Los clientes de hipotecas multidivisa podrán pedir la nulidad del contrato por vicio

efe

Administrator
Los clientes de hipotecas multidivisa podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento | Euribor

La mayoría de los clientes de hipotecas multivisas podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento, puesto que la jurisprudencia ha considerado que estos contratos debían estar dirigidos a profesionales en materia de finanzas, según destaca Iure Abogados.

Estas hipotecas comercializadas entre los años 2005 y 2007 eran préstamos basados en otra moneda, generalmente francos suizos o yenes, cuyo tipo de cambio variaba en función de la fluctuación del tipo de divisa. Además, el tipo de interés estaba referido al tipo interbancario de Londres, Líbor, en lugar de al Euribor. El número de afectados oscila entre los 30.000 y los 65.000.

Iure se apoya en la sentencia de un juzgado de primera instancia de Barcelona de diciembre de 2012 que consideró que este tipo de contratos presentan un importante nivel de complejidad, por lo que debe conocerse tanto la operativa de los tipos de interés de otros países como las variaciones en el mercado de divisas.

Así, el bufete de abogados asegura que "las entidades financieras no han cumplido con los deberes de información que les exige la normativa legal para que el cliente tenga un adecuado conocimiento del contrato".

Según el abogado especialista en derecho concursal de la entidad, Marta Arnal, el cliente debe intentar una negociación amistosa con la entidad financiera en primera instancia. Si se llega a un acuerdo, recomienda interponer una demanda solicitando la nulidad del contrato. "Siempre es más eficaz demandar de forma individual que colectiva", añade.

Por último, Iure Abogados recuerda que el plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo.
 

callingtokyo

New Member
osea que los que firmamos hace más de 4 años no podemos denunciar?
es que lo tenemos todo...
 

pepito22

Active Member
Pues eso que de los 65.000 puede que algun director de banco firmase despues de 2009 cundo puede que no fuese tan ruinosa,al resto nos la metiron cuando mas les convenia a ellos osea en maximos y contando lo que querian. Saludos.
 

jotafoto

Member
¿Esto es tomadura de pelo? nadie firmó hipotecas multidivisa después del batacazo porque las entidades cortaron el grifo. Por lo menos Bankinter lo hizo. Eso ¿que afecta? ¿ a 4 o 5? Yo fui de los últimos que firmaron en mi entidad y justo en agosto harán 5 años.¡¡Que de puta madre!! y encima del club de los 100. Decía alguien por ahí que a parte de disgustos, algún que otro orgasmo también han dado las HMD. Yo todavía estoy esperando poder tocar una teta, ya no digo lo otro (perdonen la analogía). Saludos.
 

DAVIDV

Well-Known Member
Esto huele a "autobombo" y propaganda gratuita... Después de todo lo que avanzamos en las demandas, muchos se han querido subir al carro cuando inicialmente se reían de nosotros... Ya sabéis que soy mas "malpensao" que un cheposo, pero... está el país como para no pensar mal.
 

FRR

Member
Los clientes de hipotecas multidivisa podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento | Euribor

La mayoría de los clientes de hipotecas multivisas podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento, puesto que la jurisprudencia ha considerado que estos contratos debían estar dirigidos a profesionales en materia de finanzas, según destaca Iure Abogados.

Estas hipotecas comercializadas entre los años 2005 y 2007 eran préstamos basados en otra moneda, generalmente francos suizos o yenes, cuyo tipo de cambio variaba en función de la fluctuación del tipo de divisa. Además, el tipo de interés estaba referido al tipo interbancario de Londres, Líbor, en lugar de al Euribor. El número de afectados oscila entre los 30.000 y los 65.000.

Iure se apoya en la sentencia de un juzgado de primera instancia de Barcelona de diciembre de 2012 que consideró que este tipo de contratos presentan un importante nivel de complejidad, por lo que debe conocerse tanto la operativa de los tipos de interés de otros países como las variaciones en el mercado de divisas.

Así, el bufete de abogados asegura que "las entidades financieras no han cumplido con los deberes de información que les exige la normativa legal para que el cliente tenga un adecuado conocimiento del contrato".

