas de liquidez necesitan presentar garantías ante la Fed, mientras que los préstamos del mercado interbancario no necesitan de cruce de colateral entre bancos. Hay dos hipótesis sobre esta distorsión. La primera hipótesis sostiene que los bancos pueden estar alterando la formación de precios con el objetivo de esconder problemas de liquidez, ofreciendo precios a los cuales realmente no están dispuestos a realizar transacciones. La segunda hipótesis sostiene que los bancos están, de forma intencionada, manipulando y alterando la información que reportan para así aprovecharse de sus posiciones en derivados. El tipo de interés dólar LIBOR es la referencia en derivados de tipos de interés, por lo que alterándolo, los bancos podrían empujar el precio de referencia (y a su vez el precio del derivado) a su favor. En particular, el Eurodólar, que es un contrato de futuros sobre depósitos de tipos de interés denominados en dólares que se negocia en el Chicago Mercantile Exchange, establece su precio a expiración de acuerdo con el tipo de interés dólar LIBOR vigente al día siguiente a la expiración del contrato de Eurodólar. Lo más llamativo de esta segunda hipótesis es que para alterar el precio de referencia del tipo de interés dólar LIBOR se tiene que producir la coordinación entre bancos dado que el tipo de interés LIBOR es una media de los precios reportados por al menos quince bancos. Los bancos que participan en la fijación de precios pueden aprovecharse de esta manipulación a través de la alteración del precio de referencia (dólar LIBOR) al que se fijará el precio final del Eurodólar (contrato de derivado) y tomando posiciones en estos contratos de derivados. La posible existencia de colusión entre un conjunto de bancos para alterar un precio de referencia resulta, como poco, preocupante.



Por ahora, este problema no se ha visto reflejado en el Euribor o en el Euro LIBOR. Aún así, la posible ruptura del mercado LIBOR supone una desconfianza en los mecanismos de mercados. Es necesario poner todos los medios para proveer mecanismos transparentes en la fijación de precios de referencia. De otro modo, cualquier contrato que esté basado en este precio de referencia y sea utilizado para cualquier operación, ya sea puramente de cálculo de coste financiero indiciado (como ocurre con el Euribor en las hipotecas) o de cobertura, quedará vacío de contenido
.


Siento el cilindro, pero creo que es de mucho interés para todos. Ya me contareis.

Un saludo.
 

yon

New Member
Claúsula tipo interes variable caixa cataluña

Efectivamente, aquí teneis el apartado de mi escritura del préstamo hipotecario del que hablais:

"TERCERA BIS.- TIPO DE INTERES VARIABLE.-
1) Para los "periodos de interés" siguientes al inicial se pac-ta que el tipo de interés nominal aplicable al préstamo en cada uno de ellos se determinará al inicio de los mismos, mediante la aplicación del "INDICE DE REFERENCIA" al que se incre-mentará un MARGEN O DIFERENCIAL. A estos efectos se considerará como “INDICE DE REFERENCIA”:

a) Cuando la deuda se cifre en divisas:
El tipo de interés que obtenga la Caja del Mercado Interban-cario de Londres (LIBOR) para un depósito de igual cantidad y plazo (un mes) y en la misma divisa en que esté cifrada la deuda, dos días hábiles antes de la fecha de comienzo de cada periodo de interés. A este tipo “LIBOR” se le añadirá, expresados en térmi-nos porcentuales, los gastos, comisiones y tributos que deba sa-tisfacer la Caja para la obtención de dichos depósitos.
El margen o diferencial que se adicionará será de cincuenta y cinco centésimas de punto (0,55) porcentual"

El director de mi sucursal me avisó de ello, y´lo confirmé cuando me mandó el borrador de mi escritura, pero, a pesar de ello, sigue mereciendo la pena. Para que os hagais una idea yo firmé el 27 de Agosto y el "Libor+gastos" que me aplicaron fue el 0,73, así que me sumaron un 0.13 más aproximadamente, pero bueno, eso, frente al 5,treintaytantos del euribor, es perfectamente asumible, ¿no?.

