vivaanton

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Hay que estar atento a la FED, al BNsuizo y al Bcentral Europeo...es decir, estamos en manos de los bancos ¡¡
Mejor dicho nunca hemos dejado de estarlo.
 

vivaanton

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PARA LOS QUE BARAJAN RECLAMAR...ATENTOS AL PLAZO QUE SE ACORTA:
Se ha publicado en el BOE de fecha 6 de octubre de 2015 la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (SP/LEG/18525), y entre sus cambios más significativos hay que destacar el que afecta al régimen de prescripción por el que se reduce de 15 a 5 años el plazo general establecido para las acciones personales.

La Disposición Final Primera afecta al art. 1.964 CC, que queda redactado de la siguiente manera:

“1.- La acción hipotecaria prescribe a los veinte años.

2.- Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan.”

Esta reforma, que entra en vigor mañana (7 de octubre), día siguiente al de su publicación en el BOE, supone la primera actualización del régimen de prescripción contenida en nuestro Código Civil, que ha permanecido inalterable desde su publicación.

A partir de los trabajos de la Comisión General de Codificación, se acorta el plazo general de las acciones personales del artículo 1964, estableciendo un plazo general de cinco años, cuestión de una gran importancia en la vida jurídica y económica de los ciudadanos.

La finalidad de esta reforma, según se indica en el propio preámbulo, es obtener equilibrio entre los intereses del acreedor en la conservación de su pretensión y la necesidad de asegurar un plazo máximo.

Son numerosas las relaciones jurídicas que se verán afectadas por este cambio, citamos a título de ejemplo alguna de ellas:

– Cualquier obligación legal cuya efectividad no tenga un plazo especial de prescripción extintiva, en estos casos la acción, como personal, queda sujeta al plazo general de cinco años del art. 1964 CC.

– Obligaciones que puedan surgir de la celebración de un contrato de compraventa.

– Acciones derivadas del defectuoso cumplimiento, al haberse entregado cosa distinta o con defectos impropios ( “aliud pro alio”).

– Acción de resolución del contrato por incumplimiento.

– Acción de un comunero contra la comunidad de propietarios para el resarcimiento de daños causados por los elementos comunes.

– Acción de responsabilidad contractual ejercitada por la Comunidad de Propietarios, por entregarse las viviendas con vicios.

– Acción ejercitada por un Colegio Profesional para exigir responsabilidad por daños causados en el deficiente funcionamiento de una relación orgánica.

– Acción del arrendador de un inmueble para la revisión de rentas.

En cuanto al régimen transitorio se permite la aplicación a las acciones personales nacidas antes de la entrada en vigor de esta Ley, de un régimen también más equilibrado, surtiendo efecto el nuevo plazo de cinco años.

La Disposición transitoria quinta establece expresamente que el tiempo de prescripción de las acciones personales que no tengan señalado término especial de prescripción, nacidas antes de la fecha de entrada en vigor de esta Ley, se regirá por lo dispuesto en el artículo 1939 del Código Civil. Este precepto, a su vez, dispone que “la prescripción comenzada antes de la publicación de este código se regirá por las leyes anteriores al mismo; pero si desde que fuere puesto en observancia transcurriese todo el tiempo en él exigido para la prescripción, surtirá ésta su efecto, aunque por dichas leyes anteriores se requiriese mayor lapso de tiempo”.

Pese a la ambigüedad del art. 1939 CC nuestra interpretación, con mucha cautela, en cuanto al régimen transitorio es la siguiente:

Relaciones jurídicas nacidas antes del 7-10-2000.- Prescritas en la actualidad.

Relaciones jurídicas nacidas entre 7-10-2000 y 7-10-2005.- Aplicación del plazo anterior de 15 años previsto en el art. 1964 CC

Relaciones jurídicas nacidas entre 7-10-2005 y 7-10-2015.- Aplicación de la regla transitoria de la Ley 42/2015, de 5 de octubre que a su vez se remite al art. 1939 CC, la prescripción será el 7-10-2020, en cualquier caso.

Relaciones jurídicas nacidas a partir del 7-10-2015 (entrada en vigor de la Ley 42/2015) – Aplicación del plazo actual de 5 años previsto en el art. 1964 CC.

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ern

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Así pues, los que tengamos en mente opción judicial, y tengamos el contrato en 2007/2008, o reclamamos antes de 2020 o el tema habrá prescrito. He interpretado bien, no?
 
..Pero como de aquí al 2020 se habrá arreglado bastante la situación, ;) , ya no querremos demandar..