Según el abogado especialista en derecho concursal de la entidad, Marta Arnal, el cliente debe intentar una negociación amistosa con la entidad financiera en primera instancia. Si se llega a un acuerdo, recomienda interponer una demanda solicitando la nulidad del contrato. "Siempre es más eficaz demandar de forma individual que colectiva", añade.

Por último, Iure Abogados recuerda que el plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo.
Estimado Efe,
Pienso q si la duración del contrato es de 30 años, durante toda la vida de éste podrás rescindirlo. Un saludo.
 

rufusT

Member
Gracias por la información efe.

Personalmente me parece un contrasentido decir que la mayoria podremos solicitarla cuando se indica que el plazo para solicitarlo es de cuatro años y fueron comercializadas entre 2005 y 2007 (hace 6/8 años).

Entiendo que algún "malpensado" pueda ver intereses comerciales y mucho más cuando se resalta que es más eficaz hacerlo de forma individual que colectiva...todo lo contrario de lo que siempre se ha comentado aquí y por lo que much@s llevan tiempo luchando, para intentar se nos tenga en cuenta y buscando se nos oiga y respete.

Suerte a tod@s



Los clientes de hipotecas multidivisa podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento | Euribor

La mayoría de los clientes de hipotecas multivisas podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento, puesto que la jurisprudencia ha considerado que estos contratos debían estar dirigidos a profesionales en materia de finanzas, según destaca Iure Abogados.

Estas hipotecas comercializadas entre los años 2005 y 2007 eran préstamos basados en otra moneda, generalmente francos suizos o yenes, cuyo tipo de cambio variaba en función de la fluctuación del tipo de divisa. Además, el tipo de interés estaba referido al tipo interbancario de Londres, Líbor, en lugar de al Euribor. El número de afectados oscila entre los 30.000 y los 65.000.

Iure se apoya en la sentencia de un juzgado de primera instancia de Barcelona de diciembre de 2012 que consideró que este tipo de contratos presentan un importante nivel de complejidad, por lo que debe conocerse tanto la operativa de los tipos de interés de otros países como las variaciones en el mercado de divisas.

Así, el bufete de abogados asegura que "las entidades financieras no han cumplido con los deberes de información que les exige la normativa legal para que el cliente tenga un adecuado conocimiento del contrato".

Según el abogado especialista en derecho concursal de la entidad, Marta Arnal, el cliente debe intentar una negociación amistosa con la entidad financiera en primera instancia. Si se llega a un acuerdo, recomienda interponer una demanda solicitando la nulidad del contrato. "Siempre es más eficaz demandar de forma individual que colectiva", añade.

Por último, Iure Abogados recuerda que el plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo.
 

pepo

Well-Known Member
Esto huele a "autobombo" y propaganda gratuita... Después de todo lo que avanzamos en las demandas, muchos se han querido subir al carro cuando inicialmente se reían de nosotros... Ya sabéis que soy mas "malpensao" que un cheposo, pero... está el país como para no pensar mal.
Piensa mal y acertarás, DAVIDV. Parece de coña. "La mayoría de los clientes de hipotecas multivisas podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento, puesto..." Y luego recuerdan que "el plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo."

Anda y que se vayan a tomar por culo.
 

DAVIDV

Well-Known Member
jajajaj... PEPO te he enviado un privado. Menuda cuadrilla de listillos que hay en este país.

Piensa mal y acertarás, DAVIDV. Parece de coña. "La mayoría de los clientes de hipotecas multivisas podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento, puesto..." Y luego recuerdan que "el plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo."

Anda y que se vayan a tomar por culo.
 

migueling

Active Member
En fin, la verdad es que el texto no tiene desperdicio en ninguna de sus líneas. Nos dejan perlitas como estas:
1º.- “la jurisprudencia ha considerado”
¿Pero que jurisprudencia?. ¿Es que no saben que todas las sentencias son en primera instancia y que aún no hay jurispriudencia?.

2º.- “Estas hipotecas comercializadas entre los años 2005 y 2007”.
Nos demuestran un profundo conocimiento si señor. Señores, tambien se comercializaron antes y después de esas fechas.

