Tago mas razón que un santo
por cierto algún "jurista" que le meta mano a esto del escrito tipo solicitud? o mas bien exigencia legal de tenerlo que tener? lo mio no es esto pero cuanto menos si alguien aporta luz a mi seme ocurre un tal que así:
Notas: Para poder realizar estas operaciones es imprescindible tener contratado un seguro de cambio. Si el banco donde teneis la hipoteca pone trabas , es evidente que está haciendo "juego sucio"; si se contrata una HMD quien la pide debe exigir un seguro de cambio, y el banco debe garantizar la contratación de dicho seguro sin imponer restricciones de uso tanto para entrar como para salir o para volver a entrar. Con esto se quiere transmitir que un aumento de porcentaje en la deuda no es motivo para la restricción del uso pues evidentemente se da por sabido el alto riesgo implícito que tienen estas operaciones por su alta volatilidad.
En caso de que así fuera, el procedimiento seria avisar vía escrito o por fax (burofax mejor) de que en caso de no poder ejecutar el seguro cuando el cliente lo requiera, el banco estaría avisado de que en caso de un aumento aun mayor de la deuda el cliente se vería imposibilitado de pagar. Y seria responsabilidad de la entidad la parte proporcional de deuda asumida por el cliente por una mala practica de la entidad.
También informamos que el banco está en su derecho de pedir garantias adicionales vía avales patrimoniales o del tipo que sea acordado, pues es obligacion de este tanto supervisar la viabilidad como la buena practica para la protección tanto del cliente como de los posibles impagos futuros que pudiera tener.
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LO DICHO si algún jurista le da forma tal vez podáis reclamarlo y incluso evitaros no poder hacerlo en caso de aumento de deuda y esas cosas......
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