Hilo oficial DB

fort

New Member
Esta tarde me han llamado de la oficina DB y me han comentado que les llegó una orden de que ya no hacen HDM. Alguien sabe algo de esto?
 

OLR

Member
bueno acabo de llegar de la central de barcelona y me han dicho que si se compra en la oficina se coge el cambio del cierre del dia anterior. Osea la hoja que hay en la oficina de cambio de divisa. Pues hay que fijarse en esa hoja para todo el dia para comprar divisa.

Lo mejor de todo es que tampoco sabia mucho. Me ha dicho que ahora ya sabe mucho de la hmd gracias a mi, vosotros os creeis? vaya tela.

Otra cosa me ha enseñado una circular donde no hacen mas hmd, solo las que esten aprobadas. Mejor porque para como operan...

Bueno ahora que tengo mas claro lo del cierre de las divisas para comprarlas. Me fjo en la del BCE que es lo que mas se asemeja a los cierres que me han enseñado de ellos en la intranet.

Otra cosa he hablado con mi director de "la caixa" la mia de toda la vida. Tengo una cuenta en yenes que fui comprando antes de firmar. la forma de comprarla es la siguiente: cada cierto tiempo se actulizan los cambios y compras al momento que tiene en la pantalla descontando el fixing. no lo veo mal ya llevo muchos años con ellos. lo malo es db que cuando hice la transaccion me cobraron 0.4% (ladrones) osea de aquella 20€ por recibir una transferencia y en la caixa no me cobraron nada.

bueno todo es hacer numeros y ver si combiene o no!!!!

Espero no haberos calentado mucho la cabeza.

PARA FITO

lo tenia pensado cuando suba, bueno te paso mi email: [email protected], para pasarnos los telefonos.

Saludos
 

enrique

Member
Para OLR:
¿QUE ME ESTÁS CONTANDO?

Que lo de la media de las 12 de cada dia es mentira?
Van a flipar!!!!
Entonces vamos a la hojita que tienen publicada con los cambios de divisa...miramos el cierre del dia anterior y si nos gusta compramos a ese precio...es así?

Gracias tio!

De todas formas yo iré de buenas maneras, como siempre, con la carita de niño bueno y les comentaré el tema....lo mismo comienzan todas las oficinas a trabajar de esta manera...con el cierre del día anterior...tengo yenes hasta el 5 de febrero por lo que no se cuando volveré a comprar...en cuanto lo haga oscomentaré como le he hecho.
Creo que la idea de este hilo oficial DB es cojonudo...de esta manera sin perdernos con las historias de otras entidades solucionamos nuestros problemas mas directos.
Espero que no dejeis de usarlo chicos.
 
Última edición por un moderador:

gorgijasp

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¿que hacemos?

Entonces nos ponemos de acuerdo para mandar escrito conjunto sobre la forma de operar de DB? Es para iniciar entonces medidas por mi cuenta o no. Un saludo a todos.
 

enrique

Member
Entonces nos ponemos de acuerdo para mandar escrito conjunto sobre la forma de operar de DB? Es para iniciar entonces medidas por mi cuenta o no. Un saludo a todos.
Por supuesto...cuenta conmigo para lo que quieras!
¿Que te parece si redactamos un documento general para todos?
Bueno...yo intentaría colaborar ya que supongo que tendra que ser un documento en el que se expongan no solo la problematica sino las bases legales que respalda dicho documento...
Ok...estamos en contacto!
 

OLR

Member
Bueno famili como vamos a hacer el documento, para firmarlo todos o cada uno el suyo y llevarlo al banco de españa. No se ya me contareis....pero me apunto
 

enrique

Member
Queridos compañeros de DB.
He preguntado por el seguro de cambio en DB y me comentan que no lo hacen..solo empresas para importación-exportacion.
Como me he hecho "coleguilla" del interventor, me dice que le ha preguntado en tesoreria que por qué en otras entidades si lo hacen y le han contestado que en nuestra entidad no hay suficiente volumen de hmd como para manejar este producto para particulares...que bankinter tiene tal cantidad de hipotecas hmd que contemplan la posibilidad para reducir riesgos.
Vosotros sabeis algo del seguro en vuestras oficinas?
 

mikelg

Member
Queridos compañeros de DB.
He preguntado por el seguro de cambio en DB y me comentan que no lo hacen..solo empresas para importación-exportacion.
Como me he hecho "coleguilla" del interventor, me dice que le ha preguntado en tesoreria que por qué en otras entidades si lo hacen y le han contestado que en nuestra entidad no hay suficiente volumen de hmd como para manejar este producto para particulares...que bankinter tiene tal cantidad de hipotecas hmd que contemplan la posibilidad para reducir riesgos.
Vosotros sabeis algo del seguro en vuestras oficinas?
Pues deberian hacerte el seguro...yo tmb la tengo en estos...y son unos caraduras...
a mi me dijeron que por 100.000 no hacen ese producto, pero si les insistes acabarán concediéndotelo, pues creo que tienen un mínimo de 200.000 €
Suerte.
 

