Hola
Tenía clara la vía judicial para que me devuelvan el dinero de la dichosa clausula, a pesar de tener firmada una renuncia a reclamaciones después de que en Octubre de 2013 me la quitaran, tras darme la razón al respecto el Banco de España. Pero si no firmo no me la quitan y tenia que ir a juicio.
El Real Decreto me ha desconcertado, no sé lo que debo hacer. Creo que debo ir a la vía extrajudicial , de lo contrario, si el banco se allana me condenan a pagar costas.
Pienso que la vía extrajudicial es requisito para ir a la vía judicial, ya con su negativa o con un calculo inferior tienes más posibilidades de ir a juicio.
Alguien con conocimientos al respecto me podría asesorar????
Gracias de antemano
Tenía clara la vía judicial para que me devuelvan el dinero de la dichosa clausula, a pesar de tener firmada una renuncia a reclamaciones después de que en Octubre de 2013 me la quitaran, tras darme la razón al respecto el Banco de España. Pero si no firmo no me la quitan y tenia que ir a juicio.
El Real Decreto me ha desconcertado, no sé lo que debo hacer. Creo que debo ir a la vía extrajudicial , de lo contrario, si el banco se allana me condenan a pagar costas.
Pienso que la vía extrajudicial es requisito para ir a la vía judicial, ya con su negativa o con un calculo inferior tienes más posibilidades de ir a juicio.
Alguien con conocimientos al respecto me podría asesorar????
Gracias de antemano