Fiscalidad de perdida de patrimonio por HMD?

Cariwita

Active Member
hoy he puesto solicitud de revision de los ejercicios del 2009 al 2012 para solicitar incluyan las perdidas patrimoniales en la casilla 313. adjunté documentacion fiscal que envia el banco en cada ejercicio. ya les dire lo que me contestan. y como es el resultado. no adjunte nada mas a ver si me piden alguna otra cosa.
 

snowyta

New Member
hoy he puesto solicitud de revision de los ejercicios del 2009 al 2012 para solicitar incluyan las perdidas patrimoniales en la casilla 313. adjunté documentacion fiscal que envia el banco en cada ejercicio. ya les dire lo que me contestan. y como es el resultado. no adjunte nada mas a ver si me piden alguna otra cosa.
Hola Cariwita, ¿qué impreso has utilizado para hacer la solicitud?. ¿Se puede hacer por internet o hay que llevarlo en persona?

Gracias
 

pepo

Well-Known Member
Pues yo al final no creo que mueva nada. Mi decisión vale el 50% porque el otro 50% es de mi mujer y ya me ha expresado su parecer... que únicamente se basa en que ya la jodí lo suficiente cambiando a francos sin tener en cuenta su opinión... y por supuesto yo no voy a discutir más. Esto de la multidesdicha es una puta mierda como un pan duro.

Suerte a los que hagáis algo y ya nos contaréis ( si os apetece). Gracias.
 
Última edición:

pepo

Well-Known Member
Hola a todos, yo estuve planteandome presentar la revision del 2011, pero al final lo he descartado.:cool:

En 2011 mi mujer tenía actividades economicas. Pese a que teniamos contratada una gestoría, la gestoría no hizo su trabajo como dios manda y hacienda nos ha hecho una inspección y le tenemos que devolver nosotros la friolera de casi 3 mil euros. :eek:

Por este motivo me presenté en hacienda, indicando, el tema de la pérdida patrimonial, con idea de que ese importe se redujera. Allí me indicaron que podría meterla sin problemas, pero, el importe que tenemos que pagar es el mismo. Si declaro pérdida patrimonial, lo que se genera es "una bolsa de euros" con la pérdida patrimonial. En el momento que tenga ganancias patrimoniales (vendiendo acciones de bolsa ...etc) se va descontando de esa bolsa de pérdidas patrimoniales. Y así.

Como sinceramente lo que yo quería era evitarme soltar pasta a hacienda, al final he desistido. Porque aunque genere una bolsa de dinero a mi favor de pérdidas patrimoniales, no pienso estar mas de 2 años con la multidivisa, ya que he tomado la decisión de demandar o directamente entregarles el piso en ese plazo de 2 años.
Es decir, que te iban a poner las pérdidas en la casilla 383, no en la 313. Lo que demuestra que ese punto de la Ley Tributaria queda a interpretación del funcionario con el que hables. A unos en la 313, a otros en la 383. Gracias por compartirlo.

Suerte con el Banco, devs!!
 

omega

Active Member
Hola a todos, yo estuve planteandome presentar la revision del 2011, pero al final lo he descartado.:cool:

En 2011 mi mujer tenía actividades economicas. Pese a que teniamos contratada una gestoría, la gestoría no hizo su trabajo como dios manda y hacienda nos ha hecho una inspección y le tenemos que devolver nosotros la friolera de casi 3 mil euros. :eek:

Por este motivo me presenté en hacienda, indicando, el tema de la pérdida patrimonial, con idea de que ese importe se redujera. Allí me indicaron que podría meterla sin problemas, pero, el importe que tenemos que pagar es el mismo. Si declaro pérdida patrimonial, lo que se genera es "una bolsa de euros" con la pérdida patrimonial. En el momento que tenga ganancias patrimoniales (vendiendo acciones de bolsa ...etc) se va descontando de esa bolsa de pérdidas patrimoniales. Y así.

Como sinceramente lo que yo quería era evitarme soltar pasta a hacienda, al final he desistido. Porque aunque genere una bolsa de dinero a mi favor de pérdidas patrimoniales, no pienso estar mas de 2 años con la multidivisa, ya que he tomado la decisión de demandar o directamente entregarles el piso en ese plazo de 2 años.
No me extraña viendo como funciona el Reino y se aplican las leyes,normas et donna ferentes dependiendo del apellido o consciencia del administrado.
Eso me planteo que a veces es mejor no levantar la pieza no sea que... estos la guardan y luego vienen dando,informaticamente lo tienen todo de todos aunque en ocasiones se pieerda documentos,se falseen en casos divinos los mortales estamos que a la minima zasca.

Yo, me lo estoy planteando y no se que haré al final,aunque sólo sea por molestar conscientemente y meterles papeles.
 

