Muliples son los caminos de la reclamacion bancaria.

Ante las constantes bajadas del referencial denominado EURIBOR que en la actualidad esta en su momento más bajo (0,490) 13/05/2013 y por el cual se revisan las mayorías de los prestamos hipotecarios, existen titulares de prestamos que no ven reflejadas estas bajadas en sus prestamos hipotecarios, por entre otras las comúnmente llamadas clausulas de suelo hipotecario.
Se analiza las posibilidades de anulación de esta clausula en su Préstamo Hipotecario, así como del asesoramiento, tramitación y en su caso representación de las correspondientes reclamaciones para su anulación.
Aún cuando, con anterioridad hayan tramitado reclamaciones al Servicio de Atención al Cliente de su entidad, y se haya dictado resolución del Banco de España, se han encontrado nuevas vías para que se demuestre la falta de trasparencia en la contratación del préstamo hipotecario acorde con la nueva Sentencia del Tribunal Supremo Sala de lo Civil 241/2013 de fecha 9 de mayo de 2013.
También se ha profundizado en nuevos campos derivados del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos en BOE núm. 60 de Sábado 10 de marzo de 2012, muy ventajoso para hipotecados en situación de desempleo.
En todo caso cualquier reclamación por posiciones deudoras, comisiones demora, tarjetas de crédito, redondeos y cualquier otro campo del derecho bancario.
 
Última edición:
Arriba