¿¿Hipoteca Oficinadirecta??

Maite

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hipoteca oficina directa

Hola a todos:
Nosotros hemos firmado una hipoteca de oficina directa en noviembre. En nuestro caso, tiene bastantes ventajas: si se elige la opción de amortización libre tú puedes decidir cuándo ir amortizando el capital, no te obligan a tener un seguro de vida ni demás productos como te exigen otras entidades, el diferencial no es demasiado alto si lo comparamos con lo que hay en la actualidad en el mercado, etc. Lo que sí es que hay algunas cosillas que chirrían en la escritura de constitución del crédito. Por ejemplo que el diferencial es el pactado (0,33 en mi caso) siempre y cuando mis ingresos mensuales no bajen de una determinada cantidad (si es así, hay que ponerse en contacto con el banco y explicar por qué en un determinado mes se ha cobrado menos, por ejemplo, una baja, una huelga...), si no me aplican un 0,68 (que es en realidad el diferencial real). Otra cuestión que también chirría es que si el banco constata que la vivienda ha perdido más de un 20% de su valor (cosa que según van los tiempos puede llegar a ocurrir) te puede obligar a una nueva tasación y a que tengas que ampliar la hipoteca a otros bienes o, si no lo haces, te veas obligado a hacer la devolución de la totalidad del préstamos. No sé si esta clausula es típica en los contratos hipotecarios que se hacen ahora, yo desde luego, no la había visto antes en ninguno.
Un saludo.
Maite
 

Gonzalo

Super Moderator
Otra cuestión que también chirría es que si el banco constata que la vivienda ha perdido más de un 20% de su valor (cosa que según van los tiempos puede llegar a ocurrir) te puede obligar a una nueva tasación y a que tengas que ampliar la hipoteca a otros bienes o, si no lo haces, te veas obligado a hacer la devolución de la totalidad del préstamos. No sé si esta clausula es típica en los contratos hipotecarios que se hacen ahora, yo desde luego, no la había visto antes en ninguno
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Desde luego que no lo había visto con anterioridad y no sé si será común en estos días,lo que yo haría es una pregunta:¿y si el valor del inmueble se incrementa con el tiempo?¿te darán ellos alguna contraprestación?.
Esta claúsula sí que me parece abusiva.

saludos.
 

Polodom

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Hola eguzki,
Más o menos los plazos son estos. Desde que abrí la solicitud por internet hasta que me confirmaron que era viable, una semana. Entonces tienes que preparar toda la documentación (nóminas, renta, etc...). Desde que lo envías hasta que te dicen que está todo ok, una semana, semana y media. A partir de ahí conciertas día para la tasación, unos tres-cuatro días más hasta que te lo tasan y luego otros tres-cuatro días mas hasta que te digan el valor de tasación (en esa fase estoy yo ahora).
- Para mí la amortización libre está muy bien si eres autodisciplinado y tienes controlado en todo momento lo que "debes" de capital y sobre todo vas amortizando periódicamente para "que no te pille el toro". La amortización libre no te regala nada, pero te da más libertad para amortizar cuando quieras. Creo que es una cuestión muy personal lo de la amortizació libre y habrá gente que le encante y otros que prefieran el método tradicional.

Saludos
 

Polodom

New Member
Hola Maite,

Lo de los ingresos mínimos lo conocía, pero lo de la pérdida del 20% del valor de tasación lo desconocía. No me parece justa, pero en los tiempos que estamos con las hipotecas no estamos para exigir mucho. En mi caso si eso sucediera tampoco me supondría un drama porque al ser segunda vivienda e hipotecar mi primera siempre podría "jugar" con esa segunda vivienda.

¿Hay alguna sorpresa más que tenga esta hipoteca?

Gracias
 

cuatrocantos

Active Member
La responsabilidad hipotecaria que aplica oficinadirecta.com es una de las más altas del mercado. Esto repercute en los gastos iniciales (mayor impuesto y mayores minutas de notario y registro) y, sobre todo, en el caso de que dejes de pagar las cuotas (esperemos que esto no pase nunca).
No obstante, si en el resto de condiciones (ej: diferencial) es de los mejores del mercado, el mayor gasto inicial se compensará fácilmente a lo largo de la vida de la hipoteca.
 

Maite

New Member
Hola a todos:
Salvo las dos cuestiones que os he comentado, la hipoteca de Oficinadirecta está bien por el diferencial que aplica (si cumples las condiciones pactadas) y por la posibilidad de ir pagando el capital a tu aire.
Un saludo.
Maite
 

eguzki

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Gracias de nuevo Polodom.
Yo de momento estoy a la espera de ver las condiciones de la hipoteca del promotor para realizar posteriormente los cálculos correspondientes.

Al hacer la solicitud por internet pones el importe que solicitas de préstamo. En caso de que la tasación de tu vivienda habitual salga bien, ¿Hay algún problema en solicitar más de lo señalado inicialmente?.

El diferencial imagino que será fijo independientemente que cojas o no productos del banco.
Muchas gracias por todo
 

Polodom

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Hola eguzki,
No hay problema en solicitar más, pero para ello deben estudiarlo de nuevo, o sea, una semana más.

