Esa clausula matadora...

Buenas a todos

propongo poner en adherido un post que analice la famosa clausula, que es, de largo, creo el mayor temor que tenemos todos.

A alguien se le ha pedido ya su aplicación?
En caso de que sea asi, que te piden, que equilibres hasta el % que te conceden o hasta llegar a 0? Me explico:

Si debes 100.000 euros de inicio, y por el valor que tenemos ahora al cambio estamos en 115.000 euros (+15%), en caso de tener un 10% de clausula y que el banco pida aplicarla, que debemos aportar: 5000 euros o directamente los 15.000?
Yo veo dificil su aplicación porque poca gente creo yo dispondrá de esa liquidez de forma casi inmediata (se supone que hay que arreglar el desaguisado en los 8 días posteriores a la notificación).
Además, quien no te dice que en 8 días la cosa mejora (o empeora...)?
En definitiva, una espada de damocles que es una incertidumbre.
Asi que pronpongo que cada uno ponga sus condiciones y en caso de haber sobrepasado el % pactado, saber si le han pedido algo (en este caso, con que banco...)

Empiezo:

Prestamos de 373.000 euros
Clausula del 15%
Aún no la he superado (aunque al ritmo que vamos...entre a 161,5 asi que en cuanto estemos en 140 me toca)
Banco: Barclays

Opiniones?
 

Consternado

Member
A decir verdad, yo he descubierto esa clausula leyendo este foro, porque el año pasado por estas fechas estuve a puntito de firmar en HMD y nadie me habló de la famosa clausula.

Por otra parte, es tranquilizador pensar que algunos de los foreros ya han sobrepasado el valor, y no tienen noticias naie.
 

Lynxai

Super Moderator
Pero "naie naie", parece que los bancos no están por la labor.

Guillergon, en caso de aplicarla lo lógico sería que se pagaran 5000€ pero vamos como decía alguien muy cachondo en el foro antiguo, te haces el longui, las cartas a la basura, el movil sin batería, si llaman a la puerta siempre estás fuera. Para el día que te contacten, el yen a 170 y al director de tu oficina se le queda una cara de tonto para enmarcar xD
 

luis

Member
Yo de verdad alucino con todos vosotros: si el problema de la hipoteca multidivisa es que estas jugando con un dinero que no tienes y que si tu moneda se aprecia y te pasas de la barrera te van a exigir cubrir la posicion y el que no pueda le pasaran a euros. Es el problema de todo esto!! El resto son nimiedades de que si las comisiones son tal o no. El problema es esta clausula. Al que ha comprado la casa hace poco con el yen cerca de 170 ya le han tenido que dar el toque (y esto no acaba de empezar)....
 

pepo

Well-Known Member
guillergon, eres peor que yo, macho. Yo tenía al principio las mismas inquietudes que tú, y en estos momentos no es que esté tranquilo, pero no estoy nervioso.

Vamos a ver, me encantaría haber visto la jugada a tiempo y haberme decidido en salir de yenes a 169 ( y mira que se me pasó por la cabeza) y volver a entrar a 150 como Agustí. Pero no ha podido ser, qué le vamos a hacer. Entonces tengo: que estoy pagando +/- el 1,5% de interés, divisa comprada, y sin necesidad de comprar hasta marzo si quisiera. Que me puedo permitir estar donde estoy, y más adelante, que sea lo que tenga que ser.

Lo que desde luego no voy a hacer es ninguna tontería como pasarme a euros, palmando igual 30.000euros.

Según interpreto en la cláusula, si el cambio a finales de este mes ( vencimiento de cuota) está por debajo de 148,22 me pueden pedir algo. Sinceramente, creo que no les merece la pena: tienen más que perder que ganar. Si estamos en esos niveles, ya te contaré.

Esto son ciclos y ellos lo saben. El ciclo de vacas flacas puede durar meses, un año, dos años. El yen apreciado puede estar un mes, unos meses, un año, 2 años, 3 años, incluso 5 años. Pero si tienes ingresos con la nómina en su banco, pagas religiosamente las cuotas, pagas los seguros que te vincularon, de vez en cuando les abres un depósito,... dime tu a mí qué interés pueden tener en pedirte ese 10% para que luego les pagues menos intereses durante toda la vida del préstamo, amén del riesgo a cabrearte.... mmm, no sería muy inteligente, no?

Lo importante para ellos es: ingresos-pagos, ingresos-pagos. Y mira chico, si se nos va el yen a 90 en 1 año...pues igual a otros la hipoteca referenciada a euribor al 10%, y a otro le cae un tiesto en la cabeza al salir de su casa y le mata...
 

tagoriana

Well-Known Member
Hola, os recuerdo de comentarios anteriores.
MUchos de los bancos ni lo saben por eso no informan.
Dicen que solo se conoce un caso en que la han aplicado a una empresa de hoteles, parece que nadie conoce casos a particulares.

