Hola juanc,
Hace unos meses escribí en este foro indicando que yo estaba declarando las pérdidas patrimoniales que tenemos por la HMD en la base imponible general (como no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales) en lugar de en la base imponible del ahorro (como derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales).
Pues bien, me llegó un requerimiento de Hacienda por cada uno de los últimos cuatro años (como comenté en este foro). Respondí a esos requerimientos aportando los justificantes del banco y me respondieron con una propuesta de liquidación provisional y finalmente con una resolución de liquidación provisional a la que he tenido que hacer frente (aunque he alegado en todas ellas).
En la práctica, aunque alegues te van a responder que según la consulta vinculante V1623-11 deben de declararse en la base imponible del ahorro.
Así que finalmente me ha tocado pagar a Hacienda más de 4.000€ y más de 500€ de intereses por estos cuatro años declarándolas en la base imponible general (en lugar de en la base del ahorro).
En conclusión, aunque algunos sigamos creyendo que tenga sentido declararlo en la base imponible general (nadie me ha dado una respuesta convincente en sentido contrario, y mucho menos Hacienda), yo a partir de ahora las voy a declarar en la base imponible del ahorro. De hecho estoy ahora haciendo la declaración IRPF 2014 y así lo voy a hacer.
Pues en la práctica, paso de pagar más intereses o incluso pagar una sanción (que no ha sido el caso pero podría haber sido). Aunque lo veo injusto, el recurrir en este país no te exime de pagar lo que Hacienda te impone aún sin escuchar tus alegaciones. ¿Y después de Hacienda qué? ¿Te vas al Tribunal Competente a perder más el tiempo? No merece la pena recurrir en este país frente a Hacienda.
Bueno, que me enrollo. Juanc, entiendo que has hecho bien. Yo después de todos estos años y con los pagos que me ha tocado hacer a Hacienda ahora por los últimos 4 años, no vuelvo a ponerlas en la base imponible general. Pues lo correcto para Hacienda es ponerlas en la base imponible del ahorro.