Reflexiones y resumen fin de año

Maverick

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Muy buenos días a todos/as:

Nos acercamos a fin de año y casi toca hacer balance de cara al IRPF del año que viene. Abro este hilo para dejar aquí algunas preguntillas que, además, pueden venir muy bien para todo el mundo y que puede constituir un buen resumen dónde aclarar algunas dudas y no tener que buscar muchos hilos pasados.

En mi caso concreto, estoy casado, trabajamos los dos y hago IRPF separado. Entiendo que el límite de deducción es de 18030,36 € en este caso. ¿Aquí entrarían tanto las cuotas (capital+interés) como las amortizaciones anticipadas que haga?. Lo digo porque entre ambas llevo unos 13000 €, así que me convendría amortizar lo máximo que pueda hasta el tope ¿no?.

Por otra parte, los famosos 400 € de devolución a trabajadores, ¿este año sigue estando vigente y lo quitarían el que viene no?. Quiero decir ¿para el IRPF 2009 lo tendrán en cuenta?. Creo que sí porque las leyes no pueden ir en contra los ciudadanos en caso de efectos retroactivos, pero ni idea.

Finalmente, amortizar siempre es bueno, este el Euribor bajo o alto porque te quitas capital y dejas de pagar intereses desde ya. Como siempre tengo la duda de contra cuota o contra plazo (ahora mismo pago perfectamente la cuota que tengo), pero eso ya es concepción personal como muchas veces os he leído.

Un saludo y perdón por el tocho. Este hilo podría aprovecharse para que todo el mundo vierta sus inquietudes de final de año y así aprender todos de las respuestas de los estimados foreros.
 

Don Pimpon

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A la primera, sí. En el total desgravable cuentan tanto las cuotas como las amortizaciones, y de paso contarían también los seguros obligatorios y gastos derivados de la financiación y la compraventa (por ejemplo, notarios y registradores en caso de que tu hipoteca sea nueva o te hayas subrogado a otro banco). No olvidemos que NUNCA te van a devolver más de lo que te hayan retenido.

A la segunda, de momento parece que este año sí hay 400€, el que viene ya se verá.

Y a la tercera, matizo que amortizar no siempre es lo mejor, económicamente hablando. Puesto que la relación entre capital e intereses es lineal (léase: los intereses de deber 9 + los intereses de deber 1 = los intereses de deber 10), siempre que puedas conseguir que te paguen por tus ahorros más que lo que tu pagas de intereses por no amortizar esos ahorros (descontando un 18% para hacienda, claro) te conviene esperar (siempre llegando a los 18030 anuales). Ejemplo práctico:

debes 100.000 y tienes 10.000 en cuenta, el interés de tu hipoteca es el 2%

si amortizas, pagas 90.000*2/100 = 1800€ anuales de intereses.

si no amortizas y pones los 10.000 en un depósito al 3%, pagas 100.000*2/100=2000€ anuales de intereses y cobras (10.000*3/100)*0.82= 246€, con lo que el resultado final es que has pagado 1754€ de intereses.

Y una más: aunque a día de hoy la cuota te sea cómoda, no olvidemos que estamos en mínimos históricos del Euribor, que luego las cuotas suben. Para amortiguar la subida, amortizar contra cuota.

Saludos
 

him

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Muy buenos días a todos/as:

Nos acercamos a fin de año y casi toca hacer balance de cara al IRPF del año que viene. Abro este hilo para dejar aquí algunas preguntillas que, además, pueden venir muy bien para todo el mundo y que puede constituir un buen resumen dónde aclarar algunas dudas y no tener que buscar muchos hilos pasados.

En mi caso concreto, estoy casado, trabajamos los dos y hago IRPF separado. Entiendo que el límite de deducción es de 18030,36 € en este caso. ¿Aquí entrarían tanto las cuotas (capital+interés) como las amortizaciones anticipadas que haga?. Lo digo porque entre ambas llevo unos 13000 €, así que me convendría amortizar lo máximo que pueda hasta el tope ¿no?.
Exacto, podeis deducir 9.015€ cada uno. Evidentemente se coge la letra entera de la hipoteca (capital+interés). En cuanto a las amortizaciones anticipadas para llegar a ese mínimo, tengo entendido que también. Yo este año no (ya hamos pagado más de 18.030€), pero seguramente el año que viene estaré como tu y intentaré amortizar también.

Por otra parte, los famosos 400 € de devolución a trabajadores, ¿este año sigue estando vigente y lo quitarían el que viene no?. Quiero decir ¿para el IRPF 2009 lo tendrán en cuenta?. Creo que sí porque las leyes no pueden ir en contra los ciudadanos en caso de efectos retroactivos, pero ni idea.
Aún está vigente. Yo lo sigo aplicando en mis trimestrales.