Sinceramente me preocupa mas el cambio. Yo la tengo a 20% en barclys.

besitos TAgo
 

JPG

Member
Hola a todos,
Os comento mi caso con Barclays. Como os había adelantado en otro hilo, hoy tenía firma a las 13:30 y hasta primera hora de la mañana no me han enviado la proforma de lo que leería el notario. Cuando la he recibido, me he ido directo a buscar las cláusulas más importantes, entre ellas, la de referencia. Efectivamente ponía lo del 20% sobre el capital pendiente. He llamado a la oficina del barclays y me han dicho que era obligatoria por ley (je,je,je) y que si no quería, no firmara.
Total, hemos ido al Notario y cuando hemos llegado a esta cláusula he pedido una aclaración al apoderado del banco y ... se ha hecho el silencio. Total, que me he plantado y no he aceptado la cláusula. Se han quedado blancos y me han dicho que ningún problema, que hablarían con el departamento jurídico y mirarían que podían hacer. Yo argumentaba que sólo pedía el 53% del valor de tasación y que aunque superara ese 20% del capital pendiente, siempre estaría muy por debajo del valor de tasación, Nos hemos levantado, estrechado las manos y ...
... A los 10 minutos, cuando estábamos celebrando la ¿victoria? me llaman de la oficina y me dicen que o firmo hoy, o no se firma nunca, pero que me aseguran que nunca se ejecutará esa cláusula mientras esté al corriente de las cuotas...
Así que os dejo, porque vuelvo para la notaria donde si no hay más fantasmas, firmaré a las 17:30. Eso sí, esta vez, se desplaza a la firma el asesor de la oficina que ha llevado toda la operación, vaya a ser que me revele!!!! Imaginaros cómo debe sonar mi nombre por todo Barclays.
Por lo menos lo he intentado, aunque haya acabado claudicando ante la fuerza del que la tiene y también, no qde la operació
 
Bueno es saberlo.
Yo en mi caso, cuando fui a firmar, desconocía por completo su existencia, no obstante, durante la lectura previa me llamó la atención y pedí explicaciones. Más o menos me dijeron los mismo (es igualmente Barclays, aunque en mi caso, del 15% no sé porque...:confused:), que lo tienen que poner lo ley pero que no se aplicará nunca mientras pagues religiosamente.
En su momento y con la euforia me quedé tranquilo, pero claro, las palabras se las lleva el viento, y sigue siendo un tema para mi espinoso (sin duda el que más de entre todas los riesgos de este tipo de operaciones...):cool:
 

luis

Member
Pero no vamos a ver por que os oponeis a esa clausula? Es evidente que los bancos solo venden dinero no lo arriesgan y si la moneda en la que tienes la hipoteca se revaloriza un 30% tu deuda tambien y eso siginifica que tu deduda superaria (fundamentalmente en los primeros pagos de la hipoteca) el valor de tasacion de la vivienda. Osea, que si tu te mueres al dia siguiente si no ejecutan esa clausula les dejas con una deuda superior a lo que vale la casa. De todas maneras mientras cubras posiciones (poniendo euros o la moneda en cuestion) no hay manera de que la ejecuten...
 

Lynxai

Super Moderator
Esta mañana (estoy de ronda por todos los bancos habidos y por haber en Málaga) me han jurado y perjurado que esa cláusula en el Deutsche Bank no la tienen ¿Será verdad? ¿Hay alguien con DB que la tenga?
 
Luis

Incluso con ese razonamiento, tampoco es del todo asi:
Pongo el ejemplo de un credito de consumo para un coche por ejemplo: No vale más la deuda que el bien nada más sacarlo del concesioanrio? Y sin embargo no hay clausulas de ese tipo.
Otro ejemplo, más cercano a esto: La vivienda que ahora vale menos que hace un año. El que tiene una hipoteca por el 100% del valor (que las hay...o mejor dicho las habia porque hoy en día eso ya no existe...), tiene de por si una deuda superior al valor de la casa, y sin embargo, de nuevo, van sin clausula...
No es asi?
 

Krupier

Well-Known Member
Yo de verdad alucino con todos vosotros: si el problema de la hipoteca multidivisa es que estas jugando con un dinero que no tienes y que si tu moneda se aprecia y te pasas de la barrera te van a exigir cubrir la posicion y el que no pueda le pasaran a euros. Es el problema de todo esto!! El resto son nimiedades de que si las comisiones son tal o no. El problema es esta clausula. Al que ha comprado la casa hace poco con el yen cerca de 170 ya le han tenido que dar el toque (y esto no acaba de empezar)....
Yo sí alucino contigo!!!

Yo tengo como cláusula un 5 % y la estoy sobrepasando desde hace semanas. Actualmente la sobrepaso en 11% y aún estoy esperando a que me den "el toque".