3º.- “el cliente debe intentar una negociación amistosa con la entidad financiera en primera instancia. Si se llega a un acuerdo, recomienda interponer una demanda solicitando la nulidad del contrato”.
Traduzco por si no lo habéis entendido: el cliente debe intentar negociar y si se llega a un acuerdo recomienda interponer una demanda. Digo yo que si el cliente llega a un acuerdo lo suyo ya es no demandar ¿no?.

4º.- “el plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo”.
Pues vaya tela a parte de que esto es mentira es que no se han leido ni siquiera la sentencia de Barcelona que ellos mismos mencionan. Si la hubieran leido se darían cuenta de que esa hipoteca tenía más de 4 años cuando se puso la demanda.

Que nos quede bien claro a todos. No hay plazo para demandar. El plazo es toda la vida de la hipoteca y cuatro años más. Si la hipoteca es a 15 años el plazo entonces es de 19 años.
Lo que mas me molesta es el revuelo y la credibilidad que se le da a estas cosas.
 
En cuanto a demanda colectiva vs. individual, en general yo siempre he visto aconsejar la individual. Podemos pensar que el/la abogad@ lo recomienda para así tener más clientes, pero la verdad es que cuando sale la sentencia de una demanda colectiva luego cada uno tiene la problemática de ajustar esa sentencia a las condiciones propias.

En nuestro caso hay que recordar que cada contrato HMD era de su [puto] padre y de su [puta] madre, con lo que se complica aún más el tema de la demanda colectiva.
 

jotafoto

Member
En fin, la verdad es que el texto no tiene desperdicio en ninguna de sus líneas. Nos dejan perlitas como estas:
1º.- “la jurisprudencia ha considerado”
¿Pero que jurisprudencia?. ¿Es que no saben que todas las sentencias son en primera instancia y que aún no hay jurispriudencia?.

2º.- “Estas hipotecas comercializadas entre los años 2005 y 2007”.
Nos demuestran un profundo conocimiento si señor. Señores, tambien se comercializaron antes y después de esas fechas.

3º.- “el cliente debe intentar una negociación amistosa con la entidad financiera en primera instancia. Si se llega a un acuerdo, recomienda interponer una demanda solicitando la nulidad del contrato”.
Traduzco por si no lo habéis entendido: el cliente debe intentar negociar y si se llega a un acuerdo recomienda interponer una demanda. Digo yo que si el cliente llega a un acuerdo lo suyo ya es no demandar ¿no?.

4º.- “el plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo”.
Pues vaya tela a parte de que esto es mentira es que no se han leido ni siquiera la sentencia de Barcelona que ellos mismos mencionan. Si la hubieran leido se darían cuenta de que esa hipoteca tenía más de 4 años cuando se puso la demanda.

Que nos quede bien claro a todos. No hay plazo para demandar. El plazo es toda la vida de la hipoteca y cuatro años más. Si la hipoteca es a 15 años el plazo entonces es de 19 años.
Lo que mas me molesta es el revuelo y la credibilidad que se le da a estas cosas.
Yo te agradezco mucho la información, pero no entiendo eso de que lo que más te molesta es el revuelo que se le da a estas cosas. Como comprenderás para los que estamos pez en estos temas cualquier cosa que nos digan y más de esa índole nos provoca alarma y realmente es motivo de revuelo. Para eso estamos algunos por aquí, para dilucidar algo de toda esta mierda. Saludos.
 

devs

Active Member
Hola a todos, estoy con Migueling en que tenemos que tener mucho cuidado de lo que leemos en la red, ya que puede MALorientar a todas las personas que estamos pez en estos temas. Digo esto, porque yo mismo pensé en que podía ser cierto. En el grupo de facebook tenemos la intervención de un abogado el cual confirma los datos de Migueling(gracias por todo tu trabajo y esfuerzo compañero).
Para mi, a día de hoy solo son fiables, la plataforma HMD, y la PAH. Por tanto, toda la información que no venga de dichas fuentes debemos cuestionarlas y/o descartarlas.

