Fiscalidad de perdida de patrimonio por HMD?

tagoriana

Well-Known Member
Se puede considerar perdida patrimonial los. 500 euuros k me han descontado de la nómina?
al final dell año es una pasta
con estte tema hay gente ganando dinerito esa es la realidad, muucho cuidado, k a río revuelto ganancia de pescadores

Besitos tago
 

ALADROQUE

New Member
Hoja excell

Buenas noches, y perdonad las molestias.
Podria alguien colgar la hoja de excell de la que se habla en el link numero 4 de este hilo.?
En el .rar que hay para descargar no viene y se habla de ella en un archivo pdf que sí esta y parece muy interesante.
Muchas gracias.-
 

Cot

New Member
Buenas tardes,
Soy nuevo en el foro, aunque os sigo desde hace tiempo. Como muchos de vosotros, contraté una HMD en 2007, en la cresta de la ola. He leído vuestro comentarios sobre si es posible poner pérdidas patrimoniales por la hipoteca en la casilla 313.
Yo lo he hecho así desde el año 2009 (después de que Hacienda me confirmara por teléfono que la casilla que había que usar era la 313) y nunca había tenido problemas, hasta que hace dos semanas, me llegaron 3 requerimientos de Hacienda de los ejercicios 2009, 10 y 11.
Según ellos, la pérdida patrimonial se debe poner en la casilla 383, y no en la 313 como había hecho yo SEGÚN SU INDICACIÓN, y me reclaman la devolución de mucho dinero.
Sin embargo, la casilla 383 son Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, mientras que la 313 son las derivadas de NO transmisión de elementos patrimoniales, es decir, que teniendo en cuenta que la pérdida se produce en el pago de la hipoteca cada mes y no por la venta de mi casa, parece mucho más lógico usar la 313.
El caso es que tengo 10 días para contestar a Hacienda con mis alegaciones. ¿Me podéis ayudar? ¿Cómo puedo alegar? (evidentemente no puedo demostrar que me lo dijeron ellos mismos -Hacienda-por teléfono: el utilizar la casilla 313, como hice) ¿A alguien más le ha pasado esto?
Muchas gracias de antemano.
 

Cot

New Member
Gracias Krupier, es lo que haré. Ya os caontaré cómo me va...
 

piroly

New Member
Hola a todos, tengo una HMD con el Banco Popular desde Octubre de 2006. Ahora me acabo de enterar del tema de las perdidas patrimoniales y estoy muy perdido. Como las puedo pedir?? Que he de hacer?? Conviene, o si esto se da la vuelta tendre que pagar una pastón más adelante por ganancias???? Gracias
 

Lssar

Member
Una actualización ...

Buenas a tod@s!

Retomo el tema para actualizar mi situación a día de hoy con Hacienda.

Como resumen, ya el año pasado 2012 (declaración del 2011), cuando me hicieron la declaración en mi delegación por cita previa, pedí que me incluyeran las pérdidas por la HMD. Sin hacer yo indicación alguna, y tras consulta con la inspectora que supervisaba a las personas que atendían a los ciudadanos, decidieron incluir las pérdidas en la casilla 313, con lo cuál no se compensan las pérdidas por HMD con otras ganancias, sino que se descuentan de lo pagado por IRPF.

Visto lo visto, antes de que acabara 2012 solicité por escrito en mi delegación que me recalcularan las declaraciones del 2008, 2009 y 2010. Aporté una colección de consultas vinculantes que me habían pasado, junto con un documento de mi banco con las cantidades mensuales amortizadas de dichos años, desglosadas tanto en moneda como en capital/intereses. Tras pedirme una fotocopia de la escritura de mi HMD, en unas semanas recibí una propuesta de resolución en la que, una vez más, me incluían las pérdidas en la casilla 313, siguiendo el mismo criterio que me aplicaron anteriormente. En menos de 4 meses desde que presenté la solicitud a finales de 2012, ya tenía el ingreso en mi cuenta. Por supuesto, ni se me ocurre cuestionar la doctrina aplicada a mi caso por los técnicos fiscales que lo estudiaron ...

