El TRIBUNAL SUPREMO DECLARA NULA LA MULTIDIVISA

federicowahnich

Abogado Euribor.com.es
Buenas noches,

El Tribunal Supremo ha dictado en el día de hoy la Sentencia nº 608/2017 que declara la nulidad del clausulado multidivisa de una hipoteca de Barclays abriendo una vía definitiva para que los consumidores puedan reclamar y deshacer la situación abusiva creada por este tipo de productos.

Os adjunto la Sentencia en el enlace adjunto donde se puede descargar en pdf:

C.G.P.J - Sala de prensa

Saludos,

Federico Wahnich
 

federicowahnich

Abogado Euribor.com.es
Buenos días,

Os pego el artículo de hoy 16 de noviembre 2017 para que se entienda los motivos por los que le Tribunal Supremo ha declarado nulidad del clausulado de la multidivisa por falta de transparencia:


El Tribunal Supremo declara Nula la Hipoteca Multidivisa
El 90% de las hipotecas a interés variable comercializadas en España tenían como índice de referencia la cotización del Euribor. A partir del año 2006, la cotización del Euribor empezó su senda alcista hasta marcar su máximo histórico en septiembre-octubre del año 2008, al superarse el 5,50% de interés. Esto supuso un roto en el bolsillo de los consumidores que habían firmado una hipoteca escasos años antes, dado que las cuotas se incrementaron un 30% y quien empezó pagando una cuota de 960€ en el año 2005, en 2008 pagaba un recibo de 1260€.
Ante la escalada de los tipos de interés que repercutía negativamente en el encarecimiento de la financiación, algunas entidades financieras empezaron en el año 2007 a comercializar un producto conocido como la “hipoteca multidivisa”. Se ofrecía como una hipoteca a interés variable mucho más ventajosa que las hipotecas referenciadas al Euribor, ya que permitían pagar una cuota menor, dado que al estar contratadas en otra divisa, generalmente en Yenes Japoneses o en Francos Suizos, los intereses eran inferiores al 2%, cuando la mayoría de los hipotecados en nuestro país estaban pagando un interés del 5%. Lo que a priori parecía un producto muy ventajoso y que iba a permitir pagar menos intereses que una hipoteca tradicional, ha acabado convirtiéndose en la peor pesadilla financiera imaginable para muchas familias que contrataron la Hipoteca Multidivisa.
En el día de ayer el Tribunal Supremo en Sentencia nº 608/2017, ha declarado nulo el clausulado de una hipoteca multidivisa de Barclays ante la falta de información suministrada a los prestatarios sobre el funcionamiento y los riesgos inherentes al producto ofertado en divisa extranjera. Esta Sentencia es muy contundente en el caso enjuiciado ante la ausencia de información suministrada al consumidor sobre los riesgos de la fluctuación de la divisa, tanto respecto del incremento de las cuotas, como del aumento del capital pendiente hasta tal punto que se podría dar el caso, como desgraciadamente ocurrió, que el consumidor no pudiera hacer frente a los pagos. Además se hace mención a una cláusula que pasa totalmente desapercibida al lego en la materia, pero que permite a la entidad financiera cancelar la hipoteca si el cliente no amortiza parcialmente el capital cuando la fluctuación de la divisa hace que el capital pendiente se incremente más de un 25%, que es lo que ocurrió en el supuesto enjuiciado.
La Sentencia explica de forma pormenorizada con números el calvario económico sufrido por los consumidores a los que se les había concedido en julio de 2008 un capital de 260.755 euros con un interés de 1,47% y una cuota inicial de 1.019,66 euros, pasaron a pagar en junio de 2012, con un interés menor del 0,96% una cuota de 1.540,95€, debiendo en ese momento un capital de 404.323,04€ frente a los 260.755 euros prestados inicialmente en 2008. Evidentemente, de haber sido debidamente informados de los graves riesgos que el producto entrañaba, pudiéndose darse el caso de que la fluctuación de la divisa podría suponer no poder hacer frente a los pagos, ningún consumidor en su sano juicio hubiera contratado esta hipoteca. Por desgracia en la mayoría de casos la información sobre los riesgos brillo por su ausencia, siendo numerosas las familias que se encuentren en una situación parecida a la descrita.
Ahora el Tribunal Supremo, ha abierto una vía definitiva para que los consumidores puedan reclamar y deshacer la situación abusiva creada por este tipo de productos.

Federico Wahnich
 
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