Por otro lado, creo que todos los afectados, si no lo hemos hecho ya, deberíamos llevar nuestra carta al banco solicitando la conversion a euros, restando lo amortizado a fecha actual o la nulidad total de la hipoteca. Este paso es el inicial y antes de cualquier acción. Debemos mostrar nuestra intención de negociar, nunca se sabe, podríamos encontrar un acuerdo fructifero para ambas partes antes de llegar a los juzgados.
Hay que intentar agotar la via negociadora antes de llegar a los juzgados.
Animo a todos y suerte con la lucha.
 

migueling

Active Member
Jotafoto no te me enfades, que no era esa mi intención.
A veces me enfado porque llevamos un año y medio colgando información en este foro y en nuestros tres facebbok (ahora dos porque la plataforma 26 E y la plataforma HMD se han fusionado y ahora se llaman Plataforma 26 E HMD). Tenemos una web y hemos hecho ya, no sé, al menos 20 reuniones en las que hemos informado de todo lo que hemos ido aprendiendo. En casi todas las reuniones han intervenido abogados en los que confiamos al 100% y nos apoya Asuapedefín.
Lo cierto es que la culpa es mía porque con tanto trabajo que hemos hecho no me doy cuenta de que hay personas que han llegado a nosotros hace muy poco tiempo y que hay personas que por distintos motivos, horarios, proximidad, no han podido venir a las reuniones. En fin que nadie se enfade eh?.
Bien, como estamos aquí para lo que estamos, os pido que bien en el este foro pero en el hilo "afectados dispuestos a hacer presión", bien en el facebook de la plataforma 26E o bien directamente en nuestra web nos hagáis las preguntas que preciséis. Intentaremos responder a todo. Tened en cuenta que estamos ya en Agosto y estamos a 1/4 de gas.
Por otro lado: tenemos que aprender a ser críticos; los bancos nos han engañado porque nos hemos créido lo que nos han contado. Esta sociedad nos da muestras cada día a través de políticos, medios de comunicación y otros de que no se puede creer lo que sale en la tele y en los medios. Hay que tener espíritu crítico y contrastar las cosas. No se le puede dar credibilidad a todo directamente. El día menos pensado van a publicar que los nacidos antes de 1980 tienen todos los ojos verdes y nos lo vamos a creer. Por eso me enfado, por la falta de crítica de lo que sale publicado. Y es que me canso de verdad de que teniendo datos reales y contrastados de muchas cosas nos cueste tanto trabajo que os lo creáis vosotros, los afectados. Y que cuando sale lo que sea en un medio vaya directamente a misa.
Un afectado que no se conforma.
 

DAVIDV

Well-Known Member
Pos ala!!! Esto lo acaba de publicar ASUAPEDEFIN en PLATAFORMA26E de facebook... (no me calenteis a MIGUELING, por Dios... jajajajaj)

PLAZO DE CADUCIDAD/PRESCRIPCIÓN - 4 años - desde la firma del contrato? desde que uno se da cuenta del error? desde que los efectos del contrato finalizan?
Como sabeis, recientemente se ha dado este debate jurídico sobre el plazo que se tiene para reclamar la nulidad de la HMD, este debate no es nuevo, también lo tuvimos los afectados por swaps y lo están teniendo ahora mismo los afectados por preferentes de Bankia.
Hay numerosas sentencias que hablan de este tema, pero no os voy a marear con muchos datos, sólo os diré que en nuestra opinión, la HMD es un contrato de 'tracto sucesivo' y que le es aplicable la sentencia del JPI 6 de Gijón (31/03/2011) que dice textualmente:
"Por consiguiente, si en el supuesto que aquí se plantea, y no obstante haberse perfeccionado la permuta financiera de tipos de interés en fecha 26 de mayo de 2004, tratándose de un contrato de tracto sucesivo que da lugar a liquidaciones con periodicidad anual durante el plazo de duración establecido de diez años (siendo su inicio el 30 de noviembre de 2014), hasta tanto no se haya producido la última de esas liquidaciones, y de acuerdo con el expresado criterio jurisprudencial, no cabría considera consumado dicho contrato, por lo que el plazo de cuatro años para ejercitar la acción de nulidad ni siquiera habría comenzado a correr. Procede desestimar, por tanto, la prescripción alegada."
 