Así pues, los que tengamos en mente opción judicial, y tengamos el contrato en 2007/2008, o reclamamos antes de 2020 o el tema habrá prescrito. He interpretado bien, no?
 

vivaanton

Member
Así pues, los que tengamos en mente opción judicial, y tengamos el contrato en 2007/2008, o reclamamos antes de 2020 o el tema habrá prescrito. He interpretado bien, no?
si, parece que eso es... podemos esperar un poco....
 

vivaanton

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tienes razón...la acción hipotecaria creo que permite al banco...si no pagas accionar la venta de tu casa, el embargo... con lo cual..en justa correspondencia...el hipotecado debería conservar también una acción para defenderse y reclamar contra el banco. No sería justo que la acción del banco dure 20 años y la del hipotecado menos¡.
eso creo...
 

pepo

Well-Known Member
Situación complicada....X un lado tenemos la reunión de este jueves donde se espera que el BCE extienda su programa actual de alivio cuantitativo.
Por otro lado,el Banco Nacional Suizo (BNS) podría intervenir en los mercados de divisas para frenar la apreciación del CHF en caso de que el Banco Central Europeo (BCE) amplíe su estímulo.

BNS podría intervenir sobre el franco suizo si el BCE decide ampliar su estímulo

Hagan sus apuestas señores, la suerte esta echada.:confused:
Pues sí, parece que algo han intervenido... El euro cae pero contra otros más...
 

Olga

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Hola a todos/as,

Supongo estais informados, pero después de la sentencia del TS en la que se denegó la demanda por ser un usuario experto, pero que reconoció que las HMD son un derivado financiero, están resolviéndose las sentencias de forma favorable al consumidor, por lo que la perspectiva es muy positiva para los demandantes no expertos en estos temas. La última sentencia favorable es una de un juzgado de Mataró de día de hoy.
Nosotros ya tenemos la demanda en marcha y seguro sale bien.
Saludos y ánimos
Xispataca , somos compañeros ;), yo la puse en Junio , en Febrero tenemos audiencia previa.

Esperemos que salga adelante , mucho ánimo
 

kuolema

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es normal la depreciación del eur. con la extensión QE.... esperemos que sirva para hacer crecer la economía y la lance. mientras tanto aguantemos... y a ser posible que el jordan haga por devaluar el chf... hasta donde puede caer el euro...???
 

vivaanton

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menuda porra... alguien tiene entre manos algún análisis técnico?
o todo depende de fundamentales?
 

Candy

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EUR-CHF Outlook - EconoTimes


El aumento de la probabilidad de más QE del BCE ha levantado el euro marginal frente al franco a 1,07829 - su nivel más alto desde principios de septiembre. Además la fuerza relacionada QE en el franco podría plantear un desafío para el banco central suizo, que considera la moneda como 30% sobrevaluado y ya ha impuesto una tasa de depósito negativo de 0,75%. Parece que hay un sentimiento general de que si el euro cae por debajo de la paridad contra los responsables de las políticas franco intervendrá para debilitar el tipo de cambio. En ese contexto, la reunión del banco central suizo 10 de diciembre podría ser fundamental en términos del tipo de respuesta de la política que se puede esperar en vista de un posible traslado por parte del BCE. "Sostenemos la opinión de que los responsables políticos harán lo que sea necesario al menos permitir que el euro se mantenga su rango estrecho de 01.08 a 01.07 en el corto plazo, antes de fundamentos impulsan un empuje superior a 1,18 ", dice Lloyds Bank. Después de la eliminación sorpresa por el banco central de la baja frente al euro en enero Sin embargo, sigue existiendo una notable incertidumbre en torno a la función de reacción del banco central. Como tal, los riesgos para la previsión están sesgados por igual en ambas direcciones.


Saludos.
 

kuolema

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Por ahora estamos lidiando con el famoso 1.09. A ver si tenemos cierre por encima y se confirma el pronostico del post de Candy... ójala..
 

jmb63

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Cuando el euro dólar estaba a 1,15 el euro franco a 1,09. Ahora el euro dolar está a 1,09 y el franco suizo también. Me parece que el nuevo objetivo del BNS es que no baje de 1,08
 

vivaanton

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Franco: Los analistas de la entidad creen que el euro también se va a depreciar contra la divisa helvética tras la reunión de diciembre del BCE.

pues vaya augurio de Goldman. jo¡¡
 

vivaanton

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algún análisis técnico que nos arroje luz.. o previsión de algún enteradillo?
 
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