Un saludo.
Buenas, para quien le interese os adjunto escritura, de como caixa cataluña calcula la cuota, ya me contais que os parece si es lo mismo que en cja segovia ó no.
Clàusula revisió HMD:

TERCERO BIS.- DETERMINACION DEL TIPO DE INTERES VARIABLE

El tipo de interés nominal aplicable en cada Período de Intereses, calculado por la CAJA, será el que resulte de sumar un diferencial de .......... punto/s, si el capital pendiente de amortizar está en Euros, o de ........ punto/s, si el capital pendiente de amortizar está en una de las divisas alternativas, al TIPO DE REFERENCIA, para depósitos a . . . . . . . . .(uno/tres/seis) . . . meses, en la moneda en que se pacte cada uno de los Períodos de Intereses según el pacto segundo.

Para el euro, se entenderá por tipo de referencia, a los efectos del presente contrato, el tipo de interés anual al que se ofrecen depósitos interbancarios en euros dentro de la zona de la unión monetaria europea entre bancos y cajas de primera línea, por un plazo equivalente a la duración del periodo de interés de que se trate, publicado a las 11 horas de la mañana, hora de Bruselas, en la pantalla ""EURIBOR="" de Reuters de dos días hábiles antes del inicio de cada periodo de interés.

De no existir cotización del tipo EURIBOR de referencia para este día, se tomará como referencia el correspondiente al último tipo publicado.

Para el resto de divisas integradas en el índice “BBA LIBOR” se entiende POR TIPO DE REFERENCIA, a los efectos de este contrato, el precio del dinero del mercado interbancario de Londres para depósitos no transferibles por un plazo equivalente a la duración del periodo de interés de que se trate, publicado diariamente para cada divisa en las pantallas de Reuters a las 11 horas de la mañana de dos días hábiles antes del inicio de cada periodo de interés. De no existir cotización del tipo LIBOR de referencia para este día, se tomara como referencia el correspondiente al último tipo publicado.

Para el resto de divisas cotizadas por la Caja, se utilizará como TIPO DE REFERENCIA la cotización de dos días hábiles antes del inicio de cada periodo de interés, del mercado interbancario oficial del país correspondiente a la divisa, para un plazo equivalente a la duración del periodo de interés de que se trate, publicado diariamente para cada una de las divisas en las pantallas de Reuter. De no existir cotización del mercado interbancario oficial para este día, se tomará como referencia el correspondiente al último tipo publicado.
De no existir para la divisa mercado interbancario oficial, se aplicará, en las mismas condiciones, la referencia generalmente aceptada que faciliten las pantallas de información de Reuters.

Al tipo de interés resultante se añadirán, expresados en forma de porcentaje, cuantos gastos, comisiones e impuestos, de la naturaleza y clase que sean, sin limitación alguna, se originen y deban ser pagados en cada momento por el Prestatario para la obtención de dichos depósitos.

A efectos meramente hipotecarios respecto a terceros el tipo de interés nominal, no podrá superar el máximo del 10%.

La CAJA calculará el tipo de interés nominal aplicable para cada Período de Intereses en base a lo anterior y se lo comunicará, el día del inicio de cada Período de Intereses, a fin de que el prestatario manifieste su aceptación o disconformidad con dicho tipo de interés antes de las once horas del mismo día.

Si en el plazo antes indicado el Prestatario no hubiese manifestado su disconformidad al nuevo interés nominal, se entenderá que ha optado por aceptar el interés comunicado.

De no convenirle al prestatario el tipo de interés nominal comunicado por la CAJA para el nuevo Período de intereses, se entenderá resuelto el presente contrato, debiendo el prestatario amortizar el préstamo dentro de lo treinta 30 días siguientes a la fecha de inicio del Período de Intereses de que se trate, aplicándose durante dicho plazo el tipo de interés nominal que se hubiera aplicado en el Período de Intereses inmediatamente anterior.

