¿Cambio de condiciones en subrogacion con cambio de deudor?

rincenwin

New Member
Saludos a todos
Ahora mismo tengo una vivienda con una hipoteca con Bankinter y resulta que me ha salido un comprador para esa vivienda y se quiere subrogar a dicha hipoteca.
Las condiciones son buenas: euribor +0.35 solo con con los requisitos de nómina y contratar seguro de hogar.
Pues resulta que pregunto sobre el tema de la subrogación para mi comprador y me dicen que posiblemente si el estudio económico es bueno les cambien las condiciones (especialmente en el diferencial que se lo subirían)
Mi pregunta es clara: ¿pueden hacer eso? Sino lo pueden hacer, ¿alguién sabría la ley donde diga eso para poder rebatirles?
Gracias a todos por adelantado.
 

ArsNatura

Member
Hola,

No estoy seguro de si legalmente pueden modificarle el diferencial en una subrogación con cambio de deudor, pero está claro que van a poder hacer lo que quieran porque tienen todos los ases en la manga: si no le quieren dar tus condiciones dirán que no cumple los requisitos que exigen para hacer la subrogación y le ofrecerán una hipoteca nueva (y te cobrarán la comisión por cancelación en caso de tenerla).

Mira a ver que ofertas están haciendo ahora mismo a clientes nuevos, porque no creo que estén muy por la labor de mejorarle mucho las condiciones a tu comprador :rolleyes:

Un saludo y enhorabuena por la venta ;)
 

Gonzalo

Super Moderator
De acuerdo con Ars.

La subrogación de deudor es potestativa para el banco en cuestión y éste puede establecer unas condiciones distintas para el nuevo deudor en base a su perfil,ingresos,ratio de endeudamiento,etc;si no estás de acuerdo,te la deniegan y punto final.

Saludos.
 

rincenwin

New Member
Gracias a los dos por contestar
Os detallo un poco más la operación.
Evidentemente las condiciones que dan ahora son bastante peores. He leído por ahí que tienen el subrogante mantiene los mismos derechos y obligaciones del anterior, pero no he encontrado legislación.
Por otro lado, como bien decís el banco podría tener el as en la manga de decir que no da el perfil económico y simplemente no dársela.
Respecto a ese perfil podría decirse que es mejor que el mío ya que la que se subroga es hija de un funcionario (ella trabaja aunque no se que sueldo tiene) y la avalaría el padre que tiene un sueldo algo mayor que el mío que también soy funcionario.
Gracias por adelantado.
 

ArsNatura

Member
En realidad no se trata de que su perfil no sea bueno (o incluso mejor que el suyo), el tema está en que si no les interesa hacer la subrogación con las mismas condiciones (porque ahora no están por la labor de ofrecerlas) simplemente dirán eso y no tienen porqué daros más explicaciones... únicamente que "el departamento de riesgos no aprueba la operación".

Vosotros sabréis que es imposible y que no se trata del riesgo, pero ellos tienen la sartén por el mango.

Siento pintártelo tan crudo, pero es la realidad.

Ya nos contarás cómo van las negociaciones.

Un saludo.
 

rincenwin

New Member
De momento me ha dicho que no nos preocupemos que lo van a estudiar todo bien.
De todos modos y ya por curiosidad, ¿se podría denunciar vía consumo, banco de españa u otra vía?. Cuando me refiero a denunciar es en el aspecto que ya he comentado anteriormente que el perfil económico incluso sería más bueno.
 

DayLon

Member
rincenwin, suerte con esa subrogacion, que esta durilla.

Ya me contaras a la hija de que compañero le vendes la casa, que de eso no soltaste prenda anoche en el curro so mamon xD.

Y si el sueldo es mayor que el tuyo (que cobras como un jefe), me parece que ya me huelo quien es el padre xD.

Un saludo. DayLon.
 

h3po4

Active Member
De momento me ha dicho que no nos preocupemos que lo van a estudiar todo bien.
De todos modos y ya por curiosidad, ¿se podría denunciar vía consumo, banco de españa u otra vía?. Cuando me refiero a denunciar es en el aspecto que ya he comentado anteriormente que el perfil económico incluso sería más bueno.
por la pregunta que haces, aunque sea por curiosidad, me parece que aún no has percibido todos los matices de las respuestas.

El banco decide a quién da su dinero, en qué condiciones y en qué momento. Punto. A ti te dio unas condiciones en un momento determinado y si aparecieras ahora te la daría (o no) en las mismas u otras condiciones. Y no hay mucho más que decir.

Por ello el tema de denunciar... no hay nada que denunciar. Esto es como si un día le prestas pasta a un amigo y al de dos años te viene otro amigo a pedirte pasta y no se la das. No es denunciable. El banco no tiene ninguna obligación de prestar pasta ni de prestarla en las mismas condiciones a todos.

Y respecto a si el futuro comprador tiene mejor solvencia que tú o no, lo veo muy discutible. El que va a pagar no es el padre si no la hija, por lo que la comparativa hay que hacerla con la hija, no con el padre. Cierto que si es necesario avalista probablemente sea un buen avalista (depende de las deudas que tenga y otro montón de factores también, claro), pero lo importante es que la hija este buena... digo que sea solvente (perdón por el lápsús)

En fin, espero haber colaborado en modificar un pensamiento que te está llevando a equívoco.

Un saludo!
 

rincenwin

New Member
Bueno, gracias a todos por responder, tampoco es que me empecinara en una cosa, quería abrir un poco el debate y ver las opiniones de los demás, las cuales veo bastante coherentes :) A ver si hay suerte, de todos modos sino le sale la subrogación no tengo comisión de cancelación total :p
Por cierto, Daylon, si ya sale la venta del todo ya te contaré, jeje.
 

Krampo

Member
Muchas veces las escrituras de préstamo hipotecario prevén la venta del inmueble que se ofrece como garantía del préstamo y los requisitos y condiciones para que el nuevo propietario pueda subrogarse. A menudo incluso meten una comisión específica para esa subrogación. Pero .... siempre está sujeto a la aceptación de la subrogación por parte del banco.

Echa un vistazo a tu escritura.

En todo caso, en última instancia, cuando vendes el piso estás desprendiéndote de la principal garantía del préstamo, por lo que el banco siempre puede dar por resuelto el contrato de préstamo (mira la escritura y te sorprenderás de la larga lista de motivos por los que el banco puede dar el contrato de préstamo por resuelto de forma anticipada) y exigirte que devuelvas todo el capital pendiente, más comisiones si están pactadas. Y en caso que no quieras o puedas devolverlo, pueden ir a por el piso, "ejecutando" la hipoteca, aunque ya no sea tuyo, porque el que lo ha comprado lo ha hecho con una "carga previa" que estaba inscrita en el registro de la propiedad cuando lo compró.
 

Gladiator

Member
Cuando sepas algo, cuentalo por aqui, yo estoy en la misma situación que tu, bueno yo soy el comprador y estoy esperando todavia contestación del banco (entregué las nominas, contrato, declaración de la renta ya hace 2 semanas).

Saludos
 
Arriba