Cariwita

Active Member
yo lo hice por internet con certificado digital, en un apartado de la sedeelectronica que pone solicitudes en general. agregando la documentacion en pdf. Si vas en persona se hace por registro general en un modelo de solicitud.
En mi solicitud especifique que iba en la casilla 313 a ver que me contestan.
 

pepo

Well-Known Member
Solo con que exista una que pueda darnos caña, y creo que no merece la pena. Creedme en lo que os digo. Porque lo podeis meter en la casilla X y que os devuelvan dinero. Luego a los 3 años os revisan os sacan el tema a la luz, decretan que no es asi, y deberéis devolver ese dinero, mas 5% por intereses legales anuales mas un 30% por intereses de mora.
Que cada cual tome sus decisiones. Tened en cuenta en que si no os han revisado nunca, no significa que no lo vayan a hacer.
Esto más o menos es lo que dice mi mujer, y por eso no creo que mueva nada. Lo que pasa es que lo del 5% de intereses, sí es así, pero lo del 30% por mora, si son ellos los que te hacen la revisión y guardas la prueba fehaciente de ello, no entiendo porqué lo tendrían que pedir. Yo lo que no haría es pedir que lo incluyan en la 313, sino como Lssar, dejar que sean ellos los que hagan. Que lo meten en la 313 y te devuelven pasta, pues a un depósito sin tocarlo y que vaya generando intereses, aunque sea un 2%. Que luego vienen con el mazo y te piden la devolución de los 4 últimos años porque dicen que se habían equivocado y es en la 383... Pues lo sacas del depósito y a pagar. Pierdes un 3%. En cualquier caso, ya os dije, yo no lo voy a hacer. La jefa "no me deja", después del embrollo en que nos metí con el cambio a francos ( que ella no quería, oiga) como para no hacerla caso con esto y que luego nos meta el susto Hacienda... ¡¡¡Quita, quita!!!
 

omega

Active Member
Esto más o menos es lo que dice mi mujer, y por eso no creo que mueva nada. Lo que pasa es que lo del 5% de intereses, sí es así, pero lo del 30% por mora, si son ellos los que te hacen la revisión y guardas la prueba fehaciente de ello, no entiendo porqué lo tendrían que pedir. Yo lo que no haría es pedir que lo incluyan en la 313, sino como Lssar, dejar que sean ellos los que hagan. Que lo meten en la 313 y te devuelven pasta, pues a un depósito sin tocarlo y que vaya generando intereses, aunque sea un 2%. Que luego vienen con el mazo y te piden la devolución de los 4 últimos años porque dicen que se habían equivocado y es en la 383... Pues lo sacas del depósito y a pagar. Pierdes un 3%. En cualquier caso, ya os dije, yo no lo voy a hacer. La jefa "no me deja", después del embrollo en que nos metí con el cambio a francos ( que ella no quería, oiga) como para no hacerla caso con esto y que luego nos meta el susto Hacienda... ¡¡¡Quita, quita!!!
Por partes:

En este caso no tiene sentido que te pidan mora, porque no hay una liquidación previa y su correspondiente carta de pago en fecha A.

Si te devuelven XXX y a los 3 años te revisan te podrán hacer una declaración a ingresar X en un plazo, tema de intereses no lo tengo claro,pero mora seguro que no.

Que ahora no se declaren las perdidas en general y que Hacienda no se meta es diferente a que en dos años haya especulación o ganancia patrimonial,llamalo Y y ´la AEAT que sabe que hay multidivisas y como funcionan-tontos e inconscientes no son- porque me han pedido escrituras,papeles mil y con el cambio a Euros del año pasado todavía estoy con un requerimiento y paralizada la devolución eso que palmaba pasta pero lo están cotejando.

Por eso digo que otra M...a de este embrollo divisero puede ser que se deprecie la moneda 20000 € de beneficio en un ejercicio y lleguen los chicos de Montoro e imputen un 40% sobre la plusvalía de ese beneficio y te den por otro sitio, la gracia de acoquinar 8000 pavos por decir una cifra.

Esto de hacienda es como duria Forrest un bombon no sabes que vas a encontrar hasta que muerdes.

Saludos
 

pepo

Well-Known Member
Por partes:

En este caso no tiene sentido que te pidan mora, porque no hay una liquidación previa y su correspondiente carta de pago en fecha A.

Si te devuelven XXX y a los 3 años te revisan te podrán hacer una declaración a ingresar X en un plazo, tema de intereses no lo tengo claro,pero mora seguro que no.