A los efectos de las comunicaciones entre las partes, se acuerda expresamente que podrá emplearse cualquier medio que permita tener constancia de su envío y recepción, y se considerará completado el deber de notificación, mediante envío con la antelación necesaria, en cada caso, y entre otros, de un telegrama dirigido a los respectivos domicilios, o de un télex dirigido a los indicativos . . . . . . . . . . o fax dirigido al número . . . . . . . . . .. El resguardo de emisión del telegrama o el original del télex o fax en que conste su recepción en los indicativos reseñados, serán la prueba fehaciente de la comunicación.
 

Lynxai

Super Moderator
Bueno, pues ya me han dado el interés para el próximo mes: ¡¡¡1,95%!! , incluyendo midiferencial (0,55%).
Y he tenido suerte, pq he visto una liquidación al 3 y pico por ciento.
Perdóname de antemano Fernando pero:

Joooooooodeer

Menudos ladrones los del Caja Segovia, esto significa que te están aplicando un libor del 1,4% (ahora mismo está al 0,9%) medio punto pa la saca. Lo que no entiendo es cómo el resto de entidades pueden ofrecerte el libor oficial más un pequeñísimo coste de broker y ellos no. O tienen poco poder para conseguir libores mejores o deberían pensarse muy seriamente en cambiar de broker porque les está timando.

Me estoy empezando a replantear lo de Caja Segovia...
 

Fernando

Member
La explicación que me dan es que ellos, al no estar posicionados en Yenes, tienen que seguir ese sistema, mientras que otras entidades mas grandes que sí estás posicionadas en yenes no tienen ese problema.

Realmente las condiciones estaban en el borrador del préstamo y el director de la sucursal me había avisado de que esto había ocurrido alguna vez, así que no creo que sean unos ladrones o haya mala intención.

De todas formas a ver si tengo tiempo de ir a verle para que me explique como fuciona el sistema exactamente, pq no lo entiendo.

¡¡Ah!! y ya he conformado quién es el del 3%. Efectivamente es un amigo (o,al paso que llevamos, era) que llevé a Caja Segovia. El firmó un mes antes que yo, y le tocó renovar el 30 de septiembre, y le han aplicado un libor+diferencial del 3,19. Si añadimos que cuauando firmó la relación Yen/€ era de unos 169 yenes/€, no te imaginas lo contento que está.

Bueno, esperemos que todo esto sea algo coyuntural y volvamos rápidamente a la normalidad.

Un saludo.
 

cuatrocantos

Active Member
Pues Bankinter, aunque al principio habla de dos sumandos, también te suma al Libor ese chorizo de "gastos, comisiones e impuestos para la obtención de los depósitos". En el borrador que yo tengo pone:

a.2.- Cálculo del Tipo de interés.
El tipo de interés aplicable a este préstamo se determina mediante la adición de dos sumandos: el tipo de referencia constituido por el LIBOR y el diferencial.

a.2.1.- Tipo de referencia LIBOR.
El tipo de referencia será el tipo de interés en el Mercado Interbancario de Londres LIBOR, publicado por la Britsh Bankers Assoc., en su página de Reuters “LIBOR01” a las once de la mañana, dos días hábiles antes de la fecha en que deba iniciarse un nuevo periodo de interés, para depósitos en la divisa convertible en que se haya hecho la solicitud de disposición, y con un periodo equivalente al plazo pactado para las cuotas de amortización. Al tipo de interés resultante de la adición anterior, se añadirán, expresados porcentualmente, cuantos gastos, comisiones e impuestos se originen y deban ser pagados por el Banco para la obtención de dichos depósitos.-
En cada periodo de amortización o liquidación de intereses, el tipo de interés variará conforme varié el tipo de referencia LIBOR.
A este tipo de interés se añadirán, cuantos gastos, corretajes, comisiones e impuestos de todo tipo se originen y deban ser pagados por el Banco para la obtención de dichos recursos.

