HMD ahora - es buen momento?

yopero

Member
Espero que este hilo sirva para aconsejar a los que quieran coger una HMD ahora mismo.
La pregunta ¿ahora es un buen momento? ¿yen/dolar/chf?

Saludos
 

Lynxai

Super Moderator
yopero eso es algo muy personal y que cada uno debe valorar desde su propia idiosincracia: ¿necesito estabilidad? ¿me va más el riesgo? ¿quiero jugar con los tipos de cambio o permanecer en la misma moneda siempre?
Estas preguntas ayudarán a decidir la moneda más allá de los datos numéricos. En cuanto a si es un buen momento... yo siempre digo que el mejor momento de comprar algo es cuando lo necesitas, así que es tan bueno como cualquier otro. Yo personalmente firmaba una hmd con el cambio de hoy.
 
Estoy de acuerdo con Lynxai, esto es algo personal y la responsabilidad es de cada uno. Es mejor ahora que hace un mes? Pues si. Sera mejor ahora que dentro de un mes? Pues no se sabe. Como ves solo a tiempo pasado sabemos que hubiese sido lo mejor.
 

Lynxai

Super Moderator
Os dejo una cosa:

http://simplesinriesgo.blogspot.com/2008/04/pero-no-es-el-franco-ms-seguro.html

En este gráfico podemos apreciar la relación entre el franco suizo y el yen japonés. Observamos un gran canal bajista desde 1979 al 2000, esto es, un yen fortaleciéndose (como curiosidad técnica hemos marcado la trampa bajista del 98). Sin embargo, a partir del 2000, quizá como inicio del carry trade, el yen se ha comenzado a devaluar y se marca un canal alcista en el que nos encontramos. Ya hemos superado el primer retroceso proporcional de toda la bajada por lo que podríamos dirigirnos al segundo. Viendo este dibujo, ¿qué moneda de las dos eligiríamos para nuestra hipoteca multidivisa? En principio, ahora el yen, pues el CHFJPY está en tendencia alcista. Pero además, el tipo de interés del yen es muy inferior y, aunque expuestos a alguna necesaria subida para frenar la inflación, ni las grandes exportadoras japonesas ni sus políticos parecen dispuestos a permitirlo (recordemos la complicada elección del presidente del Banco de Japón).

Tampoco Suiza está exenta de subida de precios (Suiza con una inflación en máximos de 14 años), pero es que el mundo, en general, no lo está. La inflación (con todo el aumento de liquidez mundial) va a ser generalizada, por lo que hay que buscar diferenciales o comparativas: Europa>Suiza>Japón.

En resumen, se puede no constituir una Hipoteca Multidivisa por sus innegables riesgos, pero de hacerlo, parece más adecuado elegir el yen como moneda.
 

yopero

Member
Muchas gracias a todos por sus aportaciones, a estas alturas del foro se supone que todos saben/sabemos que es una decisión personal el coger o no una HMD.
El motivo de este hilo es hacer comparaciones con el pasado inmediato, es decir comentarios como el de “Alvaro hipotecado” o el estudio de “linxai”.

Saludos
 

Yokohama

Active Member
Después de mirar, remirar y estudiar la cuestión, de darle millones de vueltas y obsesionarme con la idea, decidí entrar en multidivisas en agosto.

Cada uno debe plantearse su estrategia en función de la situación de partida: vas a pedir una millonada? vas "sobrao" con tu hipoteca actual? (lo contrario precisamente es una de las razones para ser conservador, recordemos que la hipoteca md es un producto de riesgo), quieres cambiarte de moneda frecuentemente? quieres aguantar 25 o 30 años en yenes para pagar la cuarta parte de los intereses que pagarías en euros?

Creo que lo importante es hacerse todas las preguntas y no hacerse trampas en las respuestas. Lo sensato es leer los post de los "sabios" del foro, sin prisas, e ir respondiendo a las preguntas de forma realista. Una vez lo hayas hecho no te vas a equivocar. Al fin y al cabo, esto no es la lotería, es una hipoteca, es tu casa. Hay que pensarlo bien y entenderlo de verdad.
 

Consternado

Member
Completamente de acuerdo contigo Yokohama.

No espereis que nadie os diga, SI metete, es una opción arriesgada que cada uno debe asumir con todas las consecuencias.

Pero está claro, qu es muy golosa.
 

meliyero

Member
POR FAVOR, TENGO DOS OFERTAS MULTIDIVISAS, QUE EN GLOBAL CREO SON PARECIDAS. En ambas entidades he pasado riesgos y tasación y me tengo q decidir ya por una u otra y no lo tengo claro. HELP!!