Este año 2013 no me dejaron pedir cita previa para hacer la declaración del 2012 (se han inventado un tope de ingresos para darte este servicio, si lo superas, entonces eres un "negro" y te tienes que buscar la vida ..., por decirlo de alguna manera). Como no me apetecía tener que pagar a nadie por cumplir con mis obligaciones con Hacienda, sin tener ni puñetera idea del tema, me descargué el PADRE y me hice mi propia declaración. Evidentemente, incluí las pérdidas por HMD, y ya podéis imaginar en qué casilla ... Sí, la 313 ...

A mediados de octubre de este año, aunque un poco tarde, me ingresaron la devolución.

El total de lo devuelto por las 5 declaraciónes en las que he incluido las pérdidas por la HMD supone, aproximadamente, entre un 35% y un 40% de las pérdidas que he tenido por la apreciación del Yen (no es más porque sólo aceptan la parte del capital de cada cuota, pero bueno, los intereses son bajos). Este factor, unido al bajo tipo de interés que tiene la divisa nipona, hace que mi HMD no haya sido tan mal negocio como podría haber sido.

Sé que si algún día le gano a mi HMD en vez de perderle, tendré que pagar mi parte de las GANANCIAS a Hacienda, pero al menos cuando he tenido PÉRDIDAS habré podido descontarme también una parte.

Por si a alguno le sirve (aún se está en plazo para la de 2009) ...


Dió!
 
Última edición:

pepo

Well-Known Member
Buenas a tod@s!

Retomo el tema para actualizar mi situación a día de hoy con Hacienda.

Como resumen, ya el año pasado 2012 (declaración del 2011), cuando me hicieron la declaración en mi delegación por cita previa, pedí que me incluyeran las pérdidas por la HMD. Sin hacer yo indicación alguna, y tras consulta con la inspectora que supervisaba a las personas que atendían a los ciudadanos, decidieron incluir las pérdidas en la casilla 313, con lo cuál no se compensan las pérdidas por HMD con otras ganancias, sino que se descuentan de lo pagado por IRPF.

Visto lo visto, antes de que acabara 2012 solicité por escrito en mi delegación que me recalcularan las declaraciones del 2008, 2009 y 2010. Aporté una colección de consultas vinculantes que me habían pasado, junto con un documento de mi banco con las cantidades mensuales amortizadas de dichos años, desglosadas tanto en moneda como en capital/intereses. Tras pedirme una fotocopia de la escritura de mi HMD, en unas semanas recibí una propuesta de resolución en la que, una vez más, me incluían las pérdidas en la casilla 313, siguiendo el mismo criterio que me aplicaron anteriormente. En menos de 4 meses desde que presenté la solicitud a finales de 2012, ya tenía el ingreso en mi cuenta. Por supuesto, ni se me ocurre cuestionar la doctrina aplicada a mi caso por los técnicos fiscales que lo estudiaron ...

Este año 2013 no me dejaron pedir cita previa para hacer la declaración del 2012 (se han inventado un tope de ingresos para darte este servicio, si lo superas, entonces eres un "negro" y te tienes que buscar la vida ..., por decirlo de alguna manera). Como no me apetecía tener que pagar a nadie por cumplir con mis obligaciones con Hacienda, sin tener ni puñetera idea del tema, me descargué el PADRE y me hice mi propia declaración. Evidentemente, incluí las pérdidas por HMD, y ya podéis imaginar en qué casilla ... Sí, la 313 ...

A mediados de octubre de este año, aunque un poco tarde, me ingresaron la devolución.

El total de lo devuelto por las 5 declaraciónes en las que he incluido las pérdidas por la HMD supone, aproximadamente, entre un 35% y un 40% de las pérdidas que he tenido por la apreciación del Yen (no es más porque sólo aceptan la parte del capital de cada cuota, pero bueno, los intereses son bajos). Este factor, unido al bajo tipo de interés que tiene la divisa nipona, hace que mi HMD no haya sido tan mal negocio como podría haber sido.