a.2.2. Diferencial.-
Será de * puntos netos durante el periodo de vigencia del préstamo, con la única salvedad del diferencial establecido para el sobregiro en la cláusula financiera sexta.
 

cuatrocantos

Active Member
Y encima en Bankinter para ese "chorizo" que te suman no hay límite superior!!!!!. En Caixa Catalunya pone el 10% (que ya es una pasada), pero por lo menos hay un límite. En Bankinter, hasta donde ellos quieran...
 

JuanmaNPI

Member
Bueno, aún no es nada comparado con el 0.40 que te agrega Caixa Catalunya según me ha comentado una subdirectora que es conocida mientras que en otra sucursal no lo mencionaron hasta que lo dije yo.

Así que tienes libor+0.40+1... toma ya o_O Aún si el 0.40 fuese "fijo" pero si encima no te garantizan que mañana les de por sacar rentabilidad poniéndolo como les de la gana pues... mira que bien ¬¬U

En realidad el 0.40 ese no me han dicho que sea eso exactamente pero lo deduzco al ver aquello de libor+0.40 minimo fijo+diferencial negociable.
 

borpa

Member
Cuatrocantos, yo firmé el lunes con BK, tengo las escrituras delante y en el texto de cálculo de tipos de interés referencia Libor (a.2.1.), me pone lo mismo que a ti, pero se queda en la palabra amortización, es decir, no pone que podrán agregar más "cosas".
Además para la primera cuota me la ponen al 1.76%, la suma de mi diferencial y a como estaba el libor dicho día, 0.76.
 

cuatrocantos

Active Member
Lo que yo yengo es un borrador que me enviaron hace un mes desde una sucursal que b, pues yo todavía no he firmado. Pediré otro borrador a mi sucursal en estos días y veré si lo pone.
 

mariajo

Member
Hola a todos! me estoy quedando de piedra, yo también tengo mi hipoteca con Caja Segovia y me está dando la impresión por lo que leo que tenemos nuestras economías en manos de algún tuercebotas que no sabe moverse en el mercado interbancario!!
Lo que está claro es que esto no es lo que nos dijeron a la hora de contratar la hipoteca por mucha clausula (que por cierto yo cuando firme hice hincapié en que no me fiaba porque dejaba una puerta abierta a la rubería bancaria) me dejé liar y mira tu por donde!! de todos modos esto no puede ser legal y deberíamos poner una reclamación o queja en el Banco de España, lo que no puede ser normal es que los hipotecados en otras entidades paguen el libor publicado (con su diferencial y fixing) y nosotros paguemos el libor que le da la gana a la Caja más diferencial más fixing, de locos!! me siento vendida!!
 

Fernando

Member
Hola Mariajo,

si te parece podíamos ir publicando el Libor que nos van aplicando cada mes los de la Caja y así podemos ir viendo lo que están haciendo.

Yo sólo llevo dos meses en HMD, y el Libor (sin el diferencial, claro) para cada periodo ha sido el siguiente:

Periodo 27/08/08 al 29/09/08: 0,73%
Periodo 29/09/08 al 27/10/08: 1,4%

Un saludo
 

xbg

Member
Está claro que se trata de una reciente novedad que colocan como endurecimiento encubierto.
En mi escritura, de 26/03/2008, con DB, pone que el interés será la suma del LIBOR (de dos dias antes) + el diferencial (en mi caso, 0,75)
En cuento al LIBOR, "la referencia será la página LIBOR de Reuters"
En las dos revisiones transcurridas, he comprobado que el nuevo interés ha cuadrado exactamente con el libor de dos dias antes en la página que circula por el Foro:
"http://www.bsmarkets.com/esp/doc/contents/frmainLIBOR.html"
Ójala podais batallar...

Un abrazo a todos los foreros

Xavier
 
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