TXARCO

Member
Pues deberian hacerte el seguro...yo tmb la tengo en estos...y son unos caraduras...
a mi me dijeron que por 100.000 no hacen ese producto, pero si les insistes acabarán concediéndotelo, pues creo que tienen un mínimo de 200.000 €
Suerte.
la respuesta de mi "asesor personal" en db es que solo lo hacian con empresas

les consulte tambien a ffrhmd y martuela (me lo aconsejo ffrhmd, debe ser porque es abogada) pero no he tenido respuesta.

no se nada mas. habia un post de ffrhmd en "siguiendo al yen", de hace poco, que decia que los bancos hacen juego sucio al no concederlos a particulares, por eso le pregunte por si tenia argumentos para contraatacar y me dijo que estaba consultando a un conocido. hasta el dia de hoy

ahi sigo, desesperator
 

7Sie7e7

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una duda con HMD en DB, estoy en yenes y me estoy planteando pasarme a Francos
Sabeis si es necesario pasar antes por euros?? o el cambio es directo

saludos
 

JSSF

Member
No te puedo indicar a ciencia cierta, pero cuándo me interesé por el tema me vinieron a decir que el cambio era directo.

Saludos.-
 

enrique

Member
Buenos dias:
¿A alguien le han podido quitar en DB la penalización por devolución de recibo del pago de la hipoteca?
Os explico, hice la transferencia en yenes desde caixanova el día 29 de abril y me han dado fecha valor el día 9 de mayo, por lo que hoy dia 6 de mayo que es cuando me pasan la cuota ya me figura que no han podido cobrar el recibo y que me penalizarán por ello. Me comentan desde Db que saben que no es lo habitual en mi caso, que en euros podrían hacer algo para que no me cobrasen los intereses de demora pero que en divisa es imposible de devolver esa penalización (ya sabeis la famosa frase: el ordenador no me deja).
Un saludo!
 

JSSF

Member
Siempre he pensado que en algún momento me sucedería a mí. En algunas ocasiones he hecho las transferencias en el límite. Creo recordar que en Caixanova (NovaCaixaGalicia) me comentaron que la transferencia podría tardar dos días.... hábiles, naturales, tope máximo o sólo por término medio??????, con compromiso o sin compromiso en el tiempo máximo en el que debería realizarse la operación??????

Ni idea. Pero parece que alguien no ha hecho su trabajo... ¿la entidad transmitente o la receptora?, tendrás que investigar y exigir responsabilidades a quién proceda.... si es que existen compromisos en la gestión de este tipo de operaciones, que supongo que sí.

En fin, ya nos cuentas; pero cualquier día me toca a mí, eso lo podemos dar por seguro.

Por mi parte, estoy investigando la legalidad de las comisiones que pagamos en la cuenta en divisas. Para mí, ilegales o alegares... o como queráis llamarlas. Veremos que dice DB y qué el BE. Ya os contaré el mareo que me van a meter....

Un saludo.
 

JSSF

Member
Bueno.

Después de seguir las reglas (jejeje, recurso de reposición y alzada) me encontré en el mismo sitio dónde había comenzado… hablando con la directora de mi sucursal. Os evito esta parte porque no es trascendental por esperada. Sólo indicar que la directora, al igual que el servicio de atención al cliente del banco, no ha oído hablar de ilegalidad o mala praxis respecto al cobro de comisiones en cuentas cuya única finalidad es satisfacer el pago de las cuotas hipotecarias, como es nuestro caso.

He realizado varias consultas al BdE. Os pongo la que aquí concierne y su respuesta:


“Buenas tardes.

Les agradecería que me remitieran respuesta a las preguntas que a continuación se acompañan y, si son tan amables, adjuntaran los enlaces que consideren oportunos a la legislación pertinente.

-------------------------
*¿Son legales las comisiones (de cualquier tipo) que parte del sistema financiero cobran en/sobre cuentas corrientes cuya única y exclusiva utilización es la de satisfacer las cantidades devengadas por préstamos hipotecarios (adquisición vivienda habitual) concedidos por las entidades financiera a sus clientes titulares de ambos instrumentos financieros (en € o divisa), cuando dichas cuentas corrientes tienen su origen en una imposición por parte de la entidad financiera y, por tanto, carecen de la naturaleza de acto voluntario y libre de los particulares?

