Ayer se publicó en el BOE una modificación de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios con el fin de facilitar las reclamaciones de los afectados por cláusulas abusivas sin la necesidad de acudir a los tribunales para ello.
Tal y como informa el Ministerio de Consumo, se trata de una reforma del régimen sancionador de esta normativa en la cual se considera como infracción que las empresas “no eliminen los efectos provocados por las cláusulas abusivas”.
De esta manera se podrá sancionar a los bancos que no sean “proactivos” a la hora de compensar a los consumidores en los casos de cláusulas abusivas. Con esta medida el Gobierno pretende garantizar la recuperación del dinero indebidamente cobrado a los clientes, porque cuando una cláusula se declara como abusiva ello supone su nulidad con efectos retroactivos, de modo que las empresas no solo tienen que renunciar a ellas en próximos contratos, sino que están obligadas a devolver todo lo cobrado bajo su amparo de manera ilícita.
Respecto a la devolución de los gastos hipotecarios todavía no tenemos claro si prescriben o no así que lo mejor es que te des prisa y por precaución deberías hacerlo antes del próximo 28 de diciembre que cuando algunas fuentes indican que sería el último día para hacerlo.