Como te decía, el límite a lo que te devuelve hacienda es lo que tú le hayas dado primero, ya que los impuestos no te pueden salir negativos.
Es decir, que la devolución máxima es igual a las cantidades pagadas a cuenta del IRPF, ya sean retenciones si tienes nómina, ya pagos a cuenta si eres autónoma.
Dentro de eso, barra libre, aunque como es lógico hay desgravaciones que se excluyen mutuamente. Por ejemplo, no puedes desgravarte a la vez por compra de vivienda y por alquiler de vivienda, salvo que justo te hayas mudado ese año.