compensacion de perdidas
Muchas gracias Polux por tus aclaraciones. abusando de tu tiempo, me queda otra duda. Como mi idea es hacer un cambio franco-euro-franco, la ley prohibe la compensacion de las perdidas patrimoniales de los valores cotizados que se hayan recomprado en menos de dos meses. Se refiere especificamente a titulos del mercado de valores, entiendo que no hay problema en recomprar la divisa en menos de esos dos meses. ¿que opinais?.
y si en vez de cambiarse franco-euro-franco se hace un cambio franco-yen-franco, como hay que pasar por el contravalor en euros, la se consideraria perdida patrimonial?
saludos
Muchas gracias Polux por tus aclaraciones. abusando de tu tiempo, me queda otra duda. Como mi idea es hacer un cambio franco-euro-franco, la ley prohibe la compensacion de las perdidas patrimoniales de los valores cotizados que se hayan recomprado en menos de dos meses. Se refiere especificamente a titulos del mercado de valores, entiendo que no hay problema en recomprar la divisa en menos de esos dos meses. ¿que opinais?.
y si en vez de cambiarse franco-euro-franco se hace un cambio franco-yen-franco, como hay que pasar por el contravalor en euros, la se consideraria perdida patrimonial?
saludos