-------------------------
Muchas gracias de antemano.
Reciban un cordial saludo”.


“…………..Asimismo, le informamos de que es criterio del Servicio de Reclamaciones del Banco de España entender que en los casos en los que los contratos suscritos imponen la necesidad de mantener una cuenta en la propia entidad, con el único fin de domiciliar los pagos periódicos de sus vencimientos o los ingresos de rentabilidades y se utiliza solo con dicha finalidad, las entidades no están legitimadas para cobrar comisión de mantenimiento o administración, al no corresponder a un servicio efectivamente prestado al cliente, sino a un medio que la propia entidad implanta para facilitar la gestión de la operación de financiación.

En cualquier caso, si usted considera que la entidad ha llevado a cabo alguna actuación incorrecta, podrá presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de su entidad, cuya titularidad y dirección podrá encontrar en el siguiente enlace:

Banco de España - Servicio de Reclamaciones

Si no recibe contestación en dos meses o la que recibe no es satisfactoria, podrá plantear reclamación por escrito ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, con domicilio en c/Alcalá, 48 28014 Madrid.

Nota: toda información que proporciona el Banco de España a través de las respuestas a consultas recibidas de los usuarios de la página web, está destinada exclusivamente a orientar a los clientes de las entidades supervisadas, y a intentar ayudarles a resolver sus dudas en los temas sobre los que se informa. Esto es, dicha información tiene la finalidad meramente informativa u orientadora y, por tanto, no es vinculante para la resolución de procedimientos administrativos ni contiene sugerencia, invitación o recomendación alguna para realizar inversiones, depósitos o contratar servicio bancario alguno”.


Por tanto, entiendo, procede actuar como indica el BdE. Pero, hago notar que, en mi opinión, se trata de una mala praxis, no regulada más que como norma voluntaria dentro de una política de autorregulación del sector establecida por el BdE. Es decir, con independencia de que finalmente las entidades financieras cedan, repito entiendo, no están obligadas por la Ley a liberar de gastos y otros costes las cuentas que nos ocupan. Aunque resulte “cansino”, es sólo mi opinión.

Saludos.-
 

fran-1

New Member
Hola a todos, acabo de descubrir este hilo, echaba de menos un foro donde intercambiar opiniones de DB. Yo estoy con ellos desde 2008 y en yenes; tras 6 años creo que señora de cambiarse a €, pero mi oficina no me ayuda nada. Tengo dudas de si me hacen seguro de cambio y qué coste tiene.
También quisiera saber si una vez en euros puedes volver a entrar a otra divisa.
Muchas gracias compañeros sufridores.
Saludos
 

fran-1

New Member
Hola, alguien que esté en Deutsche Bank? Nos podéis ayudar? Os han hecho seguro de cambio?
Gracias
 

espeluis

Well-Known Member
Hola, alguien que esté en Deutsche Bank? Nos podéis ayudar? Os han hecho seguro de cambio?
Gracias

Hola fran-1,
Ni sabía que existía este hilo, y mira por donde buscando y buscando lo he visto y veo que has escrito.
Te puedo asegurar que llevo muchos años con ellos y jamás me han hecho seguro de cambio, es mas me dicen que tan solo es para empresas y de mucha envergadura, o sea que lo llevamos claro.
No se si sabrás que el cambio le tenemos trimestral por si queremos pasarnos a otra divisa, y tienes que avisar con un mes y pico de anticipación, y que antes tampoco conceptuaban el € como divisa, creo haberte podido ayudar un poquito.
Ya nos sigues informando por favor, gracias,
Bss, Espe
 

leticia1978

New Member
Hola chicos! yo también estoy en DB.
Fran-1, sobre el tema de si una vez pasado a euros puedes cambiar a otra moneda, rotundamente que sí, puesto que para eso hiciste una hipoteca multidivisa. Ahora bien, no se si alguna mente enfermiza pudo ponerte en la escritura que una vez pasado a euros no podías volver. Léelo bien, pero a mi no me pone nada de eso.
 

tagoriana

Well-Known Member
Hola chicos! yo también estoy en DB.
Fran-1, sobre el tema de si una vez pasado a euros puedes cambiar a otra moneda, rotundamente que sí, puesto que para eso hiciste una hipoteca multidivisa. Ahora bien, no se si alguna mente enfermiza pudo ponerte en la escritura que una vez pasado a euros no podías volver. Léelo bien, pero a mi no me pone nada de eso.
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