Sé que si algún día le gano a mi HMD en vez de perderle, tendré que pagar mi parte de las GANANCIAS a Hacienda, pero al menos cuando he tenido PÉRDIDAS habré podido descontarme también una parte.

Por si a alguno le sirve (aún se está en plazo para la de 2009) ...


Dió!
Lssar, gracias por compartir con nosotros esta experiencia. Yo ya después de 6 años con cuantiosas pérdidas y sin visos de tener ganancias, me lo estoy pensando muy en serio. La duda que me surge es que si constituí la hipoteca en yenes en 2007 a 165 y en 2010 cambié a francos en 1,34... Las pérdidas de 2009 están claras, lo que haya pagado de más EN LA PARTE DE AMORTIZACIÓN DE CAPITAL por no estar el yen a 165 ¿ es así? Pero en 2010, mitad de año por el yen y mitad de año por el franco. ¿ y cómo me tienen en cuenta la pérdida ya en francos? ¿ todo lo que no haya pagado a 1,34 sino a cotización inferior, o acumulando la pérdida del yen más la del franco? Idem para los años posteriores ya en francos. No sé si me explico...

Bueno, tu que ya te has manejado con los de la AEAT y sabes mejor cómo respiran a ver si me puedes dar tu opinión. Gracias,
 
Última edición:

Paco30

New Member
Lssar he estado viendo los archivos que has compartido y me parece que has hecho un gran trabajo. Seria posible que pusieras el archio excell del que hablas en el pdf para calcular las pérdidas?
Por lo que entiendo ya no puedo reclamar la declaración del 2008, sería a partir de la 2099, no??

Un saludo
 

Lssar

Member
Lssar, gracias por compartir con nosotros esta experiencia. Yo ya después de 6 años con cuantiosas pérdidas y sin visos de tener ganancias, me lo estoy pensando muy en serio. La duda que me surge es que si constituí la hipoteca en yenes en 2007 a 165 y en 2010 cambié a francos en 1,34... Las pérdidas de 2009 están claras, lo que haya pagado de más EN LA PARTE DE AMORTIZACIÓN DE CAPITAL por no estar el yen a 165 ¿ es así? Pero en 2010, mitad de año por el yen y mitad de año por el franco. ¿ y cómo me tienen en cuenta la pérdida ya en francos? ¿ todo lo que no haya pagado a 1,34 sino a cotización inferior, o acumulando la pérdida del yen más la del franco? Idem para los años posteriores ya en francos. No sé si me explico...

Bueno, tu que ya te has manejado con los de la AEAT y sabes mejor cómo respiran a ver si me puedes dar tu opinión. Gracias,
Hola pepo!

Me temo que bien poco voy a poder ayudarte en la parte en la que cambiaste de divisas, pues no ha sido ése mi caso. Pero en lo que comentas del 2009 y la parte de 2010 que estuviste en Yenes creo que no tendrás ningún problema. Como de todas formas son los técnicos de Hacienda los que te van a hacer SUS cálculos, bien podrías solicitarle a ellos que te revisaran los demás ejercicios, a ver qué tratamiento le aplican. Como se dice tantas veces, el NO ya lo tienes, en cuanto a que si no haces nada, nada te van a devolver, por lo que yo personalmente les solicitaría la revisión, a ver qué otorgan ...

Suerte, valor y al monTORO!

Dió!
 

Lssar

Member
Lssar he estado viendo los archivos que has compartido y me parece que has hecho un gran trabajo. Seria posible que pusieras el archio excell del que hablas en el pdf para calcular las pérdidas?
Por lo que entiendo ya no puedo reclamar la declaración del 2008, sería a partir de la 2099, no??

Un saludo
Hola Paco30!