Mi intención es amort 143.500 (cap pte ) al maximo fiscamente deducible por año/pareja (18.000) y quitarmela en 10 años. Y entrar ahora en Yenes (ahora 147.88)

BARCLAYS:
Libor/Euribor mensual + 0.65 (a traves del prescriptor/intermediario fro multihipoteca.com)
Apert 1%
Com cambio divisa/mensual: 0.2% (min 9€)
Cancelacion parcial/tot: 0% / 0.5%
Famosa cláusula: 20 % (no se ha aplicado)
Debo cancelar y aperturar. Y seg vida(prima 8 años) ambos cónyuges: Gastos 9.000 €
(me financian los 9.000)
Fixing: 1%
Plazo: 30 años
Tasación: 65 %
Cambio directo entre divisas (fco/yen): 1 solo fixing y com cambio

BANCO POPULAR:
Libor/Euribor mensual + 0.9
Apert 0.75 %
Com cambio divisa/mensual: 0.15% (min 6€)
Cancelacion parcial/tot: 0% / 0.5%
Famosa cláusula: 10 % (no se ha aplicado)
Me subrogan (me ahorro AJD y cancel registral) y sin seguros: Gastos 2.500 €
(los pago yo, para evitar complementaria Hacienda por AJD)(¿HAGO UNA CHORRADA)
(para minimizar riesgos igual entro en € y a los pocos dias a yenes)(¿OTRA CHORRADA?)
Fixing: 1%
Plazo: 27.5 años (pte por subrogacion)
Tasación: 70 %
Cambio directo entre divisas (fco/yen): 1 solo fixing y com cambio

Si nadie me aconseja lo contrario, creo q lo haré en Popular (aunque me clavan en com apert) porque he leido en su minuta que me puedo cambiar de divisa o amortizar el dia q yo quiera aplicándome el tipo de cambio del dia. Sin embargo en Barclays debo hacerlo el dia de pago de la cuota (me aplican el tipo de cambio e ese dia) y comunicarlo 3 dias antes

¿CUAL PENSAIS QUE ES MEJOR OPCION SEGUN MI PERFIL?
¿ES UNA CHORRADA PAGAR YO LOS GASTOS Y ADEMAS ENTRAR EN €, PARA MINIMIZAR RIESGO DE COMPLEMENRTARIA POR NO EXENCION AJD?, la verdad es que amort en ING DIRECT hace poco y voy justillo de pelas tras las vacaciones (si es absurdo pues q tb me noven y los financien. Y entro directamente en Yenes-a lo mejor me ahorro fixing, y com cambio si aplican la circular según la cual se considera incluido en com apert- aunque esto no lo se)

ME TENGO QUE DECIDIR ESTA SEMANA ¿que hago?
 
Meliyero
No entiendo que digas que te la clavan con el popular con la com. de apertura, ya que la del otro banco por lo que leo es mayor.
En cuanto a lo del Barclays, lo que no entiendo es que te hagan pagar una cuota unica del seguro.Imaginate dos situaciones: la primera te sacas el euromillon al viernes siguiente de haber firmado( para que quiero tener el seguro si me sobra la pasta¡¡¡). La segunda( espero que jamas suceda) si alguien que haga el seguro de esa manera se muere al mes siguiente,¿para que quieres un seguro que te cubre 7 años 11 meses de alguien ya muerto?, tambien mira lo que te supone financiar esos 9000euros de seguro. En tal caso mira la posibilidad del pago semestral o anual del seguro.
Tambien ten en cuenta la opcion interesante de ser tu quien decide cuando cambiar de moneda (b. popular) y no en el vencimento de la letra. Eso si , en la escritura del prestamo te ponen otra cosa.
Joder, no sé si al final en vez de darte alguna solución , te he creado mas dudas.Jajajaja
Un Saludo.
 

