Vale, creo que ya lo entiendo mejor. En realidad no hay 75% y 25% sino solo 50% y 50%. Yo he ampliado la mía hasta llegar al 50% y ella ha constituido una nueva por el otro 50% por así decirlo. Si es así, me surgen dos nuevas dudas.
1.- La primera sería si yo me puedo desgravar hasta lo que me quedaba o hasta la cuantía inicial.
2.- Y la segunda es si puede haber algún problema porque esa cantidad extra que me corresponde a mí pueda ser considerada como donación o alguna figura similar y por tanto tenga que tributarse sobre ella.
Gracias.
Es complicado jurídicamente hablando.
En cuanto a la deducción, está claro que sólo te podrás deducir por el 25% de lo que pagais porque es lo que corresponde a lo que te quedaba por pagar, en cuanto a cuando dejarás de deducirte, cuando acabeis de pagar la hipoteca, porque ese 25% será en todos los años que pagues la hipoteca ( si 30 años, pues eso ).
En cuanto a lo de la donación, efectivamente, estás donando a tu novia un 25% del valor de su casa, porque estás pagando una deuda para la adquisición de una casa cuya propiedad es suya al 100%. Para dejarlo todo claro habría que pagar Impuesto de donaciones por el 25% del valor de la casa acudiendo al organismo que tramite estos impuestos en tu CCAA con la escritura de Compra de la vivienda y la de la hipoteca ( no existe la donación sólo porque lo ponga en una escritura, es decir se puede deducir de la documentación que presentes y en tu caso así sería ) por ejemplo en Madrid es la Dirección General de tributos ( Oficinas liquidadoras ).
Yo en cuanto a la hipoteca no me deduciría más de ese 25%, y en cuanto a tu novia incluso se me plantea la idea de que pudiera deducirse por el 75% restante ya que hay un 25% que tú le donas todos los años para la compra de su casa y como se lo donas entra en su propiedad y lo destina a adquisición de vivienda habitual, pero eso no lo haría para que no "cante" mucho y acabe esto saltando tanto en Hacienda como en la Dirección General de Tributos o el organismo que tenga cedida la tramitación de Donaciones en tu Comunidad. Ahora bien siempre ten en cuenta que si te "pillaran" podrían hacerte una liquidación complementaria en concepto de Donación y pagar intereses demora, multa etc...
En cuanto a como arreglar esto en "Escrituras " mejor ve a una Notaría y explicalo si lo quieres arreglar para que te asesoren del acto jurídico en concreto.
Es liosillo.
Un saludo.