Finalmente, amortizar siempre es bueno, este el Euribor bajo o alto porque te quitas capital y dejas de pagar intereses desde ya. Como siempre tengo la duda de contra cuota o contra plazo (ahora mismo pago perfectamente la cuota que tengo), pero eso ya es concepción personal como muchas veces os he leído.
Bueno, este tema ya es muy recurrente en el foro...

De todas formas te aconsejo (y de hecho a todos) que os bajeis el programita de esta web: Hipoteca y Hacienda
Va muy bien y te calcula en cuanto se te reduce el plazo o la cuota al amortizar XXXX€. Además te calcula lo que puedes deducirte en hacienda. Es muy completo, realmente os lo aconsejo.

Saludos

PD: Nos hemos pisado Don Pimpon :)
 
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JaviAM

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Hola buenas.
Amortizar si podeis siempre el máximo que os pueda desgrabar.
En cuanto a cuota o plazo ahora mismo veo mejor amortizar bajando la cuota, ya que intereses vais a pagar prácticamente los mismos y lo que os ahorrais en la cuota lo podeis volver a reinvertir al año siguiente.

He hecho unos cálculos con mi hipoteca actual que me gustaría que corrigierais si son equivocados (datos redondeados).

Hipoteca a la que le quedan 30000 euros y amortizacion de 6000 euros.

Frente a cuota.
Nueva cuota 240 euros/mes
Capital amortizado 197 euros/mes
Intereses 43 euros/mes

Frente a plazo.
Nueva cuota 300 euros/mes
Capital amortizado 257 euros/mes
Intereses 43 euros/mes
24 meses de reducción de hipoteca

En esos 24 meses habré amortizado en los distintos casos.
Frente a cuota. 197 euros/mes x 24 meses = 4728 euros
Frente a palzo. 257 euros/mes x 24 meses = 6168 euros

Ahorro en 24 meses (300 euros/mes - 240 euros/mes) = 1440 euros

En definitiva. En 24 meses habrás amortizado en ambos casos.
Frente a cuota. 6000 euros + 4728 euros = 10728 euros
Frente a palzo. 6000 euros + 6168 euros = 12168 euros
Con la salvedad que tengo 1440 euros en el bolsillo que sumados a los 10728 euros dan 12168 euros. Esos 1440 euros si va bien los reinvierto y es lo mismo plazo y cuota y si me va mal siempre los tengo.

Espero vuestras respuestas.
Un saludo
 

Sagutxu

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perdona don pimpon....quieres decir q tambien se sumaria el importe del seguro de la vivienda al max. de deduccion ?
 

Don Pimpon

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Así es, pero sólo en su parte obligatoria (seguro de incendios). El resto de coberturas, al no ser obligatorias, no se pueden considerar gastos de la compra.
De todos modos, para lo que te desgravarías por el seguro de incendios, buena gana de romperse la cabeza...
 

Sagutxu

New Member
ok, eso pensaba yo sobre el seguro. Y volviendo al tema d amortizar parcialmente queria preguntarte si el calculo del tipo de interes del deposito es anual.... en cualquier caso, he realizado una simulacion y quisiera me confirmaras si está bien, y si no, donde falla.




gracias y salu2.
 

Don Pimpon

Active Member
El único fallo que le veo es que en la última fila pone amortizar donde debería poner esperar, ya que claramente es más ventajoso cobrar 214€ que pagar 200€, y que en la primera fila, donde pone esperar, debería poner amortizar, ya que a los 1949.70 de la columna de amortizar habría que restarles el 15% de 2515 de desgravación fiscal, en cuyo caso quedaría:

Amortizar: pagas 1572.45€ No amortizar: pagas 1938.13€
 

Sagutxu

New Member
me surgen tres dudas :

1.El calculo del tipo de interes del deposito lo basas a 1 año ?
2.El descuento del 15% solo se aplicaria a la primera columna ?
3. Entonces de la segunda columna a la penultima al ser los importes de pagar mayores a los de cobrar, debera ser Amortizar, no.

salu2
 

Don Pimpon

Active Member
1.- Sí, por comodidad
2.- supongo que quieres decir fila, y la respuesta es sí. a partir de esos 2515 €, habría que hacerse el planteamiento por separado, para que no falsee el resultado. Es decir, no puedes considerar si te conviene o no amortizar 10000€ en base a que de los primeros 2515 te desgravas el 15%, sino que debes mirar si te compensa por un lado desgravar hasta el tope (seguro que sí) y por otro desgravar un extra por encima del tope (depende del TAE del depósito que puedas conseguir)
3.- No, lo que tienes que comparar es lo que pagas con amortización y lo que pagas sin ella. Siempre que pagues más sin amortización, hay que amortizar, y si no al revés.
 

Sagutxu

New Member
en el punto 2, efectivamente es fila, y sobre el calculo del importe por encima de los 2515, como quedaria con el siguiente ejemplo....estaria bien ?



q te parece el planteamiento de la hoja... seria posible subirla para q la veas mejor
 
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