¡Hola!
Tengo un problema con mi hipoteca de banco pastor, que firmé hace tres años. Querría saber si alguien se ha visto en la misma situación y como ha podido presionar o solucionarlo, o bien si no ha habido manera. Obviamente, cualquier ayuda/opinión me vendría genial.
Os explico el caso, aunque quede un poco tochazo...
Resumiendo, para que nos bajen el diferencial inicial sobre el euribor, hemos de mantener unas condiciones de fidelización (las mantenemos todas), pero hay una condición primera para que te miren el resto de condiciones: mantener una media de ingresos mensuales de 4.200€. Como a mi mujer la despidieron en enero, en la última revisión no llegamos a esos mínimos.
La cuestión es que en la hipoteca pone, textualmente, "Si durante el periodo anterior a cada fecha de revisión del tipo de interés la media mensual de los citados fondos fuese inferior al importe señalado, los prestatarios podrán disfrutar igualmente de la bonificación siempre que justifiquen, a satisfacción del banco, dicha reducción de ingresos".
Según el director de la oficina, deja todo el poder en el lado de banco y, ahora mismo, si el interés final queda por debajo del 3% no revisan absolutamente nada. Yo entiendo que quedarse en paro debería justificarlo (como otras posibles razones también).
Mi pregunta es, si el banco admite que no hay justificación satisfactoria alguna, que está puesto "por poner", ¿es legal? ¿Realmente pueden decir que no es satisfactoria ninguna justificación y plantarse ahí?
¡Muchísimas gracias!
Tengo un problema con mi hipoteca de banco pastor, que firmé hace tres años. Querría saber si alguien se ha visto en la misma situación y como ha podido presionar o solucionarlo, o bien si no ha habido manera. Obviamente, cualquier ayuda/opinión me vendría genial.
Os explico el caso, aunque quede un poco tochazo...
Resumiendo, para que nos bajen el diferencial inicial sobre el euribor, hemos de mantener unas condiciones de fidelización (las mantenemos todas), pero hay una condición primera para que te miren el resto de condiciones: mantener una media de ingresos mensuales de 4.200€. Como a mi mujer la despidieron en enero, en la última revisión no llegamos a esos mínimos.
La cuestión es que en la hipoteca pone, textualmente, "Si durante el periodo anterior a cada fecha de revisión del tipo de interés la media mensual de los citados fondos fuese inferior al importe señalado, los prestatarios podrán disfrutar igualmente de la bonificación siempre que justifiquen, a satisfacción del banco, dicha reducción de ingresos".
Según el director de la oficina, deja todo el poder en el lado de banco y, ahora mismo, si el interés final queda por debajo del 3% no revisan absolutamente nada. Yo entiendo que quedarse en paro debería justificarlo (como otras posibles razones también).
Mi pregunta es, si el banco admite que no hay justificación satisfactoria alguna, que está puesto "por poner", ¿es legal? ¿Realmente pueden decir que no es satisfactoria ninguna justificación y plantarse ahí?
¡Muchísimas gracias!