Que ahora no se declaren las perdidas en general y que Hacienda no se meta es diferente a que en dos años haya especulación o ganancia patrimonial,llamalo Y y ´la AEAT que sabe que hay multidivisas y como funcionan-tontos e inconscientes no son- porque me han pedido escrituras,papeles mil y con el cambio a Euros del año pasado todavía estoy con un requerimiento y paralizada la devolución eso que palmaba pasta pero lo están cotejando.

Por eso digo que otra M...a de este embrollo divisero puede ser que se deprecie la moneda 20000 € de beneficio en un ejercicio y lleguen los chicos de Montoro e imputen un 40% sobre la plusvalía de ese beneficio y te den por otro sitio, la gracia de acoquinar 8000 pavos por decir una cifra.

Esto de hacienda es como duria Forrest un bombon no sabes que vas a encontrar hasta que muerdes.

Saludos
Jejeje, buen ejemplo el de Forrest, recuerdo la escena. No soy muy del cine de Hollywood, pero ese es un peliculón.

A mi en la declaración de 2011 también me investigaron, porque según me dijeron, pensaban que había hecho una ampliación de hipoteca ( al comprobar que en 2011 y 2010 tenía mucha más deuda que en los años anteriores). Presenté los informes anuales del banco y las escrituras, y en ese mismo momento lo entendieron. Me practicaron la devolución a mediados de enero, con el 5% de intereses a partir del día 1 de enero sin yo pedirlo. Eso sí, no me dijeron nada de que podía solicitar revisión por pérdidas patrimoniales... Qué cucos...
 

pepo

Well-Known Member
Al loro con esto, no tiene que ver con la hipoteca multidivisa, si no con la desgravacion de Hacienda, pero puede hacer incluso mas daño....

La deducción fiscal por compra de vivienda de 6 millones de españoles pende de un hilo - Noticias de Vivienda

Es legal esta retroactividad?

Saludos.
Si intentan eso toda la oposición se les va a echar encima y buena parte de los 6 millones de afectados también. La legalidad o no de esto yo creo que finalmente lo decidiría el Tribunal Supremo.

Sólo tengo tres palabras para calificarles: Son unos sinvergüenzas.
 

alcorobert

New Member
Yo lo consulte con una persona de confianza y que tiene que ver con aet, y no me lo recomendo.
Hay lo dejo.
 

piroly

New Member
Lssar, me he descargado los archivos que pusiste y ahí pone que hay que ponerlo en la 383, no en la 313. Ciertamente como dice Pepo en la 313 te devuelven dinero, pero en la 383 no. Estoy hecho un lío, donde se pone al final??? Alguno ha recibido ya contestación de Hacienda, de los ´´ultimos que lo habeis hecho???? Gracias
 

Lssar

Member
Lssar, me he descargado los archivos que pusiste y ahí pone que hay que ponerlo en la 383, no en la 313. Ciertamente como dice Pepo en la 313 te devuelven dinero, pero en la 383 no. Estoy hecho un lío, donde se pone al final??? Alguno ha recibido ya contestación de Hacienda, de los ´´ultimos que lo habeis hecho???? Gracias
piroly, tú no pones nada en ninguna casilla. ¡Qué manía con hacer el trabajo de los que entienden! :confused:

Lo he dejado muy claro: aportas el documento del banco con el desglose de las cuotas de los años que vayas a reclamar, haces la petición por escrito de la reclamación, ¡y a esperar!

El único momento en el que eliges qué casilla usar es cuando haces la declaración anual de la renta. Y ahí sí lo pones en la 313.

Dió!
 

piroly

New Member
Lssar, yo no voy a hacer el trabajo de otros. (Las revisiones que se encarguen ellos, haré el escrito).
Pero como digo, en el archivo de las consultas vinculantes que has hecho, al final pone lo siguiente:

DONDE NO SE DEBEN REFLEJAR
En determinados foros se recoge la posibilidad de reflejar en las casillas 312 y
313 del PADRE según se trate de ganancias o pérdidas que no derivan de la
transmisión de elementos patrimoniales.
Esto no sería correcto porque estaríamos volcando el resultado, positivo o
negativo, en la Base General del Impuesto, en lugar de hacerlo en la Base del
Ahorro, tal y como indican las diferentes consultas vinculantes.
Ora posibilidad que hemos visto indicada en los foros es reflejar la ganancia o
pérdida en la casilla 026 que, si bien está dentro de la Base del Ahorro, lo hace
dentro de los rendimientos del capital mobiliario y no dentro de las ganancias y
pérdidas patrimoniales del ahorro, tal y como nos indica la AEAT. No se
compensarían las pérdidas y ganancias patrimoniales del ahorro de forma
estanca entre ellas, tal y como indica la ley del IRPF, sino que lo estarían
haciendo con los rendimientos del capital mobiliario
DONDE SE DEBEN REFLEJAR
Al no existir una casilla expresa para tal fin, la única alternativa para seguir lo
indicado en las diferentes consultas vinculantes y para poder aplicar lo previsto
en el artículo 49 b) de la Ley del IRPF es reflejar los datos dentro del epígrafe
G2, casillas 360 a 367, para lo que proponemos el siguiente sistema:
• En la casilla 361 teclear la opción 5


