Lucky
Member
A ver qué os parece??
Tras mucho ir y venir, finalmente mi agente BK me ha confirmado este pasado jueves (220109) lo siguiente, (confío en explicarlo claramente):
Existe una "línea de cambio". Se contrata por un plazo de un año y es, en principio, gratuita. Llamas a la línea de cambio e indicas que deseas que se aplique el cambio de ese día para el salto desde Y a € u otra divisa. Ese cambio se te "respeta" y se te aplicará al principal de tu deuda el día del salto real aunque el salto efectivo se realice, pongamos por caso, tres semanas más tarde. En puridad lo que te permite la línea de marras es aplicar el cambio del día que tu determines y no tener que esperar al cambio de las 14:00hs de dos días anteriores a la fecha de vencimiento de tu HM.
Bonito,verdad? Un par de obstáculos:
1.- Me ha hablado, aunque el tío no lo tiene todavía muy claro, de un coste máximo del 1% sobre la diferencia del cambio. Este 1% se iría reduciendo en virtud del plazo entre el día elegido de fijación del cambio y el día de salto efectivo. Un ejemplo: Si el salto es el día 1 y fijo el cambio el día 2, me como el 1% enterito ya que deben transcurrir 30 días entre ese día 2 y el salto efectivo del 1. Por el contrario, si fijo el día 29, como el salto es dos días después (día 1) el porcentaje quedaría reducido al 0,033%.
Yo creo que no se ha enterado bien, porque, qué pasa si la diferencia entre el cambio del día fijado y el cambio del día de salto es a favor mío?? Me pagaría la diferencia el BK??
2.- Divertido. Que, si bien existe la línea de cambio, no tienen muy claro el procedimiento de contratación!!! Tócate los.... ofertan un servicio pero no saben como contratarlo con los clientes!!! Yo flipo.
En fin, que he progresado bastante ya que me ha confirmado la existencia en BK de este servicio, que se parece bastante al descrito por otros yeneros en este hilo. No obstante, considero que aún queda bastante por bregar con ellos. Así el lunes o martes vamos a continuar hablando del asunto porque si la contratación es gratis me interesa hacerla y disponer de la posibilidad inmediata de fijación del tipo de cambio del posible "salto".
Os mantendré informados de mis progresos. Abrazos yeneros.
PD: Lince, disculpa que me haya retrasado en responder pero hasta este jueves no he tenido noticia alguna y poco o nada podía aportar al tema. Te pongo un privado con mis datos y si quieres comentamos el asunto...
Hola Lince y demás yeneros:Hola gente. He comentado con BK el tema del seguro y me han dicho que ese producto "no se ofrece proactivamente", o sea, que debo pedirlo. Nunca han hecho ninguno en mi oficina y para hacerlo me piden que le indique qué oficinas lo han tramitado y a poder ser alguien de contacto, que con eso lo averigua todo y avanzamos en el tema.
¿Podéis ayudarme los de BK por favor? GRACIAS.
Nota: Hablo del tipo de seguro que funciona como una línea de crédito, no de asegurar cuotas ni ninguna otra paranoia que he visto por ahí. Hablo de fijar un cambio para todo mi pendiente y al cabo de X meses, decidir si me vuelvo a JPY o no.
Tras mucho ir y venir, finalmente mi agente BK me ha confirmado este pasado jueves (220109) lo siguiente, (confío en explicarlo claramente):
Existe una "línea de cambio". Se contrata por un plazo de un año y es, en principio, gratuita. Llamas a la línea de cambio e indicas que deseas que se aplique el cambio de ese día para el salto desde Y a € u otra divisa. Ese cambio se te "respeta" y se te aplicará al principal de tu deuda el día del salto real aunque el salto efectivo se realice, pongamos por caso, tres semanas más tarde. En puridad lo que te permite la línea de marras es aplicar el cambio del día que tu determines y no tener que esperar al cambio de las 14:00hs de dos días anteriores a la fecha de vencimiento de tu HM.
Bonito,verdad? Un par de obstáculos:
1.- Me ha hablado, aunque el tío no lo tiene todavía muy claro, de un coste máximo del 1% sobre la diferencia del cambio. Este 1% se iría reduciendo en virtud del plazo entre el día elegido de fijación del cambio y el día de salto efectivo. Un ejemplo: Si el salto es el día 1 y fijo el cambio el día 2, me como el 1% enterito ya que deben transcurrir 30 días entre ese día 2 y el salto efectivo del 1. Por el contrario, si fijo el día 29, como el salto es dos días después (día 1) el porcentaje quedaría reducido al 0,033%.
Yo creo que no se ha enterado bien, porque, qué pasa si la diferencia entre el cambio del día fijado y el cambio del día de salto es a favor mío?? Me pagaría la diferencia el BK??
2.- Divertido. Que, si bien existe la línea de cambio, no tienen muy claro el procedimiento de contratación!!! Tócate los.... ofertan un servicio pero no saben como contratarlo con los clientes!!! Yo flipo.
En fin, que he progresado bastante ya que me ha confirmado la existencia en BK de este servicio, que se parece bastante al descrito por otros yeneros en este hilo. No obstante, considero que aún queda bastante por bregar con ellos. Así el lunes o martes vamos a continuar hablando del asunto porque si la contratación es gratis me interesa hacerla y disponer de la posibilidad inmediata de fijación del tipo de cambio del posible "salto".
Os mantendré informados de mis progresos. Abrazos yeneros.
PD: Lince, disculpa que me haya retrasado en responder pero hasta este jueves no he tenido noticia alguna y poco o nada podía aportar al tema. Te pongo un privado con mis datos y si quieres comentamos el asunto...