Miguel

Member
Creo que tienes muy buenas condiciones, aunque no se si prefiero las de Barclays por el diferencial,¿has calculado la diferencia a lo largo de la vida de la hipoteca? Yo creo que te podría compensar y si en determinado momento te tienes que ir al €, no estarias en muy buenas condiciones con el popular, ¿te pueden asegurar lo de cambio directo de CHF/Yen/CHF sin pasar por €? Seria un puntazo.
 

meliyero

Member
Pensaba que un euribor mensual + 0.9 estaba bien teniendo en cuenta que el mensual está unos 0.80% por debajo del euribor mensual. Mi Euribor mensual + 0.9 sería equivalente a un Euribor anual + 0.1

Cuando leo ofertas en este foro de libor mensual+0.75 y Euribor+0.45. Interpreto Euribor Anual (por tanto mi oferta es mejor aun) ¿O me equivoco y también es mensual?
 

jogres

New Member
Hola Meliyero:

Por si te sirve de ayuda, yo también estoy en trámites, actualmente tengo una hipoteca y me voy a subrogar con bbk pero NO ESTOY EXENTA DE AJD (ni aunque entre en euros). La diferencia entre surogación y cancelación es mínima (pero es una pasta).

Te pego lo que cogí de uno de los hilos:

DESCRIPCION-HECHOS El consultante es titular de un préstamo hipotecario en euros y desea pasarlo a multidivisas.
CUESTION-PLANTEADA Si dicho cambio estará sujeto a actos jurídicos documentados o estaría exento de ello.
CONTESTACION-COMPLETA El artículo 31.2 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, referido a la cuota gradual de la modalidad de actos jurídicos documentados, determina lo siguiente:
“Las primeras copias de escrituras y actas notariales, cuando tengan por objeto cantidad o cosa valuable, contengan actos o contratos inscribibles en los Registros de la Propiedad, Mercantil y de la Propiedad Industrial y de Bienes Muebles no sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o a los conceptos comprendidos en los números 1 y 2 del artículo 1.º de esta Ley, tributarán, además, al tipo de gravamen que, conforme a lo previsto en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, haya sido aprobado por la Comunidad Autónoma.
Si la Comunidad Autónoma no hubiese aprobado el tipo a que se refiere el párrafo anterior, se aplicará el 0,50 por 100, en cuanto a tales actos o contratos”.
De acuerdo con dicho precepto, la primera copia de escritura notarial que documente la citada operación estará sujeta a la cuota gradual de la modalidad de actos jurídicos documentados, cuando concurran los siguientes requisitos:
- Primera copia de una escritura.
- Inscribible en el Registro de la Propiedad.
- De contenido valuable.
- No sujeta a las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas ni de Operaciones Societarias o al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
En este sentido, cabe indicar que la adaptación de un préstamo hipotecario en euros a un préstamo en multidivisas debe calificarse como novación del préstamo. Por tanto, la primera copia de escritura notarial que documente dicha operación cumple los cuatro requisitos citados, por lo que está sujeta a la cuota gradual de la modalidad de actos jurídicos documentados, documentos notariales, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En cuanto a la posible exención de la cuota gradual, el artículo 9 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo de 1994, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, en la redacción dada por la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica (artículo decimoséptimo. tres), dispone que “Estarán exentas en la modalidad gradual de “Actos Jurídicos Documentados” las escrituras públicas de novación modificativa de préstamos hipotecarios pactados de común acuerdo entre acreedor y deudor, siempre que el acreedor sea una de las entidades a que se refiere el artículo 1.º de esta Ley y la modificación se refiera a las condiciones del tipo de interés, inicialmente pactado o vigente, a la alteración del plazo del préstamo o a ambas”.
Sin embargo, la modificación sobre la que se consulta se refiere al cambio del objeto de la obligación, que pasa de euros a multidivisas, y no a las condiciones del tipo de interés, por lo que no resulta aplicable la exención regulada en el citado artículo 9 a la escritura notarial que documente la citada operación de adaptación de un préstamo hipotecario ordinario en euros a un préstamo en multidivisas.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

A mí particularmente me gustan más las condiciones que te ofrece Barclays, pero, como dicen por aquí, haz números...

Un saludo,
 

Lynxai

Super Moderator
Meliyero deberías coger una simulador multidivisa y calcular la diferencia de ese 0.65 al 0.90 a ver cuánto es a lo largo de toda la vida del préstamo. Posteriormente lo cotejas con esos 6500€ (9000-2500) que tienes que pagar de más en el Barclays y con eso ya tienes una respuesta fácil. Ya te aviso que posiblemente lo que te ahorres con el 0,65 sea más que esos 6500€ pero sigue siendo una respuesta fácil porque:

- ¿Dispones de ese dinero para gastarte ahora?
- ¿Puedes negociar el seguro de vida y sacarlo del principal? ¿Y cancelarlo al cabo de un año?
- ¿Llego con las dos tasaciones?
- ¿Me supone mucha diferencia en la cuota mensual ese plazo de 27,5 en vez de a 30 años?

Con eso ya tienes trabajo :)
 
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