Esas consultas dices que las adjuntaste y yo entiendo que si eso se adjunta ellos no te lo van a poner en la 313.
Un saludo
 

Lssar

Member
Lssar, yo no voy a hacer el trabajo de otros. (Las revisiones que se encarguen ellos, haré el escrito).
Pero como digo, en el archivo de las consultas vinculantes que has hecho, al final pone lo siguiente:

DONDE NO SE DEBEN REFLEJAR
En determinados foros se recoge la posibilidad de reflejar en las casillas 312 y
313 del PADRE según se trate de ganancias o pérdidas que no derivan de la
transmisión de elementos patrimoniales.
Esto no sería correcto porque estaríamos volcando el resultado, positivo o
negativo, en la Base General del Impuesto, en lugar de hacerlo en la Base del
Ahorro, tal y como indican las diferentes consultas vinculantes.
Ora posibilidad que hemos visto indicada en los foros es reflejar la ganancia o
pérdida en la casilla 026 que, si bien está dentro de la Base del Ahorro, lo hace
dentro de los rendimientos del capital mobiliario y no dentro de las ganancias y
pérdidas patrimoniales del ahorro, tal y como nos indica la AEAT. No se
compensarían las pérdidas y ganancias patrimoniales del ahorro de forma
estanca entre ellas, tal y como indica la ley del IRPF, sino que lo estarían
haciendo con los rendimientos del capital mobiliario
DONDE SE DEBEN REFLEJAR
Al no existir una casilla expresa para tal fin, la única alternativa para seguir lo
indicado en las diferentes consultas vinculantes y para poder aplicar lo previsto
en el artículo 49 b) de la Ley del IRPF es reflejar los datos dentro del epígrafe
G2, casillas 360 a 367, para lo que proponemos el siguiente sistema:
• En la casilla 361 teclear la opción 5


Esas consultas dices que las adjuntaste y yo entiendo que si eso se adjunta ellos no te lo van a poner en la 313.
Un saludo
piroly, lo que has puesto no es una consulta vinculante, es la interpretación que hace un tío, al que no conozco de nada, de las consultas vinculantes. Al final, la interpretación que realmente vale es la que hacen en Hacienda. Y sí, en mi caso, en el recálculo de los 3 años que les solicité, fueron ellos los que me incluyeron la minusvalía en la casilla 313. Y anteriormente, en la última declaración que me hicieron por Cita Previa, también.

Evidentemente, no soy quién para llevarles la contraria. Y basándome en su interpretación, la casilla 313 es la que he usado/usaré en mis declaraciones anuales.
 

piroly

New Member
De acuerdo, pensé que era una consulta y por eso me quedé descuadrado. Gracias.
 

ecargom

New Member
lssar, he leido los documentos que has adjuntado. Antes de nada muchas gracias, pero creo que queda claro que hay que meterlo como perdidas en la base imponible del ahorro...eso no va a hacer que nos devuelvan mas dinero...salvo que hayas tenido ganancias anteriormente, o preveas tenerlas. Para los pringaos como yo que solo ha tenido perdidas, creo que no hay mucho que rascar.
Si estoy equivocada, por favor dímelo. Muchas gracias.
 

Lssar

Member
lssar, he leido los documentos que has adjuntado. Antes de nada muchas gracias, pero creo que queda claro que hay que meterlo como perdidas en la base imponible del ahorro...eso no va a hacer que nos devuelvan mas dinero...salvo que hayas tenido ganancias anteriormente, o preveas tenerlas. Para los pringaos como yo que solo ha tenido perdidas, creo que no hay mucho que rascar.
Si estoy equivocada, por favor dímelo. Muchas gracias.
Léete bien mis mensajes, sobre todo donde relato cómo reclamé, y qué resolución me mandaron desde Hacienda ...
 
Última edición:

piroly

New Member
Después de haber presentado los recursos (uno a nombre de mi novia y otro al mío) para que revisasen las declaraciones de los últimos cuatro años a mediados del mes pasado, hoy me he llevado una sorpresa que me ha dejado de piedra. He recibido una carta a mi nombre de hacienda en la que va un cheque del banco de España con el valor de 3,56 € en relación a la declaración mía del 2012. Pone en relación al recurso presentado con número... Me he fijado y el número del recurso no corresponde con ninguno de los dos que presenté. Mañana iré a hacienda a preguntar, pero si de todas las pérdidas que he tenido solo devuelven 3,56 Euros me quedo a cuadros.
 
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