Los productos a los que te obligan son domiciliar nómina y dos recibos, y contratar el seguro del hogar. El diferencial del 0,33 te varía si reduces ingresos o no cumples lo anterior.

Ya te diré como acaba mi historia, mañana espero que ya me confirmen que todo está ok, o bien que me busque la vida.

Adéu
 

TARONJA

Member
Hola, he visto vuestros comentarios sobre oficina directa y acabo de hacer la solicitud por internet lo que no me cuadra es que estais hablando de un diferencial del 0,33 y la pagina pone 0,39...no entiendo nada
 

Polodom

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Perdona Taronja, es 0,39. Me he equivocado al escribir.

Saludos y suerte
 

eguzki

New Member
Hola Taronja,
en algunas informaciones de páginas web aparece el diferencial del 0,33 correspondiente a oficina directa, pero cuando te reenvían a su web aparece el 0,39.
Imagino que el 0,33 sería el diferencial que tuvieron hace algún tiempo
 

eguzki

New Member
Hola Polodom, perdona por preguntarte tantas cosas. Como ya he dicho estpy a la espera de recibir la propuesta del banco donde el promotor tiene la hipoteca, pero casi con toda seguridad solicitaré la de oficina directa.
En cuanto a poner como aval la vivienda habitual, ¿qué documentación te han pedido de la misma?. Yo tengo el préstamo hipotecario pagado hace tiempo, pero no he levantado la hipoteca, imagino que tendré que hacerlo ahora, ¿te han comentado algo al respecto?.
Saludos
 

Polodom

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Hola eguzki,

Encantado de responderte. De la primera vivienda me han pedido nota simple registral y las escrituras.

Saludos
 

pocoApoco

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Habéis comentado sobre gastos de notario e impuestos... y yo tengo una duda.

En el caso de realizar una subrogación (es decir, cambiar mi hipoteca a OficinaDirecta) ¿tendría que asumir estos gastos? Se lo he preguntado a ellos, y me han dicho que sí... pero no entiendo porqué?. Salió un Decreto Ley, en el que se señalaba en una de las disposiciones, que en el caso de subrogaciones (manteniendo el mismo capital y la misma cantidad de años) el cliente estaba exento de gastos de notaría e impuestos.

Entiendo que el banco pueda cobrar una cuantía por los gastos que le ocasiona su gestoría al tramitar la documentación, pero... ¿porqué tenemos que asumir el resto de los gastos?
 

pocoApoco

New Member
¿Nadie ha estado en este caso? Qué sabéis sobre los gastos de notaría e impuestos? En teoría no deberían cobrárnoslos, no?
 

Gonzalo

Super Moderator
Lo que tengo entendido que no tiene gastos es la ampliación de plazo de la hipoteca para así pagar menos cada mes en determinados supuestos.

De lo que comentas no me suena nada,a ver si alguien sabe algo del tema.

saludos.
 

Polodom

New Member
pocoApoco,

El decreto ley que salió limita a 0,50% sobre el capital pendiente de la hipoteca los gastos de subrogación, pero además hay gastos de notaría e impuestos que estos los tienes que asumir tú.

Hay algunos bancos como ibanesto que asumen todos estos gastos, pero en el caso de Oficina Directa creo que no.

Saludos
 

Gonzalo

Super Moderator
Al respecto la ley hipotecaria dice:

Artículo 10. Cálculo de los costes arancelarios.
1. El artículo 8 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo,
sobre subrogación y modificación de los préstamos hipotecarios,
pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 8. Honorarios notariales y registrales en
la subrogación, novación modificativa y cancelación
de créditos o préstamos hipotecarios.
Para el cálculo de los honorarios notariales de
las escrituras de subrogación, novación modificativa
y cancelación, de los créditos o préstamos hipotecarios,
se aplicarán los aranceles correspondientes
a los «Documentos sin cuantía» previstos en el
número 1 del Real Decreto 1426/1989, de 17 de
noviembre, por el que se aprueba el arancel de los
Notarios.
Para el cálculo de los honorarios registrales de
las escrituras de subrogación, novación modificativa
y cancelación, de los créditos o préstamos hipotecarios,
se aplicarán los aranceles correspondientes
al número 2, «Inscripciones», del anexo I del Real
Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que
se aprueba el arancel de los Registradores de la
Propiedad, tomando como base la cifra del capital
pendiente de amortizar, con una reducción del 90
por ciento.»
 

plovio

New Member
la pega es que no se la conceden a todo el mundo... y hablo por experiencia...
y no es que cobre poco y deba mucho.... y soy de sueldo fijo....
 

MAEB

Member
En banesto me acaban de denegar la subrogación debido a que esta semana han recibido una circular diciendo que después de haber pagado la cuota mensualmente de la hipoteca tienen que quedar 2500 euros netos de ingresos. O sea que a partir de ahora no quieren a nadie con ingresos inferiores (en caso de ser dos titulares) de más o menos 3500 euros netos mensules.

Qué os parece???
 
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