Hola a todos/as:
Soy nueva en el foro. He llegado a este foro buscando información y gracias a vuestros mensajes tengo algo más de idea sobre mis dudas. Pero os quería exponer una consulta a ver si me podéis ayudar.
Estamos barajando dos ofertas para nuestra hipoteca por la compra de vivienda de obra nueva:
Opción A) Banco Sabadell. Subrogación a la hipoteca de la promotora de la vivienda. Tipo variable. 0,80% el primer año; resto de años euribor+0,80%. Este interés está bonificado con las siguientes vinculaciones:
*Domiciliación de nomina: Mínimo 700 €.
*Seguro de hogar
*Seguro prima única de Protección Total Vida. Serían 14.000 que se sumarían al capital financiado.
El banco nos asegura que, al ser una subrogación, corren con los gastos de notaría, gestoría y registro tanto de la hipoteca (ya se que están obligados por ley) como de la compraventa. Es posible que incluso no tuviéramos que pagar la tasación porque la promotora les ha pasado una tasación actualizada (está por confirmar).
Opción B) Liberbank. Tipo variable. 0,70% el primer año; resto de años euribor+0,51%. Este interés está bonificado con las siguientes vinculaciones:
*Domiciliación de nomina: Mínimo 3.000 €.
*Tarjetas de crédito/revolving
*Seguro de hogar
Los gastos de compraventa (notaría, gestoría, registro) serían alrededor de 2.000€ y tasación 430€
Dudas: Teniendo en cuenta que tenemos intención de amortizar el préstamo en cuanto vendamos nuestra actual vivienda (máximo dos años, por aquello de la exención del IRPF por reinversión en vivienda habitual) ¿Qué opción nos aconsejáis?
De la opción A nos tira para atrás lo del seguro de prima única financiada. En relación al extorno, el banco nos ha pasado la póliza donde dice: “El tomador podrá solicitar la cancelación anticipada del seguro solamente en el supuesto de haber amortizado la totalidad del préstamo o crédito vinculado. En este caso, se extornará el importe de la provisión matemática del seguro y adicionalmente la parte proporcional de gastos en la fecha de la solicitud de cancelación del seguro. Tanto en la solicitud como en el certificado de seguro se mostrará una tabla con el importe a extornar al final de cada anualidad.”
Pero por otra lado, con ellos nos ahorramos los 2.000€ de gastos de compraventa y, posiblemente, la tasación… Pero no sabemos cuanto nos devolverían del seguro al cancelar y nos preocupa que perdamos dinero al final.
Ya se que es una decisión muy personal, pero si veis algún detalle que se nos escape o algo que tengamos que tener en cuenta para decidir, os agradeceríamos mucho vuestra opinión.
Saludos y muchas gracias.
Soy nueva en el foro. He llegado a este foro buscando información y gracias a vuestros mensajes tengo algo más de idea sobre mis dudas. Pero os quería exponer una consulta a ver si me podéis ayudar.
Estamos barajando dos ofertas para nuestra hipoteca por la compra de vivienda de obra nueva:
Opción A) Banco Sabadell. Subrogación a la hipoteca de la promotora de la vivienda. Tipo variable. 0,80% el primer año; resto de años euribor+0,80%. Este interés está bonificado con las siguientes vinculaciones:
*Domiciliación de nomina: Mínimo 700 €.
*Seguro de hogar
*Seguro prima única de Protección Total Vida. Serían 14.000 que se sumarían al capital financiado.
El banco nos asegura que, al ser una subrogación, corren con los gastos de notaría, gestoría y registro tanto de la hipoteca (ya se que están obligados por ley) como de la compraventa. Es posible que incluso no tuviéramos que pagar la tasación porque la promotora les ha pasado una tasación actualizada (está por confirmar).
Opción B) Liberbank. Tipo variable. 0,70% el primer año; resto de años euribor+0,51%. Este interés está bonificado con las siguientes vinculaciones:
*Domiciliación de nomina: Mínimo 3.000 €.
*Tarjetas de crédito/revolving
*Seguro de hogar
Los gastos de compraventa (notaría, gestoría, registro) serían alrededor de 2.000€ y tasación 430€
Dudas: Teniendo en cuenta que tenemos intención de amortizar el préstamo en cuanto vendamos nuestra actual vivienda (máximo dos años, por aquello de la exención del IRPF por reinversión en vivienda habitual) ¿Qué opción nos aconsejáis?
De la opción A nos tira para atrás lo del seguro de prima única financiada. En relación al extorno, el banco nos ha pasado la póliza donde dice: “El tomador podrá solicitar la cancelación anticipada del seguro solamente en el supuesto de haber amortizado la totalidad del préstamo o crédito vinculado. En este caso, se extornará el importe de la provisión matemática del seguro y adicionalmente la parte proporcional de gastos en la fecha de la solicitud de cancelación del seguro. Tanto en la solicitud como en el certificado de seguro se mostrará una tabla con el importe a extornar al final de cada anualidad.”
Pero por otra lado, con ellos nos ahorramos los 2.000€ de gastos de compraventa y, posiblemente, la tasación… Pero no sabemos cuanto nos devolverían del seguro al cancelar y nos preocupa que perdamos dinero al final.
Ya se que es una decisión muy personal, pero si veis algún detalle que se nos escape o algo que tengamos que tener en cuenta para decidir, os agradeceríamos mucho vuestra opinión.
Saludos y muchas gracias.