El juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona ha condenado a un vecino de Burlada a dos años de prisión por un robo con violencia en un supermercado de Sarriguren ocurrido el pasado 6 de febrero. En este caso, el magistrado ha tenido en cuenta la agravante de reincidencia en la conducta del acusado, condenado por un hecho similar en septiembre de 2015 a un año de prisión.
La sentencia relata que los hechos ocurrieron el día 6 de febrero de 2017 hacia las 18:30 horas cuando el hombre accedió al establecimiento Lidl sito en la localidad de Sarriguren. “Actuando con ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento se apoderó de cuatro cajas de langostinos, valoradas en un total de 29,95€, y para conseguir salir del establecimiento sin pagarlas ni ser detectado las escondió bajo la ropa, manifestando al llegar a las cajas que no había encontrado lo que quería y salía sin compra. No obstante, un empleado del establecimiento que se encontraba en la caja, sospechó que llevaba productos escondidos al observar que la chaqueta que llevaba el hombre estaba anormalmente abultada, por lo que le pidió que esperara un momento mientras avisaba al encargado”, dice.
Pese a ello, prosigue la sentencia “el hombre le hizo caso omiso y se dirigió hacia la salida; el empleado le siguió al exterior del supermercado, insistiendo en que devolviera lo que se llevaba, momento en que el condenado, actuando con ánimo de facilitar su huida, le empujó, golpeando al empleado en las manos que él había colocado como escudo y a continuación salió corriendo”. “En su huida el empleado perdió el teléfono móvil, y al verlo el condenado fue a recogerlo; el empleado al darse cuenta de que se le había caído el teléfono regresó a recogerlo, momento en el que el empleado de Lidl le dijo que le había hecho daño en una mano, y que dejara lo que se llevaba, ante lo cual el hombre se abrió la chaqueta y dejó caer las cajas de langostinos”, apunta el juez.
Como consecuencia de lo ocurrido, “el empleado tuvo lesiones consistentes en hematoma y edema en primer dedo de mano derecha, dolor en base de falange proximal de primer dedo de mano derecha y rotura completa de ligamento colateral cubital, con retracción proximal parcial sin interposición de la aponeurosis del aductor; igualmente, un pequeño derrame articular y un pequeño edema subcortical en el ángulo palmar de la cabeza del primer metacarpiano”. “Las lesiones precisaron para su curación de tratamiento médico quirúrgico, sanaron en 65 días de pérdida temporal de la calidad de vida moderada, que dejan secuelas”, dice el juez. Recuerda la sentencia que “los efectos sustraídos no pudieron ponerse a la venta, y su propietario reclama por ellos”.
El magistrado recuerda que “concurre en el caso que nos ocupa la agravante de reincidencia en la conducta del acusado, dado que de los antecedentes penales del mismo obrantes en las actuaciones resulta que el mismo en la fecha de los hechos había sido condenado ejecutoriamente en Sentencia de 29 de septiembre de 2015, seguido ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Puerto Del Rosario, a la pena de un año de prisión, como autor responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas”.
La sentencia relata que los hechos ocurrieron el día 6 de febrero de 2017 hacia las 18:30 horas cuando el hombre accedió al establecimiento Lidl sito en la localidad de Sarriguren. “Actuando con ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento se apoderó de cuatro cajas de langostinos, valoradas en un total de 29,95€, y para conseguir salir del establecimiento sin pagarlas ni ser detectado las escondió bajo la ropa, manifestando al llegar a las cajas que no había encontrado lo que quería y salía sin compra. No obstante, un empleado del establecimiento que se encontraba en la caja, sospechó que llevaba productos escondidos al observar que la chaqueta que llevaba el hombre estaba anormalmente abultada, por lo que le pidió que esperara un momento mientras avisaba al encargado”, dice.
Pese a ello, prosigue la sentencia “el hombre le hizo caso omiso y se dirigió hacia la salida; el empleado le siguió al exterior del supermercado, insistiendo en que devolviera lo que se llevaba, momento en que el condenado, actuando con ánimo de facilitar su huida, le empujó, golpeando al empleado en las manos que él había colocado como escudo y a continuación salió corriendo”. “En su huida el empleado perdió el teléfono móvil, y al verlo el condenado fue a recogerlo; el empleado al darse cuenta de que se le había caído el teléfono regresó a recogerlo, momento en el que el empleado de Lidl le dijo que le había hecho daño en una mano, y que dejara lo que se llevaba, ante lo cual el hombre se abrió la chaqueta y dejó caer las cajas de langostinos”, apunta el juez.
Como consecuencia de lo ocurrido, “el empleado tuvo lesiones consistentes en hematoma y edema en primer dedo de mano derecha, dolor en base de falange proximal de primer dedo de mano derecha y rotura completa de ligamento colateral cubital, con retracción proximal parcial sin interposición de la aponeurosis del aductor; igualmente, un pequeño derrame articular y un pequeño edema subcortical en el ángulo palmar de la cabeza del primer metacarpiano”. “Las lesiones precisaron para su curación de tratamiento médico quirúrgico, sanaron en 65 días de pérdida temporal de la calidad de vida moderada, que dejan secuelas”, dice el juez. Recuerda la sentencia que “los efectos sustraídos no pudieron ponerse a la venta, y su propietario reclama por ellos”.
El magistrado recuerda que “concurre en el caso que nos ocupa la agravante de reincidencia en la conducta del acusado, dado que de los antecedentes penales del mismo obrantes en las actuaciones resulta que el mismo en la fecha de los hechos había sido condenado ejecutoriamente en Sentencia de 29 de septiembre de 2015, seguido ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Puerto Del Rosario, a la pena de un año de prisión, como autor responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas”.