wrawra

Member
Por otro lado, creo que todos los afectados, si no lo hemos hecho ya, deberíamos llevar nuestra carta al banco solicitando la conversion a euros, restando lo amortizado a fecha actual o la nulidad total de la hipoteca. Este paso es el inicial y antes de cualquier acción. Debemos mostrar nuestra intención de negociar, nunca se sabe, podríamos encontrar un acuerdo fructifero para ambas partes antes de llegar a los juzgados.
Hay que intentar agotar la via negociadora antes de llegar a los juzgados.
Animo a todos y suerte con la lucha.
Buenas tardes de verano. A mi me parece una cosa muy razonable lo llevar esta carta al banco. Lo está haciendo la gente? Hay algún modelo de carta común? Esto me parece interesante para así allanar el camino antes de una posible demanda. Como lo veis?
 

DAVIDV

Well-Known Member
Apreciados contertulios... Hoy por hoy, la única manera de "negociar" con el banco es presentándoles la demanda en los morros...Otra manera es con guerra de guerrillas al más puro estilo Azevedo, pero para esto hay que tener reaños... muchos reaños. Y son pocos los que se atreven.

Así que, mientras los bancos no se enteren de que con la demanda perdemos los dos, deberemos seguir con al plan D.

Son así de espabilaos... Lo curioso es que SABEN que lo tienen todo perdido pero la soberbia les impide sentarse con gente iletrada como nosotros.

Calurosos saludos

Buenas tardes de verano. A mi me parece una cosa muy razonable lo llevar esta carta al banco. Lo está haciendo la gente? Hay algún modelo de carta común? Esto me parece interesante para así allanar el camino antes de una posible demanda. Como lo veis?
 

tagoriana

Well-Known Member
Hay que tener en cuena que ellos tienen infiltrados en todos los foros y en todas partes, gente que se dedica a eso porque les pagan, departamentos dedicados a estar por todas partes diciendo o haciendo o enterandose de todo lo que les concierne, crean polemica, o mienten como cosacos, todo para ellos poder ir ganando, estan infiltrados entre nosostros, asi pues mucho cuidado solo fiarse ya de gende veterana y conocida, y aún asi.... siempre con pinzas, el demonio :D (PB) esta en todas partes.

besitos tago
 

devs

Active Member
DavidV, solo por cuestión de procedimiento, antes de demandar deberíamos entregar la carta por escrito. Ojo no vale reclamación online ni nada de eso. Una cartita, exponiendo lo que hay y solicitando lo que se quiere (nulidad total, conversión a euros...) Eso si, en dicha carta yo indicaría nuestra disposición a negociar. Hay que indicar en dicha carta nuestra intención de llegar a un acuerdo amistoso.

Yo lo pienso así, porque mas que nada, nos podemos quejar mucho al director de la sucursal donde nos vendieron la HDM, pero todo eso no queda reflejado en ninguna parte. Si tras varios años de HDM presentamos una demanda asi sin mas, sin siquiera demostrar que al menos nos hemos quejado una vez, o que hemos intentado llegar a un acuerdo amistoso puede considerarse un acto de "mala fe" por parte del cliente.

Que el banco, no nos hace ni caso, pues eso pondrá al juez todavía mas de nuestra parte, pues podremos demostar nuestras buenas intenciones desde un primer momento.

Os anexo una plantilla, que en la que podríais basaros.

Apreciados contertulios... Hoy por hoy, la única manera de "negociar" con el banco es presentándoles la demanda en los morros...Otra manera es con guerra de guerrillas al más puro estilo Azevedo, pero para esto hay que tener reaños... muchos reaños. Y son pocos los que se atreven.

Así que, mientras los bancos no se enteren de que con la demanda perdemos los dos, deberemos seguir con al plan D.

Son así de espabilaos... Lo curioso es que SABEN que lo tienen todo perdido pero la soberbia les impide sentarse con gente iletrada como nosotros.

Calurosos saludos
 

Adjuntos

wrawra

Member
Entonces lo que hay que hacer es tener una reunión con tu director de banco, contarle lo que quieres negociar y decirle que se lo mandas por mail. Si le das la carta sin más, no queda constancia. Lo que hay que hacer mandarlo por mail.
 
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