En realidad no tengo ninguna hoja de cálculo hecha para ajustar las pérdidas, creo que me expresé mal: de mi banco me puedo descargar en formato excel todo el cuadro de amortización de la HMD, pero no es esto lo que te van a pedir en Hacienda. Ellos quieren el documento oficial de tu banco con los datos que ya mencioné. Yo lo que hice fue adjuntar un cuadro que me hice a mano con mis cálculos, basados en lo que me descragué de mi banco. En realidad es tedioso pero sencillo: mes a mes, vas cogiendo la cantidad de capital que has pagado en Yenes, y la divides entre el valor al que estaba el cambio cuando formalizaste tu HMD (osea, tu valor de entrada). Irás obteniendo unas cantidades mensuales de lo que habrías pagado en € si no hubiera variado el cambio con el Yen. Esas cantidades se las restas a las que en realidad has pagado, y que te tendrá que dar tu banco, y la diferencia será la perdida/ganancia que tengas.

En cualquier caso, ya me advirtieron que el cuadro que adjunté sería convenientemente ignorado por ellos, ya que lo que realmente les importa es sus propios cálculos.

Dió!
 

pepo

Well-Known Member
Hola pepo!

Me temo que bien poco voy a poder ayudarte en la parte en la que cambiaste de divisas, pues no ha sido ése mi caso. Pero en lo que comentas del 2009 y la parte de 2010 que estuviste en Yenes creo que no tendrás ningún problema. Como de todas formas son los técnicos de Hacienda los que te van a hacer SUS cálculos, bien podrías solicitarle a ellos que te revisaran los demás ejercicios, a ver qué tratamiento le aplican. Como se dice tantas veces, el NO ya lo tienes, en cuanto a que si no haces nada, nada te van a devolver, por lo que yo personalmente les solicitaría la revisión, a ver qué otorgan ...

Suerte, valor y al monTORO!

Dió!
Una duda más, Lssar.

Yo hice una prueba en el PADRE e introduje una pérdida a mano en la 313 y me daba el mismo resultado que no poniendo nada. No sé si es que estaba mal ese PADRE, o no lo hice bien, o que sólo te devuelven si tienes a pagar IRPF por el ahorro ( cuentas en bancos, acciones, fondos de inversión rescatados en ganancias, etc.) realmente, ¿ se compensan las pérdidas de la multidivisas con el IRPF que pagas por rendimientos del trabajo, o sólo con los rendimientos por el ahorro? Gracias de antemano.
 

Lssar

Member
Una duda más, Lssar.

Yo hice una prueba en el PADRE e introduje una pérdida a mano en la 313 y me daba el mismo resultado que no poniendo nada. No sé si es que estaba mal ese PADRE, o no lo hice bien, o que sólo te devuelven si tienes a pagar IRPF por el ahorro ( cuentas en bancos, acciones, fondos de inversión rescatados en ganancias, etc.) realmente, ¿ se compensan las pérdidas de la multidivisas con el IRPF que pagas por rendimientos del trabajo, o sólo con los rendimientos por el ahorro? Gracias de antemano.
Pues no sé qué decirte, pepo, como ya dije, soy lego en la materia. Pero en mi caso sí que había mucha diferencia en la declaración al poner las pérdidas en la casilla 313, y yo no tengo tantas ganancias por el ahorro.
 

pepo

Well-Known Member
Pues no sé qué decirte, pepo, como ya dije, soy lego en la materia. Pero en mi caso sí que había mucha diferencia en la declaración al poner las pérdidas en la casilla 313, y yo no tengo tantas ganancias por el ahorro.
¡Comprobado! Acabo de hacer una simulación y sí que cambia y bastante metiendo un dato de por ejemplo 2500 euros en la 313. La otra vez lo debí meter en la 383... Pues ahora si que me dejas que... Veo que voy a tener que sacar tiempo para ir a Hacienda. Vale, amigo. ¿ y donde puedo encontrar las consultas vinculantes con las respuestas adecuadas, o qué paso debería seguir ahora?