Ayer hablé con el director de la oficina y salió el tema y me confirmó que no me preocupara en absoluto si estaba al corriente del pago de las cuotas. También llamó delante de mí a la central y le contestaron que simple y llanamente no se aplica.

Te reto a que me digas un sólo caso de que a un particular que esté al corriente del pago de las cuotas le hayan dado "el toque" y le ejecuten dicha cláusula.
 

Macky

New Member
Hola

Yo firmé en Agosto con Deustche Bank, y la famosa clausula no esta en la escritura de la hipoteca. Y eso que les pregunte a los de la oficina del DB, que ya habían firmado varias en MD, es más desconocian dicha clausula.

También el día de la firma se lo pregunte a la apoderada del banco cuando me dió a leer la proforma y tampoco conocia dicha clausula, es más llamo a la central por si tenian que modificar la escritura para insertar dicha clausula y le contestaron que NO.

Bueno, espero que os sirva de ayuda.


Macky....
 

luis

Member
De lo que decis saco de conclusion que mejor no comprar acciones de los bancos que ofrecen la multidivisa. Por ejemplo, me estaba plantenado comprar Bankinter porque tiene buenos fundamentales pero... inverir en un banco que se pone a dar prestamos multidivisa y luego no aplica la garantia? Os parece bien esta situacion? Es decir que te metes en una deuda de 300000 euros con un valor de tasacion de la casa de 330000. El yen se aprecia un 20% en los primeros estadias de la hipoteca (como puede pasar en breve). Es decir tu deuda real (porque tu ganas euros no yenes) pasa a ser... 360000. Te mueres al dia siguiente y que le dejas al banco.... Una casa que vale 330000 y una deuda de 360000. Es decir el banco palma 30000 euros con la operacion segun vovostros verdad? Conclusion: no comprar nunca valores de bancos que ofrezcan multidivisas... Cuales son por favor para evitarlos????
Lo del toque que decia yo en futuros se llama "margin call" (en plan finolis) pero que a fin de cuentas es lo mismo: el momento el que literalmente te llaman para cubrir posiciones. Si prometes comprar 5000 contratos a 5 euros y eso esta a 5.1 pues.... tienes que poner 5000 euros para que por lo menos puedas seguir jugando. En la multidivisa es lo mismo. No os preocupeis si teneis dinero en el zurron . Si sois mileuristas... mejor dejarlo!!!
Saludos,
Luis
Ps por cierto gillergon en los creditos para la compra del coche estan garantizados con el valor del propio coche. Si no como es evidente no te los dan!!
 

luis

Member
Y por cierto, tienes razon una casa ahora vale menos que el anyo pasado, con mas sentido para que te apliquen la clausula, no? Si la has cogido euros es por ellos que nunca te dan el 100% del valor de la casa a no ser que presentes avalistas...
 

Lynxai

Super Moderator
Gracias por la info Macky! Es una buena noticia.
 

trapaga

Well-Known Member
luis:

desde mi punto de vista, no se si es justo o injusto la aplicacion de esa clausula, metiendonos a fondo en el asunto y tal y como lo planteas quizas tengas razon, pero... por que siempre hay un pero.

si se diera el caso contrario, y por el derecho de igualdad entre las partes, cuando la moneda se depreciase un 5-10-20 %, automaticamente se me tendria que consolidar la "ganancia" de esta operacion. estamos hablando entonces de unos stop en perdidas para ellos y nunca de ganancias para nosotros.

esto no es el forex, aunque se quiera comparar e incluso igualar por algunos comentarios que he leido.

la aplicacion de la clausula en si, no seria ningun problema
( si tuvieras el dinero, pero lo normal es que no lo tengas), pues una vez amortizado el capital que te piden, el valor de cambio al que entraste es diferente, se pone al nivel del dia que te aplican la clausula ( en funcion de como te la apliquen ).

el problema esta en los "gastos" que te origina esa transacion y la "perdida" que conlleva el cambio a esos niveles. a mi si me la aplican y, aparte del dinero que suponga la apreciacion, me cobran una cantidad adicional ( fixing, comision cambio,etc ), esperaria que en el caso contrario, es decir una apreciacion del 5-10-20 % implicara tambien la "devolucion" de al menos esa misma cantidad, ya que el resto estaria compensada por la apreciacion y de forma automatica.


el caso es que estamos hablando de unos cuantos muchos euros sin reprocidad

no se si mexplicado:p

saludos
 

luis

Member
Pero si eso tu lo puedes hacer tambien!!! Si tu moneda se deprecia un 10% puedes pasarte a euros y deber por arte de magia un 10% menos, y lo que es mejor. Podrias ampliar tu hipoteca a tu nivel inicial, pasarte a yenes otra vez y contar con los euros en tu bolsillo de la diferencia.
Como digo, en el juego unas veces se gana...
 
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