Gastos de cancelación interes fijo

Anyuska

New Member
Hola, yo tengo una pregunta a ver si alguien me podria ayudar.

Tengo una hipoteca que firme en febrero de 2007, es de interes fijo, y tengo unos gastos de cancelación de un 2.5%. He leido en muchos sitios el tema del 0.5 asi que no se si es legal lo del 2.5 ya que me quiero cambiar de banco pero los gastos suben mucho.

Saludos y gracias.
 

andrew05

Member
en resumen, el bcd ha puesto como clausula abusiva, todas subrogaciones por encima del 0,5 asi que tu puedes tener firmado un 8 que si te vas a otro banco (subrogacion) solo has de tener en cuenta ese 0,5 nada mas.

asi que haz tus numeros con ese 0,5 y tambien recuerda que si tienes un interes fijo inferior al 4 quedatelo. puede que ahora pagues mas, pero esto es una situacion anormal, en menos de 4 años estamos rondando ese 4% y ahi empezaras a ganar dinero.

date cuenta que la hipoteca no es a 3 años vista sino 20 o 30 y en lo que te queda de hipoteca, te aseguro que ese tipo fijo te protege de pagar mucho mas por tu hipoteca.

ademas ya sabes lo que vas a pagar todos los años, no hay sorpresas para ti, ahora pensaras que pierdes dinero, pero te repito que si tu fijo es inferior al 4, a la larga saldras ganando, y en un futuro poner ese 4 en otro banco, no lo logras ni de coña.
 

Gonzalo

Super Moderator
Leyendo lo que dice el BdE en el enlace que nos ha dejado Krampo,parece claro que al ser una hipoteca a tipo fijo y anterior a Diciembre de 2007,la comisión de cancelación ha de ser la pactada,es decir,el 2,5%.Al menos así lo entiendo yo.

Saludos.
 

Don Pimpon

Active Member
Siento tener que chafarte la tortilla, pero al ser tu hipoteca anterior a Diciembre del 2007, se te aplica la normativa anterior, que en caso de cancelación subrogatoria RECOMIENDA (que no impone) un máximo del 2,5% de comisión, pudiendo ser esta mayor en caso de cancelación no subrogatoria.
Que tampoco te solucionaría nada, porque si fuera posterior a Diciembre del 2007, aunque sólo tendrías que pagar el 0,5% de comisión de cancelación, tendrías que hacer frente a lo que se llama cancelación por riesgo de capital, que viene a ser lo siguiente:
Como los tipos están bajos y tú estás pagando un tipo fijo alto, tu préstamo tiene un valor de mercado superior a la deuda (cualquier inversor estaría dispuesto a pagar más de lo que debes por comprarle tu hipoteca al banco y ser él el que cobre las cuotas, por entendernos), por lo que si cancelas el préstamo le estás causando un perjuicio injustificado al banco, que hay que compensar. La ley establece que esa compensación es precisamente la diferencia entre la deuda y el valor de mercado de la misma, o sea, una PASTA.
Moraleja: que todavía te puedes dar con un canto en los dientes si sólo te cobran un 2,5% de comisión...
 

pitiusa

Member
para mi que siendo una hipo a interes fijo no se aplica el maximo del 0,5, sino el que tengas firmado, ¿puede ser que la ley solo este para las variables?
 

Anyuska

New Member
Bueno no tengo un 4, tengo un 5, si tuviera un 4 claro que no me lo cambiaria.

Muchas gracias
por las respuestas, mas o menos ya había leído esto en otros sitios pero no estaba muy segura.
 
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