( disculpa por el abuso, y mil gracias de nuevo)
 
Última edición:

pepo

Well-Known Member
Gracias Krupier, es lo que haré. Ya os caontaré cómo me va...
Hola Cot. ¿ te dieron alguna respuesta a esto? Porque eso sí que sería un palo... Que me devuelvan ahora pasta y dentro de un tiempo me pidan que la devuelva... Anda que si ya no la tengo cuando me la pidan... Ya solo el hecho de otra posibilidad, que es moverme por Hacienda durante este mes, con todos los quebraderos de cabeza y pérdidas de tiempo que supone, para que al final me digan que es en la 383 y no me devuelvan un solo euro me echo a temblar...

Bueno, si pasas por aquí dinos algo por favor. Espero por tu bien que al final no te hiciesen devolver lo que te ingresaron. Gracias.
 

Lssar

Member
¡Comprobado! Acabo de hacer una simulación y sí que cambia y bastante metiendo un dato de por ejemplo 2500 euros en la 313. La otra vez lo debí meter en la 383... Pues ahora si que me dejas que... Veo que voy a tener que sacar tiempo para ir a Hacienda. Vale, amigo. ¿ y donde puedo encontrar las consultas vinculantes con las respuestas adecuadas, o qué paso debería seguir ahora?

( disculpa por el abuso, y mil gracias de nuevo)
Lo tienes todo en un mensaje anterior mío http://www.euribor.com.es/foro/hipoteca-multidivisa/26030-fiscalidad-de-perdida-de-patrimonio-hmd.html#post160956

El archivo que te descargas es el irpf.rar
 

pepo

Well-Known Member
Bueno, brujuleando por internet he descubierto estas dos respuestas vinculantes

Visualizando documentos

Consulta Vinculante D.G.T. de 14 de julio de 2010. IRPF. Ganacias y Perdidas Patrimoniales. Hipoteca multidivisa - 78618 - Lex Nova, informacin jurdica actualizada

De la primera de ellas deduzco que las pérdidas y ganancias patrimoniales que se produzcan en las amortizaciones de capital debido a la fluctuación de la divisa, se integrarán en la base imponible del ahorro ( no queda claro en qué casilla).

Ahora bien, en la segunda deduzco que si con un cambio de divisa en la hipoteca, existe una pérdida o ganancia patrimonial ( al existir un aumento del contravalor en euros de la nueva deuda respecto al contravalor en euros de la deuda en la divisa inicial) se debe declarar.

Este es el párrafo: "El cambio de la denominación del préstamo de yenes a otra moneda distinta al euro, dentro de las monedas extranjeras que permite la escritura del préstamo, e, igualmente, teniendo en cuenta que la operación descrita no se desarrollaría en el ámbito de una actividad económica, podrá producir pérdidas o ganancias patrimoniales, que vendrán dadas, respectivamente y como antes se refirió, por el importe en euros del aumento o de la reducción de la deuda pendiente, consecuencia del cambio de divisa."

¿Alguna opinión?
 
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pepo

Well-Known Member
Más de lo mismo

Visualizando documentos

Pero en esta segunda ( a continuación) se aproximan más a lo que nosotros nos preguntamos, pero finalmente indican que "En cuanto a la forma de cumplimentar la declaración del IRPF 2010 deberá dirigirse al Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por tratarse de un asunto de su competencia."

Visualizando documentos
 
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Lssar

Member
Más de lo mismo

Visualizando documentos

Pero en esta segunda ( a continuación) se aproximan más a lo que nosotros nos preguntamos, pero finalmente indican que "En cuanto a la forma de cumplimentar la declaración del IRPF 2010 deberá dirigirse al Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por tratarse de un asunto de su competencia."

Visualizando documentos
pepo, la verdad es que yo no me compliqué la vida, pues no es a mí a quien corresponde interpretar las leyes o los reglamentos. Por eso mismo, lo que hice es presentar una solicitud muy genérica en las que les pedía que fueran ellos (los que supuestamente entienden) los que se "mojaran". Es como cuando le comenté al funcionario que me atendió que iba a presentar una tabla con mis cáculos: "hazlo si quieres, pero lo que vale es lo que calculemos nosotros aquí".

Dió!

P. S. en su día le mandé un mensaje también a cot, para ver cómo había acabado lo suyo, pero no me llegó respuesta alguna ... :(
 
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